Aprueban el Cronograma de cobros de la Pensión No Contributiva del Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65” correspondiente al ejercicio 2026
RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA
Nº D000002-2026-MIDIS/P65-DE
San Isidro, 9 de enero del 2026
VISTOS:
El Informe N° D000002-2026-MIDIS/P65-UO emitido por la Unidad de Operaciones, y el Informe N° D000006-2026-MIDIS/P65-UAJ emitido por la Unidad de Asesoría Jurídica del Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65” del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Supremo N° 081-2011-PCM y modificatorias, se crea el Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65” con la finalidad de otorgar subvenciones económicas a los adultos en condición de extrema pobreza a partir de los sesenta y cinco (65) años de edad que cumplan con los requisitos establecidos en la norma;
Que, mediante Resolución Ministerial N° 273-2017-MIDIS, se aprueba el Manual de Operaciones del Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65”, en cuyo literal h) del artículo 9° se establece como una de las funciones de la Dirección Ejecutiva: “Aprobar, modificar y derogar las directivas reglamentos y otras normas técnico-operativas o administrativas internas que requiera el Programa Nacional para su funcionamiento, de acuerdo con las políticas sectoriales y lineamientos que establezca el MIDIS”;
Que, mediante Resolución de Dirección Ejecutiva N° D000096-2025-MIDIS/P65-DE de fecha 23 de septiembre de 2025, se aprobó la Directiva N° 001-2025-MIDIS/PENSION65 denominada “Gestión de la Entrega de la Pensión No Contributiva a los/las Usuarios/as” del Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65” Versión N° 01, la misma que en su numeral 6.4 señala: “(…) La Unidad de Operaciones a través del/de la Coordinador/a de Transferencias y Pagaduría formula la propuesta de cronograma de pago de las RBU del año correspondiente y lo remite al/a la Jefe/a de la Unidad de Operaciones, quien evalúa y eleva a la Dirección Ejecutiva del programa para su aprobación. Deberá establecer un cronograma de inicio de cobro de las seis campañas de pago del año, la Unidad de Operaciones eleva la propuesta a la Dirección Ejecutiva, quien lo aprueba mediante una Resolución de Dirección Ejecutiva. El/la Coordinador/a de Afiliaciones, deberá tener en cuenta dicho cronograma para su programación de actividades procurando que la Relación Bimestral de usuarios (RBU) sea aprobada por Dirección Ejecutiva con la debida antelación que permita realizar el proceso de transferencia económica”;
Que, mediante Informe N° D000002-2026-MIDIS/P65-UO de fecha 07 de enero de 2026 emitido por la Unidad de Operaciones, traslada la propuesta del cronograma de cobros de la Pensión No Contributiva del Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65” correspondiente al ejercicio 2026, en el cual contiene las fechas de inicio del cobro de los seis (06) periodos del presente año, los mismos que se orientan a cumplir con las actividades necesarias para hacer llegar la subvención económica a los usuarios/as del Programa “Pensión 65”;
Que, mediante Informe N° D000006-2026-MIDIS/P65-UAJ de fecha 09 de enero de 2026 la Unidad de Asesoría Jurídica del Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65” emite opinión legal favorable a la aprobación del cronograma de cobros de la Pensión No Contributiva del Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65” correspondiente al ejercicio 2026;
Que, estando a las competencias de la Dirección Ejecutiva y con el visado del Jefe de la Unidad de Operaciones y del Jefe de la Unidad de Asesoría Jurídica del Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65” y de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 081-2011- PCM, que crea el Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65”, y la Resolución Ministerial N° 273-2017-MIDIS que aprueba el Manual de Operaciones del Programa “Pensión 65”;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar el Cronograma de cobros de la Pensión No Contributiva del Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65” correspondiente al ejercicio 2026, el mismo que forma parte integrante de la presente resolución.
Artículo 2.- Encargar a la Unidad de Operaciones del Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65”, realice las acciones correspondientes, a fin de garantizar la debida supervisión y monitoreo del cumplimiento del cronograma de cobros de la Pensión No Contributiva del Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65” correspondiente al ejercicio 2026.
Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución de Dirección Ejecutiva en el Diario Oficial El Peruano.
Artículo 4.- Disponer que la Unidad de Comunicación e Imagen del Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65”, efectúe la publicación de la presente en el Portal Institucional y el Portal de Transparencia Estándar del Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65”: http://www.gob.pe/pension65 el día de la publicación en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
LUIS AGUILAR TORRES
Director Ejecutivo
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Cronograma de Cobro de las pensiones no contributivas del periodo 2026 |
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N° |
Periodo |
Fecha de Inicio de Cobro en Agencia |
Fecha de Inicio de Cobro con ETV |
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1 |
Enero-Febrero |
lunes, 2 de febrero de 2026 |
miércoles, 11 de marzo de 2026 |
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2 |
Marzo-Abril |
lunes, 30 de marzo de 2026 |
miércoles, 13 de mayo de 2026 |
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3 |
Mayo-Junio |
lunes, 1 de junio de 2026 |
jueves, 9 de julio de 2026 |
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4 |
Julio-Agosto |
lunes, 3 de agosto de 2026 |
jueves, 10 de septiembre de 2026 |
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5 |
Setiembre-Octubre |
lunes, 5 de octubre de 2026 |
miércoles, 11 de noviembre de 2026 |
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6 |
Noviembre- Diciembre |
lunes, 30 de noviembre de 2026 |
viernes, 8 de enero de 2027 |
2475800-1