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Fecha de publicación: 11/01/2026
Modifican el Artículo 10 de la R.M. Nº 378-2025-MINCETUR y designan a el/la Director/a de la Oficina de Integridad y Lucha contra la Corrupción como oficial de integridad electoral del Ministerio

Aprueban la creación de la Unidad Técnica Acuícola VRAEM - UT Acuícola VRAEM; y dictan otras disposiciones

RESOLUCIÓN EJECUTIVA

Nº 000001-2026-ITP/DE

San Isidro, 8 de enero del 2026

VISTO:

El Acuerdo Nº SO-001-010-2025-ITP/CD, de fecha 10 de julio de 2025; el Memorando Nº 000204-2025-ITP/CITEPRODUCTIVOVRAEM de fecha 24 de julio de 2025, el Memorando Nº 0410-2025-ITP/CITEPRODUCTIVO-VRAEM de fecha 12 de diciembre de 2025 y el Proveído Nº 0464-2025-ITP/CITEPRODUCTIVO-VRAEM, de fecha 15 de diciembre de 2025 del Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Productivo VRAEM – CITEproductivo VRAEM (en adelante, CITE); el Memorando Nº 0614-2025-ITP/DEDFO de fecha 04 de agosto de 2025 y el Memorando Nº 1070-2025-ITP/DEDFO de fecha 19 de diciembre de 2025 de la Dirección de Estrategia, Desarrollo y Fortalecimiento de los CITE (en adelante, DEDFO); el Memorando Nº 7974-2025-ITP/OPPM de fecha 15 de diciembre de 2025 de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización (en adelante, OPPM); el Informe Nº 0038-2025-ITP/DO, de fecha 18 de diciembre de 2025, de la Dirección de Operaciones (en adelante, DO); el Informe Nº 0615-2025-ITP/OAJ de fecha 23 de diciembre de 2025 y el Memorando Nº 0011-2026-ITP/OAJ, de fecha 8 de enero de 2026, ambos de la Oficina de Asesoría Jurídica (en adelante, OAJ); el Memorando Nº 0001-2026-ITP/SCD, de fecha 7 de enero de 2026, de la Secretaria de Consejo Directivo; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Legislativo Nº 92, modificado por el Decreto Legislativo Nº 1451, se crea el Instituto Tecnológico de la Producción (ITP), el que establece en su artículo 1, que el ITP es un Organismo Público adscrito al Ministerio de la Producción, con personería jurídica de derecho público interno, el cual tiene a su cargo la coordinación, orientación, concertación y calificación de los Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica-CITE;

Que, el artículo 5 del Decreto Legislativo Nº 1228, Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica – CITE (en adelante, D. Leg Nº 1228), dispone que los Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica - CITE, tienen por objeto contribuir a la mejora de la productividad y competitividad de las empresas y los sectores productivos a través de actividades de capacitación y asistencia técnica; asesoría especializada para la adopción de nuevas tecnologías; transferencia tecnológica; investigación, desarrollo e innovación productiva y servicios tecnológicos, difusión de información; interrelación de actores estratégicos y generación de sinergias, bajo un enfoque de demanda, generando mayor valor en la transformación de los recursos, mejorando la oferta, productividad y calidad de los productos tanto para el mercado nacional como para el mercado externo, propiciando la diversificación productiva;

Que, asimismo, el artículo 18 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1228, aprobado por el Decreto Supremo Nº 004-2016-PRODUCE, dispone que en cuanto el CITE público tenga un alcance territorial de más de un departamento, el ITP podrá crear Unidades Técnicas a nivel nacional mediante Resolución Ejecutiva;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 406-2015-PRODUCE se crea el Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Agroindustrial VRAEM – CITEagroindustrial VRAEM, siendo su ámbito de intervención el Valle del Río Apurímac, Ene y Mantaro;

Que, mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 0004-2025-ITP/PCD, se dispone adecuar el Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Agroindustrial VRAEM – CITEagroindustrial VRAEM, a fin que se adicione a su competencia la cadena acuícola, así como modificar su denominación por el de Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Productivo VRAEM - CITEproductivo VRAEM;

Que, el numeral 8.1.1 de la Directiva Nº 003-2021/DE, Directiva de las Disposiciones para la Creación, Desarrollo Estratégico y Extinción de los Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica – CITE Públicos y Unidades Técnicas del ITP (en adelante, la Directiva), aprobada mediante Resolución Ejecutiva Nº 050-2021-ITP/DE, establece dos tipos de iniciativas para la creación de un CITE público o una Unidad Técnica: i) de oficio; o ii) de parte, precisando que tratándose de iniciativas de oficio, estas son priorizadas por el ITP, a través de la Dirección Ejecutiva, previo acuerdo del Consejo Directivo;

Que, en concordancia con las normas antes indicadas, el numeral 18.14 del artículo 18 del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Tecnológico de la Producción – ITP, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2016-PRODUCE, dispone que la Dirección Ejecutiva tiene dentro de sus funciones aprobar la creación de las Unidades Técnicas de CITE;

Que, mediante Acuerdo Nº SO-001-010-2025-ITP/CD, contenido en el Acta de la Sesión Ordinaria Nº 010-2025-ITP/CD de fecha 10 de julio de 2025, el Consejo Directivo del ITP acordó aprobar la iniciativa de creación de la Unidad Técnica Acuícola VRAEM (en adelante, UT Acuícola VRAEM);

Que, de otro lado, el numeral 8.1.2 de la Directiva señala que el procedimiento para la creación de una Unidad Técnica cuenta con las siguientes tres (3) etapas: i) Elaboración de la Propuesta, ii) Evaluación de la Propuesta; y, iii) Aprobación de la Propuesta;

Que, conforme al numeral 8.1.3 de la Directiva, la etapa de Elaboración de la Propuesta comprende la elaboración de: i) Informe de Diagnóstico y Análisis de la Demanda, el cual consolida la información del Diagnóstico de Brecha Tecnológica semi detallado (DBT-sd) a cargo del CITE público, en cuyo ámbito de acción se desarrollarán las actividades de la Unidad Técnica propuesta; e, ii) Informe de Diseño y Programación del Financiamiento, elaborado por la DO con el sustento del CITE público;

Que, con el Memorando Nº 0614-2025-ITP/DEDFO, sustentado en el Informe Nº 0027-2025-ITP/JND-DEDFO, ambos de fecha 4 de agosto de 2025, la DEDFO emite el Informe de Diagnóstico y Análisis de la Demanda que consolida el DBT-sd remitido por el CITE con el Memorando Nº 000204-2025-ITP/CITEPRODUCTIVOVRAEM, de fecha 24 de julio de 2025; y otorga opinión técnica favorable señalando que la propuesta cumple con los criterios de pertinencia, suficiencia y enfoque estratégico;

Que, asimismo, mediante el Informe Nº 0038-2025-ITP/DO, de fecha 18 de diciembre de 2025, la DO señala que ha culminado con la elaboración del Informe de Diseño y Programación del Financiamiento, el cual recoge la propuesta elaborada por el CITE contenida en el Memorando Nº 0410-2025-ITP/CITEPRODUCTIVO-VRAEM, de fecha 12 de diciembre de 2025, así como el pronunciamiento favorable respecto de la disponibilidad de recursos presupuestarios y sostenibilidad presupuestaria, emitido por la OPPM con el Memorando Nº 7974-2025-ITP/OPPM, sustentado en el Informe Técnico Nº 0033-2025-ITP/OPPM-UFP, ambos de fecha 15 de diciembre de 2025, y concluye que es viable la propuesta de la creación de la UT Acuícola VRAEM;

Que, de acuerdo al numeral 8.1.4 de la Directiva, la Etapa de Evaluación de la Propuesta comprende dos tipos de informes: i) Informe de Viabilidad Técnica y Financiera; y, ii) Informe de Opinión Legal;

Que, con el Memorando Nº 1070-2025-ITP/DEDFO, sustentado en el Informe Nº 0051-2025-ITP/JND-DEDFO, ambos de fecha 19 de diciembre de 2025, la DEDFO emite el Informe de Viabilidad Técnica y Financiera para la aprobación de la creación de la UT Acuícola VRAEM; señalando, entre otros aspectos, que la propuesta de creación de la UT Acuícola VRAEM se centrará en servicios destinados a la cadena acuícola; asimismo, que su ubicación será en el departamento de Cusco;

Que, asimismo, con Informe Nº 0615-2025-ITP/OAJ de fecha 23 de diciembre del 2025, la OAJ emite el informe de opinión legal favorable señalando que, dado que los órganos técnicos involucrados han emitido los informes respectivos, los cuales contienen el pronunciamiento favorable respecto de la creación de la UT Acuícola VRAEM, se cumple así con el procedimiento establecido en la Directiva, y considera jurídicamente viable su creación;

Que, finalmente, en la Etapa de Aprobación de la Propuesta, de acuerdo con el literal A del numeral 8.1.5 de la Directiva, la Dirección Ejecutiva eleva al Consejo Directivo la propuesta de creación de la Unidad Técnica para su aprobación;

Que, en ese sentido, con el Memorando Nº 0001-2026-ITP/SCD, de fecha 7 de enero de 2026, la Secretaria del Consejo Directivo informa que mediante Acuerdo Nº SO-001-019-2025-ITP/CD, adoptado en la Sesión Ordinaria Nº 019-2025-ITP/CD de fecha 30 de diciembre de 2025, el Consejo Directivo acordó aprobar la creación de la UT Acuícola VRAEM;

Que, con el Memorando Nº 0011-2026-ITP/OAJ, de fecha 8 de enero de 2026, la Oficina de Asesoría Jurídica remite el proyecto de Resolución Ejecutiva que aprueba la creación de la UT Acuícola VRAEM;

Con los vistos de la Secretaría General, de la Oficina de Asesoría Jurídica, de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, de la Dirección de Operaciones, de la Dirección de Estrategia, Desarrollo y Fortalecimiento de los Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica, y;

De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1228, Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica – CITE; Decreto Supremo Nº 004-2016-PRODUCE, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica – CITE, Decreto Supremo Nº 005-2016-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Tecnológico de la Producción; la Resolución Ejecutiva Nº 050-2021-ITP/DE, que aprueba la Directiva Nº 003-2021-ITP/DE, Directiva de las Disposiciones para la Creación, Desarrollo Estratégico y Extinción de los Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica – CITE Públicos y Unidades Técnicas del ITP;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar la creación de la Unidad Técnica Acuícola VRAEM – UT Acuícola VRAEM, adscrita al Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Productivo VRAEM– CITEproductivo VRAEM, la cual cuenta con las siguientes características:

a) Objetivo: Apoyar las acciones de transferencia tecnológica, capacitación, asistencia técnica a las unidades productivas y asesoría especializada para la adopción de nuevas tecnologías con el fin de aumentar su competitividad, optimización de procesos, capacidad de innovación, y desarrollo de productos mejorados, generando mayor valor en la cadena productiva acuícola, mejorando la oferta, productividad y calidad de sus productos tanto para el mercado nacional como el externo; siendo, su ámbito territorial el Valle del Río Apurímac, Ene y Mantaro - VRAEM.

b) Especialización: cadena productiva acuícola.

c) Ámbito de acción: el Valle del Río Apurímac, Ene y Mantaro - VRAEM.

d) Ubicación: Departamento de Cusco.

Artículo 2.- Las funciones específicas de la Unidad Técnica Acuícola VRAEM son las siguientes:

a) Brindar asistencia técnica y capacitación en relación a procesos, productos, servicios, mejora de diseño a las unidades productivas de la cadena productiva acuícola;

b) Generar y difundir información que promueva la innovación productiva y el desarrollo tecnológico en favor de la competitividad de las unidades productivas de la cadena productiva acuícola;

c) Apoyar el emprendimiento favoreciendo la incubación o tutorización de nuevos proyectos empresariales a favor de las unidades productivas de la cadena productiva acuícola;

d) Promover y desarrollar actividades de transferencia tecnológica para el desarrollo productivo o mejora de la competitividad en las cadenas productivas de la acuicultura;

e) Promover la articulación gremial y la asociatividad de los productores y/o empresas relacionadas con la cadena productiva acuícola;

f) Promover y desarrollar la investigación e innovación productiva en su ámbito de intervención;

g) Promover la absorción de nuevas tecnologías en la cadena acuícola, facilitando el acceso a equipamiento e instalaciones a los usuarios;

h) Contribuir al desarrollo de la demanda de la cadena productiva y de valor en beneficio de las unidades productivas de la cadena productiva acuícola de su ámbito de intervención;

i) Investigar nuevos planteamientos y soluciones a través de la realización de proyectos de investigación científica y desarrollo tecnológico (I+D), para la innovación productiva en la cadena productiva acuícola;

j) Adaptar avances científicos y técnicos a través de proyectos de investigación científica, desarrollo tecnológico e innovación tecnológica (I+D+i), para el desarrollo productivo en la cadena productiva acuícola en su ámbito de intervención;

k) Promover las intervenciones en la cadena productiva acuícola, existentes en la zona de manera coordinada con los ecosistemas productivos y de innovación;

l) Fomentar las iniciativas de cooperación empresarial y de interrelación con otros agentes estratégicos para incrementar la competitividad, a través de la innovación productiva a favor de las unidades productivas de la cadena productiva acuícola en su ámbito de intervención

m) Suministrar información para el desarrollo competitivo de la cadena productiva acuícola;

n) Otras funciones que se establezcan en el Decreto Legislativo Nº 1228, su Reglamento y otras normas y disposiciones legales sobre la materia.

Artículo 3.- Disponer que el Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Productivo VRAEM - CITEproductivo VRAEM, en coordinación con la Oficina de Administración y la Dirección de Operaciones, realicen las acciones pertinentes referidas a la infraestructura y el equipamiento que serán utilizados para la operatividad de la Unidad Técnica Acuícola VRAEM.

Artículo 4.- Disponer que la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización realice las acciones pertinentes referidas a los recursos para el funcionamiento de la Unidad Técnica Acuícola VRAEM.

Artículo 5.- Disponer que la Oficina de Tecnologías de la Información publique la presente Resolución en la sede digital del Instituto Tecnológico de la Producción (https://www.gob.pe/itp), el mismo día de su publicación en el diario oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

KITTY ELISA TRINIDAD GUERRERO

Directora Ejecutiva

Instituto Tecnológico de la Producción

2475458-1