Dan por terminadas las funciones de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en Türkiye, y ante Georgia, la República Islámica de Irán y la República de Azerbaiyán
Resolución Suprema
N° 227-2025-RE
Lima, 30 de diciembre de 2025
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Resolución Suprema N° 195-2022-RE, de 22 de diciembre de 2022, se nombró Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en Türkiye al entonces Ministro en el Servicio Diplomático de la República César Augusto De las Casas Díaz;
Que, mediante la Resolución Ministerial N° 0857-2022-RE, se fijó el 1 de febrero de 2023, como la fecha en que el citado funcionario diplomático asumió funciones como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en Türkiye;
Que, mediante la Resolución Suprema N° 058-2023-RE, se nombró al Embajador en el Servicio Diplomático de la República César Augusto De las Casas Díaz, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en Türkiye, para que se desempeñe simultáneamente como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú ante Georgia, con residencia en Ankara, Türkiye;
Que, mediante la Resolución Suprema N° 103-2023-RE, se nombró al Embajador en el Servicio Diplomático de la República César Augusto De las Casas Díaz, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en Türkiye, para que se desempeñe simultáneamente como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú ante la República Islámica de Irán, con residencia en Ankara, Türkiye;
Que, mediante la Resolución Suprema N° 104-2023-RE, se nombró al Embajador en el Servicio Diplomático de la República César Augusto De las Casas Díaz, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en Türkiye, para que se desempeñe simultáneamente como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú ante la República de Azerbaiyán, con residencia en Ankara, Türkiye;
De conformidad con la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado por el Decreto Supremo N° 047-2021-RE; y el Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado por el Decreto Supremo N° 130-2003-RE;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Dar por terminadas las funciones del Embajador en el Servicio Diplomático de la República César Augusto De las Casas Díaz, como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en Türkiye.
Artículo 2.- Dar por terminadas las funciones del Embajador en el Servicio Diplomático de la República César Augusto De las Casas Díaz, como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú ante Georgia, con residencia en Ankara, Türkiye.
Artículo 3.- Dar por terminadas las funciones del Embajador en el Servicio Diplomático de la República César Augusto De las Casas Díaz, como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú ante la República Islámica de Irán, con residencia en Ankara, Türkiye.
Artículo 4.- Dar por terminadas las funciones del Embajador en el Servicio Diplomático de la República César Augusto De las Casas Díaz, como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú ante la República de Azerbaiyán, con residencia en Ankara, Türkiye;
Artículo 5.- La fecha de término de sus funciones será fijada mediante Resolución Ministerial.
Artículo 6.- Cancelar las Cartas Credenciales y los Plenos Poderes correspondientes.
Artículo 7.- Darle las gracias por los importantes servicios prestados a la Nación en el desempeño de sus funciones.
Artículo 8.- Aplicar el egreso que irrogue la presente Resolución a las partidas correspondientes del Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores.
Artículo 9.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JOSÉ ENRIQUE JERÍ ORÉ
Presidente de la República
HUGO CLAUDIO DE ZELA MARTÍNEZ
Ministro de Relaciones Exteriores