Aprueban Metodología para el cálculo de multas en materia de Protección de Datos Personales
Resolución Ministerial
N° 0476-2025-JUS
Lima, 30 de diciembre de 2025
VISTOS, el Informe N° 038-2025-JUS/DGTAIPD, y el Informe N° 1723-2025-JUS/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;
CONSIDERANDO:
Que, el numeral 6 del artículo 2 de la Constitución Política del Perú dispone que toda persona tiene derecho a que los servicios informáticos, computarizados o no, públicos o privados, no suministren informaciones que afecten la intimidad personal y familiar;
Que, la Ley N° 29733, Ley de Protección de Datos Personales, tiene por objeto garantizar el derecho fundamental a la protección de datos personales, previsto en el numeral 6 del artículo 2 de la Constitución Política del Perú; estableciéndose en su artículo 32 que, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, es la Autoridad Nacional de Protección de Datos Personales, a la que le corresponde realizar todas las acciones necesarias para el cumplimiento del objeto y demás disposiciones de la citada Ley y de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 016-2024-JUS;
Que, el literal d) del artículo 6 de la Ley N° 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos establece que, el Ministerio tiene competencias para emitir normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de las políticas nacionales, la gestión de los recursos del sector, así como para el otorgamiento y reconocimiento de derechos, la sanción, fiscalización y ejecución coactiva en las materias de su competencia;
Que, el literal h) del artículo 7 de la referida Ley establece que el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, en el marco de sus competencias específicas, ejerce la Autoridad Nacional de Protección de Datos Personales a que se refiere la Ley N° 29733;
Que, mediante Resolución Ministerial N° 0326-2020-JUS se aprobó la primera versión de la Metodología para el cálculo de multas en materia de protección de datos personales, instrumento normativo elaborado sobre la base de criterios técnicos y económicos que establece pautas y criterios uniformes para la imposición de sanciones, en observancia del principio de razonabilidad y con el objetivo de brindar predictibilidad a los administrados, la cual se encuentra actualmente vigente y viene siendo aplicada en los procedimientos sancionadores a cargo de la Autoridad Nacional de Protección de Datos Personales;
Que, mediante Decreto Supremo N° 016-2024-JUS, se aprueba el nuevo Reglamento de la Ley N° 29733, el cual ha generado una modificación al régimen de infracciones administrativas en materia de protección de datos personales, incorporando nuevos supuestos infractores, así como nuevos criterios agravantes y atenuantes para la determinación de la responsabilidad administrativa;
Que, mediante el documento de vistos, la Dirección General de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales señala que resulta necesario actualizar la Metodología para el cálculo de multas en materia de Protección de Datos Personales, considerando los nuevos tipos infractores y la modulación de los factores de responsabilidad incorporados por el Decreto Supremo N° 016-2024-JUS;
Que, de conformidad con los artículos 70 y 71 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, la Dirección General de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales, ejerce la Autoridad Nacional de Protección de Datos Personales y es un órgano de línea del Despacho Viceministerial de Justicia, que tiene entre sus funciones, proponer políticas y proyectos normativos en materia de su competencia;
Con de la Dirección General de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales; y, la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con la Ley N° 29733, Ley de Protección de Datos Personales; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, aprobado por Decreto Supremo N° 013-2017-JUS;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar la Metodología para el cálculo de multas en materia de Protección de Datos Personales, que en Anexo forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2.- Derogar la Resolución Ministerial N° 0326-2020-JUS.
Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su Anexo en la Sede Digital del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (www.gob.pe/minjus), en la misma fecha de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
WALTER E. MARTÍNEZ LAURA
Ministro
Ministerio de Justicia y Derechos Humanos