Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 380-MDL, que otorga amnistía tributaria para el pago del Impuesto Predial, Arbitrios Municipales y Multas Tributarias en el distrito de Lurigancho-Chosica
DECRETO DE ALCALDÍA
N° 006-2025/MDL
Lurigancho, 29 de diciembre del 2025
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE LURIGANCHO
VISTO: El Informe N° 00605-2025-MDL/GAT-SGREC de la Subgerencia de Recaudación y Ejecutoría Coactiva, el Informe N° 00241-2025-MDL/GAT de la Gerencia de Administración Tributaria, el Informe N° 000728-2025-MDL/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, el Memorándum N° 003755-2025-MDL/GM de la Gerencia Municipal; y,
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, en concordancia con lo dispuesto en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, las municipalidades son órganos de gobierno local, los cuales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, radicando dicha autonomía en la facultad de ejercer actos de gobiernos administrativos y de administración, con sujeción al orden jurídico;
Que, la Tercera Disposición Complementaria de la Ordenanza N° 380-MDL faculta expresamente al señor Alcalde para que, mediante Decreto de Alcaldía, prorrogue su vigencia y/o dicte las disposiciones modificatorias, complementarias o reglamentarias necesarias para su adecuada aplicación;
Que, la Oficina General de Asesoría Jurídica, a través del Informe N° 000728-2025-MDL/OGAJ, emite opinión legal favorable a la propuesta de prórroga de la vigencia de la Ordenanza N° 380-MDL, denominada “Amnistía Tributaria por Navidad y Año Nuevo”;
Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el numeral 6) del artículo 20° y el artículo 42° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, así como por la Tercera Disposición Complementaria de la Ordenanza N° 380-MDL.
SE DECRETA:
Artículo Primero.- PRORROGAR la vigencia de la Ordenanza N° 380-MDL, “Ordenanza que otorga Amnistía Tributaria para el pago del Impuesto Predial, Arbitrios Municipales y Multas Tributarias en el distrito de Lurigancho-Chosica - Amnistía Tributaria por Navidad y Año Nuevo”, hasta el 31 de enero del 2026.
Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración Tributaria, a la Subgerencia de Recaudación y Ejecutoria Coactiva y a las demás unidades orgánicas competentes, el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía.
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Oficina General de Secretaría General, la publicación del presente Decreto en el Diario Oficial “El Peruano”, a la Oficina de Comunicación e Imagen Institucional su difusión correspondiente y a la Oficina de Gestión de Gobierno Digital la publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Lurigancho (https://munichosica.pe/) y el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe).
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
OSWALDO HERNÁN VARGAS CUELLAR
Alcalde