Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 375/MDSA, que aprueba el “Régimen de Incentivos Tributarios y Regularización de Deudas No Tributarias en el distrito de Santa Anita” y dictan otras disposiciones
DECRETO DE ALCALDIA
N° 00008-2025/MDSA
Santa Anita, 15 de diciembre de 2025
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTA ANITA
VISTO: El Informe N° 0350-2025-SGRCRT-GSATDE/MDSA de la Subgerencia de Registro, Control y Recaudación Tributaria; el Informe N° 0083-2025-GSATDE/MDSA de la Gerencia de Servicios de Administración Tributaria y Desarrollo Económico; el Informe N° 0605-2025-OGAJ/MDSA de la Oficina General de Asesoría Jurídica; así como el Memorándum N° 1719-2025-MDSA/GM de la Gerencia Municipal; y,
CONSIDERANDO:
Que, conforme a lo previsto en el artículo 194° de la Constitución Política del Perú y en el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, las municipalidades son órganos de gobierno local con personería jurídica de derecho público, gozando de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;
Que, mediante Ordenanza N° 375/MDSA, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 31 de julio de 2025, se aprobó el “Régimen de Incentivos Tributarios y Regularización de Deudas No Tributarias en el distrito de Santa Anita”, estableciendo beneficios tributarios de carácter temporal y excepcional a favor de los contribuyentes con obligaciones pendientes o por vencer respecto del Impuesto Predial, Arbitrios Municipales, Cuotas de Fraccionamiento Tributario, Multas Tributarias, así como Costas y Gastos Procesales en procedimientos de ejecución coactiva, en cualquier estado de cobranza, con vigencia hasta el 30 de octubre de 2025;
Que, la Primera Disposición Complementaria Final de la citada Ordenanza faculta al Despacho de Alcaldía a prorrogar su vigencia mediante Decreto de Alcaldía y dictar las disposiciones complementarias necesarias para su adecuada aplicación;
Que, mediante Decreto de Alcaldía N° 00007-2025-ALC/MDSA, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 31 de octubre de 2025, se prorrogó la vigencia de la Ordenanza N° 375/MDSA hasta el 31 de diciembre de 2025;
Que, los informes N° 0083-2025-GSATDE/MDSA y N° 0350-2025-SGRCRT-GSATDE/MDSA sustentan la necesidad de ampliar el plazo de vigencia del Régimen aprobado, a fin de continuar promoviendo la regularización de obligaciones tributarias y fortalecer la recaudación municipal, otorgando facilidades a los contribuyentes dentro del marco de la política tributaria local;
Que, mediante Informe N° 0605-2025-OGAJ/MDSA, la Oficina General de Asesoría Jurídica emite opinión favorable respecto a la prórroga solicitada, opinión que es concordante con la posición institucional expresada por la Gerencia Municipal mediante Memorándum N° 1719-2025-MDSA/GM;
De conformidad con lo dispuesto en los numerales 6) y 8) del artículo 20°, y en el artículo 42° de la Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades;
SE DECRETA:
Artículo Primero.- PRÓRROGA DE VIGENCIA
Prorróguese la vigencia de la Ordenanza N° 375/MDSA, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 31 de julio de 2025, que aprueba el “Régimen de Incentivos Tributarios y Regularización de Deudas No Tributarias en el distrito de Santa Anita”, hasta el 28 de febrero de 2026.
Artículo Segundo.- ENCARGO PARA EJECUCIÓN
Encárguese a la Gerencia de Servicios de Administración Tributaria y Desarrollo Económico, a la Oficina General de Administración y Finanzas, a la Oficina de Tecnologías de la Información y Comunicación, y a las demás unidades orgánicas competentes, el estricto y oportuno cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía.
Artículo Tercero.- PUBLICACIÓN
Dispóngase a la Oficina General de Secretaría gestione la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial El Peruano, y que la Oficina de Tecnologías de la Información y Comunicación efectúe su publicación en el Portal de Transparencia Institucional de la Municipalidad Distrital de Santa Anita (www.munisantanita.gob.pe).
Regístrese, comuníquese, cúmplase y publíquese.
OLIMPIO ALEGRIA CALDERON
Alcalde
2469840-1