Otorgan a favor de la empresa METRO DE LIMA LÍNEA 2 S.A. la concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en el proyecto “Línea de Transmisión Subterránea 60 kV SET Industriales - SEAT Evitamiento”, ubicado en el distrito de Santa Anita, provincia y departamento de Lima
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 424-2025-MINEM/DM
Lima, 15 de diciembre de 2025
VISTOS: El Expediente N° 14421725 sobre la solicitud de otorgamiento de concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica para el “Línea de Transmisión Subterránea 60 kV SET Industriales - SEAT Evitamiento”, presentada por la empresa METRO DE LIMA LÍNEA 2 S.A.; los Informes N° 784-2025-MINEM/DGE-DCE y N° 939-2025-MINEM/DGE-DCE, de la Dirección General de Electricidad; el Informe N° 1245-2025-MINEM/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante documento con Registro N° 3989021, la empresa METRO DE LIMA LÍNEA 2 S.A. solicitó el otorgamiento de una concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica para el proyecto “Línea de Transmisión Subterránea 60 kV SET Industriales - SEAT Evitamiento”, ubicado en el distrito de Santa Anita, provincia y departamento de Lima;
Que, de acuerdo a la memoria descriptiva del proyecto, este consiste en la construcción de la nueva subestación eléctrica de Alta Tensión Evitamiento 60/20 kV, implementación de una celda de salida en 60 kV de la subestación eléctrica Industriales en 60 kV y la construcción de la línea de transmisión subterránea en 60 kV SET Industriales - SEAT Evitamiento, cuya longitud es de 1,56 km y de esta manera satisfacer la demanda de energía eléctrica para la operación del Sistema de Transporte Masivo Metro;
Que, de conformidad con el artículo 28 del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, la solicitud de concesión que cumpla con los requisitos establecidos en el artículo 25, debe resolverse en un plazo máximo de sesenta días hábiles a partir de la fecha de su presentación, sin considerar la presentación de los incidentes que se promuevan, los cuales suspenderán el plazo hasta que queden resueltos; asimismo, el referido artículo establece que la concesión definitiva será otorgada por Resolución Ministerial del Ministerio de Energía y Minas;
Que, el artículo 37 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-93-EM, establece los requisitos para el otorgamiento de una concesión definitiva, de acuerdo a lo establecido en el artículo 25 del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas;
Que, según los Informes de Vistos, la Dirección General de Electricidad y la Oficina General de Asesoría Jurídica, en el marco de sus competencias, han verificado que la solicitud de la empresa METRO DE LIMA LÍNEA 2 S.A. cumple con lo establecido en el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM, así como con el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo N° 038-2014-EM; y, por tanto, consideran procedente otorgar la concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en el proyecto “Línea de Transmisión Subterránea 60 kV SET Industriales - SEAT Evitamiento”;
Con los vistos de la Dirección General de Electricidad, de la Oficina General de Asesoría Jurídica y del Despacho Viceministerial de Electricidad;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 031-2007-EM; el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM; y, el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo N° 038-2014-EM;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Otorgar a favor de la empresa METRO DE LIMA LÍNEA 2 S.A. la concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en el proyecto “Línea de Transmisión Subterránea 60 kV SET Industriales - SEAT Evitamiento”, ubicado en el distrito de Santa Anita, provincia y departamento de Lima; en los términos y condiciones de la presente Resolución Ministerial, y los que se detallan en el Contrato de Concesión que se aprueba en el artículo 3 de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2.- Las características principales de los bienes indispensables para operar la concesión son las siguientes:
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Salida/Llegada de la Línea de Transmisión |
Tensión (kV) |
N° de Ternas |
Longitud (km) |
Ancho de Faja de Servidumbre que corresponde (m) |
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SET Industriales - SEAT Evitamiento* |
60 |
01 |
1,56 |
3,9** |
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Subestaciones |
Descripción de características técnicas |
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Nueva SEAT Evitamiento |
Será una subestación de tipo interior, diseñada con tecnología GIS, contará con 2 transformadores de potencia 60/20 kV - 35 MVA - ONAN, celdas de media tensión (20 kV), tableros de control, protección, sistemas auxiliares, entre otros. |
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*Todo el recorrido de la línea de transmisión es subterráneo
**Acorde al Código Nacional de Electricidad - Suministro 2011
Artículo 3.- Aprobar el Contrato de Concesión N° 642-2025, a suscribirse con la empresa METRO DE LIMA LÍNEA 2 S.A. y el Estado Peruano, representado por el Ministerio de Energía y Minas, el cual consta de 19 cláusulas y 4 anexos; por las razones y fundamentos legales señalados en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 4.- Autorizar al Director General de la Dirección General de Electricidad a suscribir, en representación del Estado, el Contrato de Concesión N° 642-2025, aprobado en el artículo que antecede, así como la Escritura Pública correspondiente.
Artículo 5.- Insertar el texto de la presente Resolución Ministerial en la Escritura Pública que origine el Contrato de Concesión N° 642-2025, en cumplimiento del artículo 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-93-EM.
Artículo 6.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial por una (1) sola vez en el diario oficial El Peruano, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su expedición, por cuenta de la empresa METRO DE LIMA LÍNEA 2 S.A., de acuerdo a lo previsto en el artículo 54 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-93-EM.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
LUIS ENRIQUE BRAVO DE LA CRUZ
Ministro de Energía y Minas
2469046-1