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Fecha de publicación: 17/12/2025
Proclaman el resultado del cómputo efectuado por la ONPE en las elecciones primarias de las Elecciones Generales 2026 de la organización política Juntos por el Perú

Aprueban la incorporación y modificación de Servicios No Exclusivos en el Texto Único de Servicios No Exclusivos – TUSNE de la Municipalidad de La Molina

RESOLUCIÓN DE GERENCIA MUNICIPAL

Nº 0544-2025-MDLM-GM

La Molina, 12 de diciembre del 2025

EL GERENTE MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA MOLINA;

VISTO; el Memorando N° 0764-2025-MDLM-GDRT de fecha 04 de diciembre del 2025, el Memorando N° 0772-2025-MDLM-GDRT de fecha 11 de diciembre del 2025, ambos emitidos por la Gerencia de Deporte, Recreación y Turismo; el Memorando Nº 4528-2025-MDLM-OGAF-OCC de fecha 05 de diciembre del 2025, emitido por la Oficina de Contabilidad y Costos; Informe Nº 0450-2025-MDLM-OGPPDI-OPIMI de fecha 05 de diciembre del 2025, emitido por la Oficina de Planeamiento, Inversiones y Modernización Institucional, Informe Nº 0305-2025-MDLM-OGPPDI de fecha 05 de diciembre del 2025, emitido por la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional y el Informe Nº 0394-2025-MDLM-OGAJ de fecha 11 de diciembre del 2025 de la Oficina General de Asesoría Jurídica, referido a la modificación e incorporación de Servicios No Exclusivos del Texto Único de Servicios No Exclusivos – TUSNE de la Municipalidad de La Molina, y;

CONSIDERANDO:

Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 194°, modificado por la Ley N° 30305 - Ley de Reforma Constitucional, establece que las Municipalidades son órganos de gobierno local que tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, lo cual es concordante con lo dispuesto en el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades; y que dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, el numeral 43.4, del artículo 43º, del Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que para aquellos servicios que no sean prestados en exclusividad, las entidades, a través de la Resolución del Titular de la entidad establecen la denominación, la descripción clara y taxativa de los requisitos y sus respectivos costos, los cuales deben ser debidamente difundidos para que sean de público conocimiento, respetando lo establecido en el artículo 60º de la Constitución Política del Perú y las normas sobre represión de la competencia desleal;

Que, mediante Resolución de Gerencia Municipal Nº 413-2023/MDLM-GM, de fecha 27 de Octubre del 2023, se aprobó el Texto Único de Servicios No Exclusivos – TUSNE de la Municipalidad de La Molina y su correspondiente Fe de Erratas;

Que, mediante Resolución de Gerencia Municipal Nº 670-2023/MDLM-GM de fecha 30 de diciembre del 2023, se aprobó la incorporación y modificación de Servicios No Exclusivos en el Texto Único de Servicios No Exclusivos – TUSNE 2023 de la Municipalidad de La Molina, correspondiente a la Subgerencia de Programas Sociales y Salud, Subgerencia de Educación, Cultura y Turismo y Subgerencia de Integración, Deporte y Bienestar Social;

Que, mediante Resolución de Gerencia Municipal Nº 100-2024-MDLM-GM, de fecha 22 de febrero del 2024, se aprobó la incorporación y modificación de Servicios No Exclusivos en el Texto Único de Servicios No Exclusivos – TUSNE 2023 de la Municipalidad de La Molina, correspondiente a la Subgerencia de Integración, Deporte y Bienestar Social;

Que, mediante Resolución de Gerencia Municipal Nº 0822-2024-MDLM-GM, de fecha 11 de diciembre del 2024, se aprobó el Anexo N° 02 “VERSION ACTUALIZADA DEL TEXTO ÚNICO DE SERVICIOS NO EXCLUSIVOS - TUSNE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA MOLINA”, aprobado por Resolución de Gerencia Municipal Nº 413-2023/MDLM-GM y su respectiva Fe de Erratas, modificado por la Resolución de Gerencia Municipal Nº 670-2023/MDLM-GM y la Resolución de Gerencia Municipal Nº 100- 2024-MDLM-GM”, constituyendo esta la versión actualizada del Texto Único de Servicios No Exclusivos de la Municipalidad Distrital de La Molina;

Que, mediante Resolución de Gerencia Municipal Nº 0005-2025-MDLM-GM, de fecha 06 de enero del 2025, se aprobó la incorporación y modificación de Servicios No Exclusivos en el Texto Único de Servicios No Exclusivos - TUSNE de La Municipalidad Distrital de La Molina (en su versión actualizada aprobado por Resolución de Gerencia Municipal Nº 822-2024/MDLM-GM), correspondiente a la Subgerencia de Educación, Cultura y Turismo y Subgerencia de Programas Sociales y Salud;

Que, mediante Resolución de Gerencia Municipal Nº 0006-2025-MDLM-GM, de fecha 07 de enero del 2025, se aprobó la incorporación y modificación de Servicios No Exclusivos en el Texto Único de Servicios No Exclusivos - TUSNE de La Municipalidad Distrital de La Molina (en su versión actualizada aprobado por Resolución de Gerencia Municipal Nº 822-2024/MDLM-GM), correspondiente a la Subgerencia de Educación, Cultura y Turismo y Subgerencia de Programas Sociales y Salud;

Que, mediante Resolución de Gerencia Municipal Nº 0087-2025-MDLM-GM, de fecha 20 de febrero del 2025, se aprobó la incorporación y modificación de Servicios No Exclusivos en el Texto Único de Servicios No Exclusivos - TUSNE de La Municipalidad Distrital de La Molina (en su versión actualizada aprobado por Resolución de Gerencia Municipal Nº 822-2024/MDLM-GM), correspondiente a la Subgerencia de Educación, Cultura y Turismo;

Que, mediante Resolución de Gerencia Municipal Nº 0494-2025-MDLM-GM, de fecha 23 de octubre del 2025, se aprobó la incorporación y modificación de Servicios No Exclusivos en el Texto Único de Servicios No Exclusivos - TUSNE de La Municipalidad Distrital de La Molina (en su versión actualizada aprobado por Resolución de Gerencia Municipal Nº 822-2024/MDLM-GM), correspondiente a la Gerencia de Deporte, Recreación y Turismo;

Que, mediante Ordenanza Nº 491/MDLM, publicada en el Diario Oficial “El Peruano” el día 2 de diciembre de 2023, se aprueba la modificación del Reglamento de Organización (ROF) de la Municipalidad Distrital de La Molina, promulgado mediante Ordenanza N° 464/MDLM que aprueba la versión actualizada del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y Estructura Orgánica de la Municipalidad Distrital de La Molina,

Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 23º literal y), del Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Distrital de La Molina, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional, tiene como función “monitorear, supervisar y gestionar la aprobación y ratificación de la actualización del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA y del Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE)”, mientras que en el artículo 26º literal p), del mismo Reglamento, señala como función de la Oficina de Planeamiento, Inversiones y Modernización Institucional, “coordinar y ejecutar el diseño, estructura y organización de la entidad; así como, la elaboración y actualización de sus documentos en materia organizacional (ROF), de procedimientos administrativos (TUPA), y del Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE), conforme la normativa de la materia”;

Que, además el artículo 91° literal p), del precitado cuerpo normativo establece entre las funciones de la Gerencia de Deporte, Recreación y Turismo, “elaborar y actualizar el sustento técnico del Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) de su área, y gestionar la actualización y modificación de los mismos ante el órgano competente”;

Que, el artículo 17° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, establece que: “la autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga eficacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados , y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la eficacia del acto el supuesto hecho justificativo para su aprobación”;

Que, mediante el Memorando N° 0764-2025-MDLM-GDRT de fecha 04 de diciembre del 2025, la Gerencia de Deporte, Recreación y Turismo presentó el informe técnico sustentando la propuesta de modificación e incorporación de sus servicios no exclusivos del TUSNE de la Municipalidad Distrital de La Molina, correspondientes a su unidad de organización,

Que, mediante Memorando Nº 4528-2025-MDLM-OGAF-OCC de fecha 05 de diciembre del 2025, la Oficina de Contabilidad y Costos, emitió el Informe Técnico correspondiente, señalando haber revisado y validado los costos propuestos en el proyecto de modificación del Texto Único de Servicios No Exclusivos –TUSNE, basándose en la información presentada por la Gerencia de Deporte, Recreación y Turismo;

Que, mediante Informe Nº 0450-2025-MDLM-OGPPDI-OPIMI de fecha 05 de diciembre del 2025, la Oficina de Planeamiento, Inversiones y Modernización Institucional, en el ámbito de sus funciones establecidas en el literal p) del artículo 26º del Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Ordenanza Nº 491/MDLM, emitió el informe técnico con opinión favorable de la propuesta de modificación e incorporación de servicios no exclusivos al Texto Único de Servicios No Exclusivos - TUSNE a cargo de la Gerencia de Deporte, Recreación y Turismo, señalando que el referido proyecto modifica cuatro (04) Servicios No Exclusivos e incorpora dieciséis (16) servicios no exclusivos nuevos, solicitando continuar con el trámite de aprobación correspondiente;;

Que, mediante Informe Nº 0305-2025-MDLM-OGPPDI de fecha 05 de diciembre del 2025, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional, en el ámbito de sus funciones establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones, hace suyo el Informe Nº 0450-2025-MDLM-OGPPDI-OPIMI, y emite opinión favorable del proyecto de modificación e incorporación de servicios no exclusivos del Texto Único de Servicios No Exclusivos – TUSNE, correspondiente a la Gerencia de Educación, Cultura y Turismo, remitiendo todo lo actuado a fin de que se continúe con las gestiones para su aprobación;

Que, mediante el Memorando N° 0772-2025-MDLM-GDRT de fecha 11 de diciembre del 2025, la Gerencia de Deporte, Recreación y Turismo presentó el informe complementario al Memorando N° 0764-2025-MDLM-GDRT de fecha 04 de diciembre del 2025, respecto a la propuesta de modificación e incorporación de sus servicios no exclusivos del TUSNE de la Municipalidad Distrital de La Molina, señalando entre otros aspectos que, por temas de poder brindar atención a los vecinos quienes demandan la apertura de las inscripciones de los Talleres de Verano 2026 (…), se consideró iniciar la fecha de inscripciones para el día 10 de diciembre, siendo ello así, en el marco de lo establecido en el numeral 17.1 del artículo 17° de la Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo Genera, solicita que la aprobación la Incorporación y Modificación de los Servicios No Exclusivos en el Texto Único de Servicios No Exclusivos – TUSNE de la Municipalidad de La Molina, correspondiente a la Gerencia de Deporte, Recreación y Turismo, se realice con eficacia anticipada al 10 de diciembre del 2025;

Que, mediante Informe Nº 0394-2025-MDLM-OGAJ de fecha 11 de diciembre del 2025, la Oficina General de Asesoría Jurídica, emite opinión legal respecto al proyecto de modificación del Texto Único de Servicios No Exclusivos – TUSNE, señalando que, cuenta con el sustento técnico correspondiente, ha sido elaborada en cumplimiento de los dispuesto por el artículo 43 numeral 43.4 del Texto Único Ordenado - TUO de la Ley Nº 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General y demás normas conexas sobre la materia, habiéndose sustentado correctamente la aprobación de la eficacia anticipada a lo que se refiere el artículo 17°, numeral 17.1 de la precita Ley, por lo que resulta viable desde el punto de vista legal la aprobación del proyecto de Incorporación y Modificación del Texto Único de Servicios No Exclusivos – TUSNE, con eficacia anticipada al 10 de diciembre del 2025, mediante Resolución de Gerencia Municipal en concordancia con la Resolución de Alcaldía Nº 007-2023/MDLM de fecha 01 de enero del 2023;

Que, mediante la Resolución de Alcaldía N° 007-2023/MDLM de fecha 01 de enero de 2023, artículo primero literal a), se delega en el Gerente Municipal de la Municipalidad Distrital de La Molina, la atribución de aprobar el Texto Único de Servicios No Exclusivos – TUSNE, así como su modificación y actualización;

Que, estando a los considerandos precedentes, a lo evaluado e informado por el área legal y, en uso de las facultades delegadas a través de la Resolución de Alcaldía N° 007-2023/MDLM, contando con el visto de la Oficina General de Asesoría Jurídica y de las áreas técnicas involucradas en su formulación;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- APROBAR, la Incorporación y Modificación de Servicios No Exclusivos en el Texto Único de Servicios No Exclusivos – TUSNE de la Municipalidad de La Molina, correspondiente a la Gerencia de Deporte, Recreación y Turismo, cuyos requisitos y derechos de pago se detallan en el Anexo N° 1 que forma parte integrante de la presente Resolución de Gerencia Municipal.

Artículo Segundo.- APROBAR, la versión actualizada del Texto Único de Servicios No Exclusivos – TUSNE de la Municipalidad de La Molina, aprobado por Resolución de Gerencia Municipal N° 413-2023-MDLM, actualizado mediante Resolución de Gerencia Municipal Nº 0822-2023/MDLM-GM, modificado por Resolución de Gerencia Municipal Nº 670-2023-MDLM-GM, Resolución de Gerencia Municipal Nº 100-2024-MDLM-GM, Resolución de Gerencia Municipal Nº 00005-2025/MDLM-GM, Resolución de Gerencia Municipal Nº 0006-2025-MDLM-GM, Resolución de Gerencia Municipal Nº 0087-2025-MDLM-GM y Resolución de Gerencia Municipal Nº 0494-2025-MDLM-GM, en concordancia con la estructura orgánica del Reglamento de Organización y Funciones aprobado mediante Ordenanza N° 491/MDLM, cuyos requisitos y derechos de pago se detallan en el Anexo N° 02 que forma pate integrante de la presente Resolución.

Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional, Gerencia de Deporte, Recreación y Turismo el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución de Gerencia Municipal.

Artículo Cuarto.- PRECISAR que la modificación del Texto Único de Servicios No Exclusivos – TUSNE, al constituir un tema eminentemente técnico, su contenido, se encuentra bajo la responsabilidad exclusiva de los funcionarios que la han elaborado, sustentado y propuesto.

Artículo Quinto.- ENCARGAR, el estricto cumplimiento de la presente Resolución de Gerencia Municipal, a las unidades de organización competentes de acuerdo a sus funciones.

Artículo Sexto.- ENCARGAR, a la Oficina General de secretaria de Concejo, la publicación de la presente Resolución de Gerencia Municipal en el Diario Oficial “El Peruano” y a la Oficina de Tecnologías de Información y Estadística, la publicación de la presente Resolución y del Anexo adjunto en el Portal Web Institucional de la Municipalidad.

Regístrese, notifíquese, publíquese y cúmplase.

LILIANA ANTONIETA LOAYZA MANRIQUE

DE ROMERO

Gerente Municipal

2468762-1