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Fecha de publicación: 16/12/2025
Derogan la Resolución Ministerial N° 187-2015-PCM, que aprueba los Lineamientos para la constitución y funcionamiento del Voluntariado en Emergencias y Rehabilitación – VER

Designan Director Ejecutivo del Fuero Militar Policial

Resolución Administrativa

Nº 21-2025-FMP/CE/P

Lima,12 de diciembre del 2025

VISTO:

El Memorándum Nº 1081-2025-FMP/SG del 12 de diciembre 2025 del Secretario General del Fuero Militar Policial, el Informe de Cumplimiento Nº 20-2025-FMP/DIR.RRHH del 11 de diciembre 2025 de la Directora de Recursos Humanos del Fuero Militar Policial, la Certificación del Secretario General del Fuero Militar Policial del 12 de diciembre 2025, y el Informe Legal Nº 210-2025-FMP/OAJ del 12 de diciembre 2025 del Jefe (e) de la Oficina de Asesoria Jurídica del Fuero Militar Policial.

CONSIDERANDO:

Que, la Ley Nº 29182, Ley de Organización y Funciones del Fuero Militar Policial, en el artículo I de su Título Preliminar, establece la naturaleza, estructura, organización, competencia, jurisdicción, funciones y atribuciones del Fuero Militar Policial, como órgano jurisdiccional autónomo, independiente e imparcial;

Que, la Ley Nº 29182 en el artículo 51º establece “La Dirección Ejecutiva es el órgano de más alta jerarquía administrativa y depende del Presidente del Fuero Militar Policial. El Director Ejecutivo es designado por el Consejo Ejecutivo del Fuero Militar Policial a propuesta de su Presidente”;

Que, mediante Resolución Administrativa Nº 065-2022-FMP/CE/SG del 29 de agosto 2022, se aprobó las modificaciones al Reglamento de Organización y Funciones del Fuero Militar Policial, el cual establece: “Artículo 6º Atribuciones del Consejo Ejecutivo, en el numeral 4 designar y remover al Director Ejecutivo.”; y en artículo 8º Funciones de la Presidencia del Fuero Militar Policial, establece en el numeral ”8) Disponer la contratación y remoción del personal de funcionarios, servidores y personal de confianza, con arreglo a la normativa sobre la materia” y numeral “10 emitir resoluciones relativas a sus funciones”;

Que, mediante Informe de Cumplimiento Nº 20-2025-FMP/DE/DIR.RRHH del 11 de diciembre 2025, la Directora de Recursos Humanos del Fuero Militar Policial concluye “De acuerdo a lo señalado en el presente informe, según lo verificado en el Curriculum Vitae documentado, concluimos que el señor Contralmirante AP Carlos Valentín BALAREZO BURGOS; “Si cumple” con los requisitos para ejercer el cargo de Director Ejecutivo del Fuero Militar Policial establecidos en el Manual Clasificador de Cargos y el Reglamento de la Ley Nº 31419 y “no se encuentra” impedido/a o inhabilitado/a para el ejercicio de la función pública. Recomendando que de acuerdo con el numeral 28.4 del Artículo 28º del Reglamento de la Ley Nº 31419, luego de la emisión del presente informe por parte de la Dirección de Recursos Humanos, si lo tiene a bien se prosiga con el Trámite administrativo correspondiente (…)”;

Que, mediante Resolución Administrativa Nº 074-2024-FMP/DE/RRHH del 08 de mayo 2024 se aprobó el Manual de Clasificador de Cargos del Fuero Militar Policial, el cual establece: como cargo estructural de Empleado de Confianza al Director(a) Ejecutivo(a); estableciendo como experiencia general ocho (08) años y como experiencia específica cinco (05) años en puestos o cargos de directivos o nivel jerárquico similar en el sector público o privado; ser designado por el Consejo Ejecutivo del Fuero Militar Policial a propuesta de su Presidente;

Que, el Reglamento de la Ley Nº 31419, aprobado mediante Decreto Supremo Nº Decreto Supremo Nº 053-2022-PCM, establece en el artículo 28º lo siguiente: (…)“28.2.Verificación de cumplimiento del perfil de puesto. La Oficina de Recursos Humanos, o la que haga sus veces, verifica el cumplimiento de los requisitos, emitiendo el informe de cumplimiento, o no cumplimiento, de corresponder”; numeral “28.3 Verificación de impedimentos para el acceso a la función pública. El informe que emita la Oficina de Recursos Humanos, o la que haga sus veces, debe contener la verificación de que la persona propuesta no cuente con impedimentos para el acceso a la función pública. Para tal efecto se revisa obligatoriamente la información proporcionada por la Plataforma de Debida Diligencia del Sector Público, el Registro Nacional de Sanciones contra Servidores Civiles, el Registro de Deudores de Reparaciones Civiles y el Registro de Deudores Alimentarios Morosos, de encontrarse inscrito en este último deberá cancelar el registro o autorizar el descuento por planilla o por otro medio de pago, previo a la expedición de la resolución de designación correspondiente, de acuerdo a la Ley Nº 28970, Ley que crea el registro de Deudores Alimentarios Morosos. Adicionalmente, debe considerarse los registros disponibles vinculados a cargos y funciones específicas creadas con normas con rango de ley, según se detalla en el Compendio Normativo sobre Impedimentos para el Acceso a la Función Pública, Anexo Nº 01 al presente Reglamento. Asimismo, la Oficina de Recursos Humanos, o la que haga sus veces, requiere a la persona propuesta la suscripción de la Declaración Jurada, Anexo Nº 02, de no tener impedimentos para ser designado”; numeral 28.4. Designación y publicación. De haberse emitido el informe que contiene la revisión al cumplimiento del perfil y de impedimentos para el acceso a la función pública, la entidad puede continuar con el procedimiento para la emisión de la Resolución de designación, la cual se publica en la sede digital de la entidad, y en el diario oficial El Peruano, de corresponder”;

Que, el Secretario General del Fuero Militar Policial, mediante Certificación del Secretario General, del 12 de diciembre 2025; de conformidad a lo previsto en el numeral 113.2 artículo 113º del TUO de la Ley Nº 27444; CERTIFICA que: “En sesión Nº 16 del Consejo Ejecutivo de fecha 12 de diciembre de 2025, se aprobó el acuerdo siguiente: - DESIGNAR, al señor Contralmirante (R) Carlos Valentín BALAREZO BURGOS, en el cargo de confianza de Director Ejecutivo del Fuero Militar Policial. – AUTORIZAR, la ejecución inmediata de lo acordado, en virtud del artículo 113.2 del TUO de la Ley Nº 27444”;

Que, el TUO de la Ley Nº 27444, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, establece en su artículo “Artículo 113º Acta de sesión numeral 113.1 De cada sesión es levantada un acta, que contiene la indicación de los asistentes, así como del lugar y tiempo en que ha sido efectuada, los puntos de deliberación, cada acuerdo por separado, con indicación de la forma y sentido de los votos de todos los participantes. El acuerdo expresa claramente el sentido de la decisión adoptada y su fundamento; y numeral 113.2 El acta es leída y sometida a la aprobación de los miembros del órgano colegiado al final de la misma sesión o al inicio de la siguiente, pudiendo no obstante el Secretario certificar los acuerdos específicos ya aprobados, así como el pleno autorizar la ejecución inmediata de lo acordado (…);

A lo acordado por el Consejo Ejecutivo del Fuero Militar Policial, a lo propuesto por el Secretario General del Fuero Militar Policial, a lo recomendado por el Director de Recursos Humanos del Fuero Militar Policial, y lo opinado por el Jefe (e) de la Oficina de Asesoría Jurídica del Fuero Militar Policial.

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- DESIGNAR, al señor Contralmirante (r) Carlos Valentín BALAREZO Burgos, a partir de la expedición de la presente Resolución, en el cargo de confianza de Director Ejecutivo del Fuero Militar Policial, a partir del 16 de diciembre 2025.

Artículo 2º.- DISPONER a la Oficina de Tecnologías de la Información del Fuero Militar Policial la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional del Fuero Militar Policial (www.fmp.gob.pe) y en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el diario oficial “El Peruano”.

Regístrese, comuníquese, publíquese.

Dario VÁSQUEZ Rojas

Presidente del Fuero Militar Policial

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