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Fecha de publicación: 03/12/2025
Aceptan renuncia de Viceministro de Gestión Ambiental

Modifican el “Tarifario de Servicios Tecnológicos del Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Agroindustrial – CITEagroindustrial”

RESOLUCIÓN EJECUTIVA

N° 000176-2025-ITP/DE

San Isidro, 29 de noviembre del 2025

VISTOS:

El Informe N° 000018-2025-ITP/CITEAGROINDUSTRIAL- ICA, del Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Agroindustrial – CITE Agroindustrial (en adelante, CITEagroindustrial); el Memorando N° 000882-2025-ITP/DEDFO de la Dirección de Estrategia, Desarrollo y Fortalecimiento de los CITE (en adelante, DEDFO); el Memorando N° 001904-2025-ITP/OA y Memorando N° 001971-2025-ITP/OA, de la Oficina de Administración (en adelante, OA); el Memorando N° 001476-2025-ITP/OGRRHH y correo electrónico del 17 de noviembre de 2025, de la Oficina de Gestión de Recursos Humanos (en adelante, OGRRHH); el Memorando Múltiple N° 000153-2025-ITP/OPPM y Memorando N° 007531-2025-ITP/OPPM, de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización (en adelante, OPPM); el Informe N° 000563-2025-ITP/OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica (en adelante, OAJ);
y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 5 del Decreto Legislativo N° 1228, Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica – CITE, establece que los CITE públicos del Sector Producción son órganos desconcentrados del Instituto Tecnológico de la Producción (en adelante ITP);

Que, de acuerdo con lo establecido en el numeral 45.3 del artículo 45 del Decreto de Urgencia N° 013-2020, que Promueve el Financiamiento de la MIPYME, Emprendimientos y Startups, el financiamiento de los servicios que brinda el ITP, en el marco de lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1228 y sus normas reglamentarias y complementarias, se realiza a través de recursos ordinarios y tarifas, siendo que estas últimas son fijadas de acuerdo con la metodología que apruebe el ITP, la cual podrá establecer esquemas promocionales, según criterios objetivos, a fin de aumentar su acceso, cobertura y efectividad; teniendo en cuenta además, que las tarifas y su metodología son concordantes con el rol subsidiario del Estado y se aprueban por Resolución del Director Ejecutivo del ITP;

Que, mediante Resolución Ejecutiva N° 0154-2025-ITP/DE, publicada en el Diario Oficial el Peruano el 6 de noviembre de 2025, se aprobó la “Directiva de determinación de tarifas basada en costos del Instituto Tecnológico de la Producción - ITP” – Directiva N° 004-2025-ITP/DE, que derogó la Directiva N° 01-2021-ITP/DE denominada “Metodología para la determinación de tarifas basada en costos del Instituto Tecnológico de la Producción - ITP”, aprobada por el artículo 2 de la Resolución Ejecutiva N° 042-2021-ITP/DE, y se precisa en su numeral 9.2 que los trámites de gestión del Catálogo de Servicios (CDS) y de tarifarios iniciados antes de la vigencia de dicha Directiva, se rigen bajo la Directiva N° 01-2021-ITP/DE, por lo que, al haber iniciado el CITEagroindustrial su solicitud de CDS el 5 de mayo de 2025, le resulta aplicable esta última;

Que, mediante Resolución Suprema Nº 149-2000-ITINCI, publicada en el Diario Oficial “El Peruano” el 9 de octubre de 2000, se crea el “Centro de Innovación Tecnológica Vitivinícola - CITEvid”, posteriormente su denominación fue modificada por Decreto Supremo Nº 003-2013-PRODUCE y Resolución Ministerial N° 038-2019-PRODUCE, al de “Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Agroindustrial - CITEagroindustrial”; así también, mediante Resolución Ejecutiva N° 0068-2023-ITP/DE y modificatorias, se aprobó su Tarifario de Servicios Tecnológicos conformado a la fecha por doscientos ochenta y uno (281) servicios tecnológicos y nueve (9) actividades de comercialización, consignados en el Anexo correspondiente;

Que, con Informe N° 000013-2025-ITP/CITEAGROINDUSTRIAL-ICA, el CITEagroindustrial remitió a la DEDFO su propuesta de inclusión de once (11) servicios adicionales consignados en el Anexo N° 3 “Lista de Servicios Adicionales (no incluidos en tarifario)” en el Tarifario vigente; la cual cuenta con la opinión favorable de la DEDFO, conforme a lo señalado en el Memorando N° 000882-2025-ITP/DEDFO, sustentando en el Informe N° 000010-2025-ITP/JMR-DEDFO;

Que, a través del Informe N° 000018-2025-ITP/CITEAGROINDUSTRIAL-ICA, el CITEagroindustrial remitió el Catálogo de Servicios Tecnológicos (CDS) validado y las estructuras de costos enmarcadas en la metodología e incluidas en el Módulo del Sistema de Gestión de Tarifarios – SISTAR; y, asimismo, con Memorando N° 001971-2025-ITP/OA, sustentado en el Informe N° 004153-2025-ITP/OA-UFABAST; Memorando N° 1904-2025-ITP/OA, sustentado en el Informe N° 000393-2025-ITP/OA-UFABAST-CP; el Memorando N° 001476-2025-ITP/OGRRHH y correo electrónico del 17 de noviembre de 2025; y, el Memorando N° 007531-2025-ITP/OPPM, sustentado en el Informe Técnico N° 000029-2025-ITP/OPPM-UFM; la OA, OGRRHH y OPPM, respectivamente, validan la propuesta remitida;

Que, mediante Informe N° 000563-2025-ITP/OAJ, la OAJ opinó que resulta legalmente viable la modificación del tarifario vigente del CITEagroindustrial aprobado mediante Resolución Ejecutiva N° 0068-2023-ITP/DE y sus modificatorias, a fin incluir once (11) servicios tecnológicos, manteniéndose doscientos ochenta y uno (281) servicios tecnológicos y nueve (9) actividades de comercialización al Tarifario vigente; en ese sentido, señaló que el Tarifario estará compuesto por doscientos noventa y dos (292) servicios tecnológicos y nueve (9) actividades de comercialización, a ser prestados por el mencionado CITE;

Con los vistos de la Secretaría General, de la Oficina de Asesoría Jurídica, de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y de la Dirección de Estrategia, Desarrollo y Fortalecimiento de los Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica, en lo que corresponde a sus competencias;

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 92, modificado por el Decreto Legislativo N° 1451 que crea el Instituto Tecnológico de la Producción (ITP); el Decreto Legislativo N° 1228, Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica – CITE; Decreto de Urgencia N° 013-2020, que promueve el financiamiento de la MIPYME, Emprendimientos y Startups; el Decreto Supremo N° 004-2016-PRODUCE, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica – CITE; el Decreto Supremo N° 005-2016-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP);

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Modificar el “Tarifario de Servicios Tecnológicos del Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Agroindustrial – CITEagroindustrial”, aprobado mediante Resolución Ejecutiva N° 0068-2023-ITP/DE, y sus modificatorias; a fin de incluir once (11) servicios tecnológicos adicionales, quedando este conformado por doscientos noventa y dos (292) servicios tecnológicos, nueve (9) actividades de comercialización y sus respectivas Notas, detallados en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2.- Disponer que la Oficina de Tecnologías de la Información, en aplicación del artículo 1 de la presente Resolución y en coordinación con los órganos correspondientes, realice las acciones para la actualización del Sistema de Servicios de Innovación Productiva del ITP – SSIPRO para la aplicación de los esquemas promocionales a los servicios tecnológicos conforme a la versión 3 de la Directiva N° 002-2021- ITP/DE, así como en el módulo de sistema de gestión de tarifarios del SSIPRO, según corresponda.

Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su Anexo en la Sede Digital del Instituto Tecnológico de la Producción (https://www.gob.pe/itp), en la misma fecha de publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese

KITTY ELISA TRINIDAD GUERRERO

Directora Ejecutiva

2464347-1