Logo El Peruano
Fecha de publicación: 28/11/2025
Encargan funciones de Jefe del Instituto Nacional de Estadística e Informática - INEI al Sub Jefe de Estadística, en adición a sus funciones, durante ausencia del titular

Modifican el artículo 10 de la Resolución de Secretaría de Gestión Social y Diálogo
N° 003-2021-PCM/SGSD, mediante la cual se conforma el Grupo de Trabajo denominado “Comité de Monitoreo, Seguimiento y Verificación de acuerdos de la Mesa de Diálogo para analizar la problemática minera del departamento de Moquegua”

RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE

GESTIÓN SOCIAL Y DIÁLOGO

Nº 011-2025-PCM/SGSD

Lima, 24 de noviembre de 2025

VISTO:

El Informe Nº D000329-2025-PCM-SSGD de la Subsecretaría de Gestión del Diálogo de la Secretaría de Gestión Social y Diálogo de la Presidencia del Consejo de Ministros; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 17 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que la Presidencia del Consejo de Ministros es el Ministerio responsable de la coordinación de las políticas nacionales y sectoriales del Poder Ejecutivo, coordina las relaciones con los demás poderes del Estado, los organismos constitucionales, los gobiernos regionales, los gobiernos locales y la sociedad civil;

Que, el artículo 104 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM), aprobado por la Resolución Ministerial Nº 199-2025-PCM, señala que la Secretaría de Gestión Social y Diálogo es el órgano de línea con autoridad técnico normativa a nivel nacional, responsable de las materias de prevención, gestión del diálogo territorial y solución de los conflictos sociales en el territorio nacional;

Que, los literales h) y l) del artículo 105 del mencionado Texto Integrado, establecen como función de la Secretaría de Gestión Social y Diálogo, formalizar mediante Resolución de Secretaría la conformación de mesas de diálogo y/o grupos de trabajo que se acuerden en el marco de espacios de diálogo, en coordinación con los sectores y actores en el territorio, según corresponda y expedir resoluciones en materia de su competencia, respectivamente;

Que, mediante la Resolución de Secretaría de Gestión Social y Diálogo N° 003-2021-PCM/SGSD, se conforma el Grupo de Trabajo denominado “Comité de Monitoreo, Seguimiento y Verificación de acuerdos de la Mesa de Diálogo para analizar la problemática minera del departamento de Moquegua”;

Que, el artículo 10 de la Resolución de Secretaría de Gestión Social y Diálogo Nº 003-2021- PCM/SGSD, modificado por las Resoluciones de Secretaría de Gestión Social y Diálogo Nº 018-2022-PCM/SGSD, Nº 002-2023-PCM/SGSD, N° 020-2023-PCM/SGSD y N° 010-2024-PCM/SGSD, dispone que el mencionado Grupo de Trabajo tiene plazo de vigencia hasta el 30 de noviembre de 2025;

Que, mediante el Informe N° D000329-2025-PCM-SSGD, la Subsecretaría de Gestión del Diálogo de la Secretaría de Gestión Social y Diálogo de la Presidencia del Consejo de Ministros, informa que, debido a su complejidad y envergadura, se encuentran pendiente de cumplimiento dieciocho (18) compromisos asumidos en el marco del Grupo de Trabajo, vinculados principalmente a temas hídricos, ambientales y laborales en torno a la problemática minera del departamento de Moquegua; por lo que, persiste la necesidad de continuar con el monitoreo del cumplimiento de los citados compromisos;

Que, la referida Subsecretaría, sustenta la necesidad de modificar el artículo 10 de la Resolución de la Secretaría de Gestión Social y Diálogo Nº 003-2021-PCM/SGSD, modificado por las Resoluciones de Secretaría de Gestión Social y Diálogo Nº 018-2022-PCM/SGSD, Nº 002-2023-PCM/SGSD, N° 020-2023-PCM/SGSD y N° 010-2024-PCM/SGSD, a fin de ampliar el periodo de vigencia del espacio creado hasta el 30 de noviembre de 2026, a efecto que se cumpla con su objeto de creación; agrega la Subsecretaría, que se cuenta con el consentimiento de las entidades que lo integran;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por la Resolución Ministerial Nº 199-2025-PCM;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Modificar el artículo 10 de la Resolución de Secretaría de Gestión Social y Diálogo Nº 003-2021-PCM/SGSD, modificado por las Resoluciones de Secretaría de Gestión Social y Diálogo Nº 018-2022-PCM/SGSD, Nº 002-2023-PCM/SGSD, N° 020-2023-PCM/SGSD y N° 010-2024-PCM/SGSD

Modifíquese el artículo 10 de la Resolución de Secretaría de Gestión Social y Diálogo Nº 003-2021-PCM/SGSD, modificado por las Resoluciones de Secretaría de Gestión Social y Diálogo Nº 018-2022-PCM/SGSD, Nº 002-2023-PCM/SGSD, N° 020-2023-PCM/SGSD y N° 010-2024-PCM/SGSD, el cual queda redactado de la siguiente manera:

“Artículo 10.- Periodo de vigencia e Informe Final

El Grupo de Trabajo tiene vigencia hasta el 30 de noviembre de 2026, plazo en el que presenta un informe a la Secretaría de Gestión Social y Diálogo de la Presidencia del Consejo de Ministros. Dicha vigencia puede ser ampliada a propuesta de la Secretaría Técnica”.

Artículo 2.- Publicación

Dispóngase la publicación de la presente Resolución de Secretaría de Gestión Social y Diálogo en el portal institucional de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.gob.pe/pcm), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JORGE LUIS MAGUIÑA VILLÓN

Secretario de Gestión Social y Diálogo

Presidencia del Consejo de Ministros

2463216-1