Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 586/MDSMP, que aprueba beneficios tributarios para el período 2025 en el distrito de San Martín de Porres
DECRETO DE ALCALDÍA
N° 013-2025/MDSMP
San Martín de Porres, 20 de noviembre de 2025
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MARTIN DE PORRES
VISTOS: El Informe N° 486-2025-SGRTYCD/GAT/MDSMP de fecha 12 de noviembre de 2025 emitido por la Subgerencia de Recaudación Tributaria y Control de la Deuda, Informe N° 058-2025-GAT/MDSMP de fecha 15 de agosto de 2025 emitido por la Gerencia de Administración Tributaria, Informe 498-2025-OGAJ-MDSMP de fecha 18 de noviembre de 2025 emitido por la Oficina General de Asesoría Jurídica, Memorandum N° 1320-2025-MDSMP/GM de fecha 19 de noviembre de 2025 de la Gerencia Municipal; y,
CONSIDERANDO:
Que, la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; autonomía que se encuentra reconocida en la Constitución Política del Perú y que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico vigente;
Que, el artículo 39° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, establece que, el alcalde ejerce las funciones ejecutivas de gobierno mediante Decretos de Alcaldía; asimismo, el artículo 42° de la norma citada prescribe que los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean competencia del Concejo Municipal;
Que, mediante Ordenanza N° 586-MDSMP, publicada el 1 de noviembre de 2025 en el Diario Oficial El Peruano, se aprobó beneficios tributarios a favor de los contribuyentes de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres que mantengan deudas tributarias en cualquier estado de cobranza;
Que, mediante Informe N° 486-2025-SGRTYCD/GAT/MDSMP de fecha 12 de noviembre de 2025, la Subgerencia de Recaudación Tributaria y Control de la Deuda, remite a la Gerencia de Administración Tributaria, el proyecto de Decreto de Alcaldía que prorroga la vigencia de la Ordenanza N° 586/MDSMP hasta el 31 de diciembre de 2025, considerando que esta medida favorece la continuidad del pago voluntario y fomenta la cultura tributaria entre los vecinos del distrito;
Que, con Informe N° 058-2025-GAT/MDSMP de fecha 17 de noviembre de 2025, la Gerencia de Administración Tributaria remite a la Gerencia Municipal el proyecto de Decreto de Alcaldía que prorroga la vigencia de la Ordenanza N° 586/MDSMP hasta el 31 de diciembre de 2025;
Que, la Oficina General de Asesoría Jurídica a través del Informe N° 498-2025-OGAJ-MDSMP de fecha 18 de noviembre de 2025, emite opinión legal favorable para la aprobación del Decreto de Alcaldía que aprueba la prórroga de la vigencia de la Ordenanza N° 586/MDSMP de beneficios tributarios para el período 2025 en el distrito de San Martín de Porres, hasta el 31 de diciembre de 2025;
Que, la Gerencia Municipal mediante Memorando N° 1320-2025-MDSMP/GM de fecha 19 de noviembre de 2025, corre traslado a Secretaria General los actuados, con la finalidad que en el marco de sus competencias se sirva emitir el acto administrativo que corresponda para aprobar la prórroga de los beneficios tributarios aprobados por la Ordenanza N° 586/MDSMP, de acuerdo al artículo 42 de la Ley Orgánica de Municipalidades –Ley N° 27972;
En uso de las facultades conferidas en el numeral 6) del artículo 20° y el artículo 42° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972;
DECRETA:
Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el 31 de diciembre de 2025, la vigencia de la Ordenanza N°586/MDSMP, que aprueba beneficios tributarios para el período 2025 en el distrito de San Martín de Porres, conforme lo dispuesto en la Primera Disposición Complementaria Final y Transitoria de la citada Ordenanza.
Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración Tributaria y a las unidades orgánicas en lo que fuere de su competencia el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía.
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial El Peruano y a la Oficina de Desarrollo de Tecnología de la Información y Estadística, la publicación del presente Decreto en el Portal de Transparencia de la Municipalidad Distrital de San Martin de Porres (www.gob.pe/munisanmartindeporres).
Regístrese, comuníquese , publíquese y cúmplase.
HERNAN TOMAS SIFUENTES BARCA
Alcalde
2463154-1