Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 730-MSS, que aprobó el régimen de incentivos tributarios “Tributa Fácil con Beneficios”
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 026-2025-MSS
Santiago de Surco, 26 de noviembre de 2025
EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO
VISTO: El Memorándum Nº 1799-2025-GM-MSS de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 811-2025-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Memorándum Nº 625-2025-GAT-MSS de la Gerencia de Administración Tributaria, sobre el Decreto de Alcaldía que prorroga la vigencia de la Ordenanza Nº 730-MSS denominada: “Tributa Fácil con Beneficios”; y,
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por las Leyes de Reforma Constitucional Nº 28607 y Nº 30305, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;
Que, el segundo párrafo del artículo 39º de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, establece que el alcalde ejerce las funciones ejecutivas de gobierno mediante decretos de alcaldía;
Que, el artículo 42º de la precitada Ley, señala que los decretos de alcaldía son normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal;
Que, mediante Ordenanza Nº 730-MSS denominada “Tributa Fácil con Beneficios”, publicada en el diario oficial El Peruano con fecha 01.07.2025, se otorga un beneficio temporal y extraordinario para la regularización del pago de deudas tributarias vencidas anteriores al año 2025, a través del pago al contado o mediante un fraccionamiento flexible, cualquiera fuera el estado de cobranza en que se encuentren; conforme la Primera Disposición Final de la norma, esta tendrá vigencia hasta el 31 de julio de 2025.
Que, la Tercera Disposición Final de la Ordenanza Nº 730-MSS faculta al Alcalde para que, mediante Decreto de Alcaldía, pueda efectuar la prórroga del plazo establecido en dicha norma y dictar las disposiciones para su mejor cumplimiento;
Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 016-2025-MSS, publicado en el diario oficial El Peruano con fecha 18.07.2025, se estableció prorrogar hasta el 29 de agosto de 2025, la vigencia de la Ordenanza Nº 730-MSS;
Que, asimismo, mediante Decreto de Alcaldía Nº 021-2025-MSS, publicado en el diario oficial El Peruano con fecha 29.08.2025, se estableció prorrogar hasta el 30 de setiembre de 2025, la vigencia de la Ordenanza Nº 730-MSS;
Que, posteriormente con el Decreto de Alcaldía Nº 024-2025-MSS, publicado en el diario oficial El Peruano con fecha 30.09.2025, se prorrogó hasta el 31 de octubre de 2025, la vigencia de la Ordenanza Nº 730-MSS;
Que, con Decreto de Alcaldía Nº 025-2025-MSS, publicado en el diario oficial El Peruano con fecha 31.10.2025, se estableció prorrogar hasta el 28 de noviembre, la vigencia de la Ordenanza Nº 730-MSS;
Que, mediante Memorándum Nº 625-2025-GAT-MSS de fecha 19.11.2025, la Gerencia de Administración Tributaria remite la propuesta de Decreto de Alcaldía que propone prorrogar la vigencia de la Ordenanza Nº 730-MSS hasta el 30 de diciembre de 2025, con la finalidad que los contribuyentes regularicen sus obligaciones tributarias vencidas, a través de mecanismos que aligeren la carga tributaria, accediendo de esta forma a ciertos descuentos en el pago de sus deudas tributarias, y a la condonación de multas tributarias, intereses moratorios, costas y gastos vinculados a la deuda tributaria;
Que, con Informe Nº 811-2025-GAJ-MSS del 21.11.2025, la Gerencia de Asesoría Jurídica, señala que es procedente prorrogar la vigencia de la Ordenanza Nº 730-MSS, que aprueba el régimen de incentivos tributarios “Tributa Fácil con Beneficios” norma que entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación, y regirá hasta el 30 de diciembre de 2025;
Que, a través del Memorándum Nº 1799-2025-GM-MSS, la Gerencia Municipal con fecha 24.11.2025, solicita se emita el respectivo Decreto de Alcaldía que prorrogue el plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 730-MSS;
En uso de las facultades conferidas en el inciso 6) del artículo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades
DECRETA:
Artículo Primero.- Prorrogar la vigencia de la Ordenanza Nº 730-MSS, que aprueba el régimen de incentivos tributarios “Tributa Fácil con Beneficios”, hasta el 30 de diciembre de 2025.
Artículo Segundo.- El presente Decreto de Alcaldía entrará en vigencia a partir del día 29 de noviembre del 2025.
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración Tributaria, a la Gerencia de Tecnologías de la Información, a la Subgerencia de Recaudación Ordinaria y Coactiva Tributaria, a la Subgerencia de Registro y Control Tributario, el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía.
Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaria General de la Municipalidad de Santiago de Surco, la publicación del presente Decreto de Alcaldía en del Diario Oficial El Peruano, en el Portal Institucional de la Municipalidad www.munisurco.gob.pe y en el Portal de Transparencia Estándar www.transparencia.gob.pe así como a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional su difusión.
POR TANTO
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
CARLOS BRUCE MONTES DE OCA
Alcalde
2463066-1