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Fecha de publicación: 11/11/2025
Decreto Supremo que aprueba Disposiciones Adicionales de la Ley N° 32451, Ley que modifica la Ley N° 30096, Ley de Delitos Informáticos y el Código Penal, Decreto Legislativo 635, respecto a la activación ilegal de líneas de servicios móviles y a la posesión ilegal de SIM Card

Autorizan viaje de Ministro de la Producción a la República Francesa y encargan su Despacho a la Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables

resolución suprema

N° 267-2025-PCM

Lima, 10 de noviembre de 2025

CONSIDERANDO:

Que, la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) es una organización intergubernamental que agrupa a 38 países, con la misión de promover políticas que mejoren el bienestar económico y social de las personas alrededor del mundo. Sus miembros comparten lineamientos básicos en materia de política económica, de democracia plural y respeto a los derechos humanos;

Que, el Consejo de la OCDE invitó al Perú a iniciar el proceso de evaluación para su incorporación a dicho organismo, constituyendo una política de Estado promover el proceso de adhesión conforme a la declaratoria de interés nacional establecida mediante el Decreto Supremo N° 041-2023-PCM. En este marco, el proceso de adhesión comprende la evaluación del Perú por parte de 24 comités técnicos, entre los cuales se encuentra el Comité de Pesca (COFI, por sus siglas en inglés); siendo el Ministerio de la Producción la contraparte del Estado Peruano ante el COFI;

Que, mediante la Carta del 1 de octubre de 2025, la Unidad de Pesca y Acuicultura de la OCDE invita al Ministerio de la Producción a participar en la 136ª Sesión del Comité de Pesca de la OCDE que se realizará en la ciudad de París, República Francesa, del 17 al 18 de noviembre de 2025;

Que, en el marco del citado evento, el Ministro de Estado en el Despacho de la Producción participará el 18 de noviembre de 2025 en la sesión confidencial del COFI, la cual desarrollará la evaluación del proceso de adhesión del Perú a la OCDE en materia de pesca y acuicultura;

Que, por lo expuesto, constituye de interés nacional la participación del señor CESAR MANUEL QUISPE LUJAN, Ministro de Estado en el Despacho de la Producción, en el citado evento que se llevará a cabo en la ciudad de París, República Francesa, del 15 al 19 de noviembre de 2025;

Que, los gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos serán cubiertos con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de la Producción;

Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, dispone que los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica, pudiendo exceptuarse a los funcionarios señalados en el artículo 52 de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, siempre que el tiempo de viaje sea mayor a ocho (8) horas o cuando la estancia sea menor a cuarenta y ocho (48) horas;

Que, de acuerdo con lo previsto en el artículo 1 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la autorización de viajes al exterior de Ministros y de los funcionarios con rango de Ministros, se efectuará por Resolución Suprema, refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros;

Que, a partir de la ausencia del Titular y en tanto dure la misma, resulta necesario encargar el Despacho de la Producción;

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 127 de la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley Nº 32185 Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; el Decreto Legislativo N° 1047, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; y, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el viaje del señor CESAR MANUEL QUISPE LUJAN, Ministro de Estado en el Despacho de la Producción, a la ciudad de París, República Francesa, del 15 al 19 de noviembre de 2025, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Suprema.

Artículo 2.- Los gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos que irrogue el cumplimento de la presente Resolución Suprema son cubiertos con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de la Producción, de acuerdo al siguiente detalle:

Nombres y Apellidos

Pasajes aéreos

USD

Viáticos por día

USD

Número de días

Total viáticos

USD

CESAR MANUEL QUISPE LUJAN

3 313,53

540,00

(2+2)

2 160,00

Artículo 3.- Encargar el Despacho de la Producción a la señora SANDRA LIZ GUTIERREZ CUBA, Ministra de Estado en el Despacho de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, en tanto dure la ausencia del Titular.

Artículo 4.- La presente Resolución Suprema no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos o pago de derechos aduaneros, de ninguna clase o denominación.

Artículo 5.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de la Producción.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JOSÉ ENRIQUE JERÍ ORÉ

Presidente de la República

ERNESTO JULIO ÁLVAREZ MIRANDA

Presidente del Consejo de Ministros

CÉSAR MANUEL QUISPE LUJÁN

Ministro de la Producción

2457204-1