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Fecha de publicación: 11/11/2025
Decreto Supremo que aprueba Disposiciones Adicionales de la Ley N° 32451, Ley que modifica la Ley N° 30096, Ley de Delitos Informáticos y el Código Penal, Decreto Legislativo 635, respecto a la activación ilegal de líneas de servicios móviles y a la posesión ilegal de SIM Card

Delegan representación de la Presidencia del Consejo de Ministros para suscribir el Memorando de Entendimiento sobre Cooperación en materia de gobierno y transformación digital, con el Ministerio de Finanzas de la República de Finlandia; y sus adendas

resolución ministerial

N° 309-2025-PCM

Lima, 10 de noviembre de 2025

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 17 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que la Presidencia del Consejo de Ministros es el Ministerio responsable de la coordinación de las políticas nacionales y sectoriales del Poder Ejecutivo; y que el Presidente del Consejo de Ministros es el Titular de la Presidencia del Consejo de Ministros;

Que, según lo dispuesto en el numeral 10 del artículo 19 de la citada Ley, corresponde al Presidente del Consejo de Ministros delegar en el Secretario General o en otros funcionarios las facultades y atribuciones que no sean privativas de su función de Ministro de Estado, dentro de la competencia de la Presidencia del Consejo de Ministros;

Que, los literales g) y h) del numeral 8.2 del artículo 8 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Resolución Ministerial Nº 199-2025-PCM, señalan que son funciones del Despacho de la Presidencia del Consejo de Ministros, en su condición de Ministro de Estado, delegar en el Secretario General las facultades y atribuciones que no sean privativas de su función de Ministro de Estado dentro de la competencia de la Presidencia del Consejo de Ministros, así como representar a la Presidencia del Consejo de Ministros ante organismos y entidades estatales y privadas, nacionales e internacionales;

Que, con OF. RE (DCT) N° 1-0/14, de fecha 13 de febrero de 2023, el Ministerio de Relaciones Exteriores, a través de la Dirección de Ciencia y Tecnología, pone en conocimiento de la Presidencia del Consejo de Ministros las gestiones realizadas con el Ministerio de Finanzas de la República de Finlandia para la suscripción de un Memorando de Entendimiento sobre Cooperación en materia de gobierno y transformación digital con la Presidencia del Consejo de Ministros;

Que, la suscripción del Memorando de Entendimiento tiene como propósito promover la cooperación y el intercambio de experiencias en materia de gobierno y transformación digital, en el marco de las leyes y reglamentos nacionales de los Estados participantes, así como de los tratados en vigor que sean aplicables; asimismo, dicho Memorando señala que puede ser modificado en cualquier momento, mediante una Adenda donde conste por escrito la voluntad de los participantes;

Que, en el marco de lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1412, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Gobierno Digital, y en el Decreto Supremo N° 085-2023-PCM, Decreto Supremo que aprueba la Política Nacional de Transformación Digital al 2030, la Presidencia del Consejo de Ministros es el ente rector en materia de gobierno digital y del Sistema Nacional de Transformación Digital; asimismo, dicta las normas y establece los procedimientos en materia de gobierno digital y es responsable de su operación y correcto funcionamiento; además, conduce la citada Política Nacional y articula, para tal fin, con las entidades públicas, organizaciones del sector privado, organismos internacionales, la sociedad civil, la academia y la ciudadanía;

Que, el artículo 3 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros señala que la Presidencia del Consejo de Ministros ejerce sus competencias a nivel nacional en diversas materias, entre ellas, la transformación digital; asimismo, señala que es el ente rector del Sistema Nacional de Transformación Digital y dicta las normas y establece los procedimientos relacionados con el mismo, así como coordina su operación técnica y supervisa su adecuado funcionamiento;

Que, adicionalmente, el artículo 11 del citado Texto Integrado señala que la Secretaría General es el órgano de la Alta Dirección que está a cargo del Secretario General, quien es la autoridad administrativa inmediata al Presidente del Consejo de Ministros y responsable de la coordinación y supervisión de la gestión de los sistemas administrativos en la Presidencia del Consejo de Ministros, así como de los órganos de administración interna, bajo su competencia; y asume por delegación expresa del Presidente del Consejo de Ministros las materias que no le sean privativas de su función de Ministro de Estado, de acuerdo a lo dispuesto por la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; siendo competente, entre otras, en materia de gobierno y transformación digital;

Que, en ese sentido, se ha visto por conveniente delegar en el Secretario General la facultad de representar a la Presidencia del Consejo de Ministros en la suscripción del Memorando de Entendimiento sobre Cooperación en materia de gobierno y transformación digital, con el Ministerio de Finanzas de la República de Finlandia; y de sus correspondientes adendas;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y en el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por la Resolución Ministerial Nº 199-2025-PCM;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Delegación de facultad al Secretario General

Delegar en el Secretario General de la Presidencia del Consejo de Ministros, la facultad de representar a la Presidencia del Consejo de Ministros en la suscripción del Memorando de Entendimiento sobre Cooperación en materia de gobierno y transformación digital, con el Ministerio de Finanzas de la República de Finlandia; y de sus correspondientes adendas.

Artículo 2.- Plazo de la delegación

La delegación autorizada mediante la presente Resolución Ministerial tiene vigencia hasta el 31 de diciembre de 2025.

Artículo 3.- Obligación de dar cuenta

El Secretario General informa al Presidente del Consejo de Ministros las acciones que ejecute en el marco de la presente delegación de facultad.

Artículo 4.- Notificación

Notificar la presente Resolución Ministerial al Secretario General de la Presidencia del Consejo de Ministros, para los fines correspondientes.

Artículo 5.- Publicación

Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.gob.pe/pcm), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ERNESTO ALVAREZ MIRANDA

Presidente del Consejo de Ministros

2457020-1