Autorizan viaje de docente de la Universidad Nacional del Altiplano - Puno para participar en evento a realizarse en Chile
UNIVERSIDAD NACIONAL
DEL ALTIPLANO - PUNO
RESOLUCIÓN RECTORAL
Nº 3050-2025-R-UNA
Puno, 14 de octubre del 2025
VISTOS:
El MEMORANDUM Nº1107-2025-SG-UNA-PUNO (13-10-2025) de Secretaría General de esta Casa Superior de Estudios, que transcribe el acuerdo del Consejo Universitario Extraordinario del 10 de octubre del 2025, referido a autorizar el viaje al exterior a IQUIQUE CHILE, a partir del 24 al 31 octubre del 2025, a favor de la Dra. HAYDEE CLADY TICONA ARAPA, docente de la Facultad de Ciencias de la Educación y Jefe de la Oficina de Cooperación y Relaciones Internacionales de la UNA; para participar en el 51º Encuentro de convocatoria internacional (Programa de movilidad estudiantil) y 14º Convocatoria Internacional (Programa de Movilidad Académica) de CRISCOS, en concordancia con la Resolución de Decanato Nº 736-2025-D-FCEDUC-UNA y en relación al Oficio Nº 0744-2025-J-OCRI-UNA/P;
CONSIDERANDO:
Que, tal como prescribe el primer párrafo del artículo 1º de la Ley Nº27619, denominada “Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos”, tiene como objeto regular la autorización de viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos o representantes del Estado que irrogue gastos al Tesoro Público y que se encuentren comprendidos en las entidades públicas sujetas al ámbito de control de la Ley de Presupuesto del Sector Publico, incluyendo aquellos comprendidos en el Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado - FONAFE; de ello se colige que, todo viaje al extranjero del rector y de docentes universitarios que irrogue gastos al Estado (en calidad de bolsa de viaje, viáticos, etc.), deberá ser publicado en el Diario Oficial “El Peruano” de forma obligatoria;
Que, sobre la Publicación de viajes al exterior en el Diario Oficial El Peruano, la Ley Nº27619, en concordancia con el Decreto Supremo Nº047-2002-PCM, que regula la Autorización de viajes al exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, respecto contenido del acto de autorización, en su artículo 2º, dice lo siguiente: “La Resolución de autorización de viaje al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac. Sin perjuicio de lo expuesto, toda autorización de viajes deberá sujetarse a las medidas de austeridad, racionalidad y transparencia del gasto público, bajo responsabilidad”. En concordancia con lo señalado en su artículo 4º sobre la publicidad: “Las Resoluciones de autorización de viaje deberá publicarse en el Diario Oficial El Peruano, con anterioridad al viaje. En aquellos casos en que se haya requerido una permanencia mayor a la autorizada, se deberá acreditar específicamente la circunstancia que la motiva, siendo necesaria, además, la publicación de la autorización de mayor permanencia”. Finalmente su artículo 10º, señala en relación a la obligación de presentar informe: “Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el funcionario o servidor público, deberá presentar ante el Titular de la Entidad un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado.”;
Que, en esta Casa Superior de Estudios, según el numeral 93.16 artículo 93º del Estatuto Universitario vigente, son atribuciones del Consejo Universitario: “Autorizar los viajes fuera del país en comisión de servicio del Rector y Vicerrectores, Decanos, Director de la Escuela de Posgrado, docentes, funcionarios y estudiantes; así también recibir los informes correspondientes”; consiguientemente, el numeral 212.7 del Artículo 212º del citado cuerpo normativo, prescribe como derecho del docente, el de tener licencia con o sin goce de haber con reserva de plaza en el sistema universitario;
Que, en atención, a la Carta de Invitación (19-08-2025) emitida por Alberto Martínez Quezada - Rector de la Universidad Arturo Prat Chile; y, solicitud de parte de fecha 29 de septiembre del 2025, la FACULTAD DE CIENCIAS DE LA EDUCACIÓN de esta Universidad, mediante RESOLUCIÓN DE DECANATO Nº736-2025-D-FCEDUC-UNA, otorga LICENCIA CON GOCE DE REMUNERACIONES a la Dra. HAYDEE CLADY TICONA ARAPA, Docente Nombrada Principal a T.C, Jefa de la Oficina de Cooperaciones y Relaciones Internacionales de la Universidad Nacional del Altiplano- Puno, para participar en el 51º ENCUENTRO DE CONVOCATORIA INTERNACIONAL (PROGRAMA DE MOVILIDAD ESTUDIANTIL) y 14º CONVOCATORIA INTERNACIONAL (PROGRAMA DE MOVILIDAD ACADÉMICA-ADMINISTRATIVA) DE CRISCOS, desde el 24 al 31 de octubre del 2025, estos encuentros se llevarán en el Campus Playa Brava de la Universidad Arturo Prat, Cuidad de Iquique, Chile. Sobre el particular, obra en autos, la Planilla y Autorización de Viaje, de la cual se establece que con fines de participación en la referida Convocatoria, se otorgará una bolsa de viaje de S/9,000.00;
Que, respecto al egreso que demande la presente Resolución, se tiene el INFORME Nº1927-2025-UP-OPP-UNA-PUNO (09-10-2025) de la Unidad de Presupuesto, considerando que existe marco presupuestal en la META SIAF 41: 5.000717 Difusión de Imagen y Promoción de Relaciones Institucionales – OCRI, Recursos Directamente Recaudados, en la Genérica de Gasto 2.3. Bienes y Servicios, por el monto de S/9,000.00 soles, afecto al Centro de Costo de la Oficina de Cooperación y Relaciones Internacionales. Dicha afirmación es concordante con el INFORME Nº1685-2025-UPM-OPP-UNA-P (10-10-2025) expuesto por la Unidad de Planeamiento y Modernización – OPP-UNAP;
Que, el Artículo 58º de la Ley Universitaria, dispone que el Consejo Universitario es el máximo órgano de gestión, dirección y ejecución académica y administrativa de la universidad; por lo que, se cuenta con el acuerdo adoptado por el Pleno del Honorable Consejo Universitario Extraordinario del 02 de octubre del 2025. Estando a la documentación sustentatoria que forma parte de la presente Resolución; contando con la opinión procedente de la Oficina de Asesoría Jurídica contenida en la OPINIÓN LEGAL Nº951-2025-OAJ-UNA-PUNO;
En el marco de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 30220 – Ley Universitaria, el Estatuto Universitario y la Resolución de Asamblea Universitaria Nº 009-2021-AU-UNA;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- AUTORIZAR, el viaje a IQUIQUE - CHILE, del 24 al 31 de octubre del 2025, concediéndosele, licencia con goce de haber, a la Dra. HAYDEE CLADY TICONA ARAPA, docente nombrada adscrita a la Facultad de Ciencias de la Educación; y, Jefe de la Oficina de Cooperación y Relaciones Internacionales de la Universidad Nacional del Altiplano -Puno, para participar en el 51º Encuentro de Convocatoria Internacional (Programa de Movilidad Estudiantil) y 14º Convocatoria Internacional (Programa de Movilidad Académica - Administrativa) de CRISCOS, en concordancia con la Resolución de Decanato Nº736-2025-D-FCEDUC-UNA.
Artículo Segundo.- OTORGAR, una BOLSA DE VIAJE por el importe total de NUEVE MIL CON 00/100 SOLES (S/9,000.00) a favor de la docente cuyo viaje se autoriza con el artículo precedente, con cargo a rendir cuenta documentada, en forma oportuna y con arreglo a ley. El egreso que demande la presente resolución será con cargo a la META SIAF 41: 5.000717 Difusión de Imagen y Promoción de Relaciones Institucionales – OCRI, Recursos Directamente Recaudados, en la Genérica de Gasto 2.3. Bienes y Servicios, afecto al Centro de Costo de la Oficina de Cooperación y Relaciones Internacionales.
Artículo Tercero.- DISPONER, que la docente cuyo viaje es autorizado, presente un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante dicho evento; en el marco de la normativa expuesta en el presente acto administrativo.
Artículo Cuarto.- DISPONER, la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial “El Peruano”, en cumplimiento estricto de los extremos del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y demás normativa aplicable al presente caso.
Artículo Quinto.- PÓNGASE, a conocimiento la presente resolución a los Vicerrectorados Académico y de Investigación, la Dirección General de Administración, Unidad de Recursos Humanos, Oficina de Asesoría Jurídica, Oficina de Planeamiento y Presupuesto, y demás dependencias correspondientes de la entidad, para los fines pertinentes.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
PAULINO MACHACA ARI
Rector
LEILA ROSMERY FLORES BUSTINZA
Secretaria General
2456176-1