Dejan sin efecto la R.J. N° 112-2024-JEINS-CONIDA, mediante la cual se aprobó el procedimiento denominado “Actividades y procedimiento para la obtención de la opinión técnica previa para el desarrollo de actividades que se pretendan desarrollar sobre la zona de influencia del ACN Sistema Satelital Peruano”
AGENCIA ESPACIAL DEL PERÚ – CONIDA
RESOLUCIÓN JEFATURAL
N° 108-2025-JEINS-CONIDA
Lima, 31 de octubre de 2025
VISTO:
La Resolución Nº 0359-2025/SEL-INDECOPI del 08-09-2025, la Resolución Jefatural N° 112-2024-JEINS-CONIDA del 02-08-2024, la Hoja de Coordinación N° 00245-2025-CONIDA/JEINS/GERGE/OPP del 23-10-2025, y el Informe N° 00093-2025-CONIDA/JEINS/GERGE/OFAJU del 29-10-2025, y;
CONSIDERANDO:
Que, el numeral 3 del artículo 5° del Decreto Legislativo N° 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, establece que el Ministerio de Defensa - MINDEF, tiene como función rectora entre otras, dictar y normar lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de la Política de Seguridad y Defensa Nacional, así como para la gestión eficiente de los recursos del Sector Defensa;
Que, el numeral 3.4 del artículo 3° del Reglamento para la Identificación, Evaluación y Gestión de Riesgos de los Activos Críticos Nacionales, aprobado por el Decreto Supremo 106-2017-PCM, define a los Activos Críticos Nacionales (ACN) como aquellos recursos, infraestructuras y sistemas que son esenciales e imprescindibles para mantener y desarrollar las capacidades nacionales, o que están destinados a cumplir dicho fin, siendo que la afectación, perturbación o destrucción de dichos activos no permite soluciones alternativas inmediatas, generando grave perjuicio a la Nación;
Que, con los numerales 12.1 y 12.2.4 del artículo 12° de dicho Reglamento, el MINDEF realiza la identificación, análisis y evaluación de riesgos, supervisión y control de los recursos claves en materia de Seguridad y Defensa Nacional, para la emisión de la normativa correspondiente;
Que, mediante Resolución Ministerial N° 00706-2024-DE del 12 de julio de 2024, el MINDEF dispuso a la Comisión Nacional de Investigación y Desarrollo Aeroespacial - CONIDA, determinar las actividades y apruebe el procedimiento para obtener la opinión técnica previa y favorable del citado ministerio, a fin de proteger el ACN - Sistema Satelital Peruano frente a actividades que pongan en riesgo la Seguridad y Defensa Nacional;
Que, la CONIDA en concordancia con lo dispuesto por el MINDEF mediante la Resolución Ministerial N° 00706-2024-DE; con Resolución Jefatural N° 112-2024-JEINS-CONIDA del 02 de agosto de 2024, aprobó el procedimiento “Actividades y procedimiento para la obtención de la opinión técnica previa para el desarrollo de actividades que se pretendan desarrollar sobre la zona de influencia del ACN Sistema Satelital Peruano”;
Que, en ese contexto, el 22 de agosto de 2024, la empresa NAVISAN S.A. interpuso una denuncia ante la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual – INDECOPI en contra del Ministerio de Defensa y la Comisión Nacional de Investigación y Desarrollo Aeroespacial, por la imposición de una barrera burocrática presuntamente ilegal y/o carente de razonabilidad consistente en la exigencia de obtener la opinión técnica previa y favorable del Ministerio de Defensa, a través de la Comisión Nacional de Investigación y Desarrollo Aeroespacial, para desarrollar actividades sobre el área determinada en el Anexo de la Resolución Ministerial Nº 00706-2024-DE, zona de influencia del Activo Crítico Nacional (ACN) – Sistema Satelital Peruano, materializada en el Artículo 1° de la Resolución Ministerial N° 00706-2024-DE y en el Artículo 1° y el Anexo de la Resolución Jefatural Nº 112-2024-JEINS-CONIDA, siendo admitida a trámite mediante la Resolución N° 0390-2024/CEB-INDECOPI del 27 de setiembre de 2024;
Que, mediante la Resolución N° 0062-2025/CEB-INDECOPI del 21 de febrero de 2025, la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas del INDECOPI declaró barrera burocrática ilegal obtener la opinión técnica previa y favorable del MINDEF, a través de la CONIDA, para desarrollar actividades sobre el área determinada en el Anexo de la Resolución Ministerial Nº 00706-2024-DE, zona de influencia del Activo Crítico Nacional - Sistema Satelital Peruano, materializada en el Artículo 1° de la Resolución Ministerial Nº 00706-2024- DE, y, en el Artículo 1° y el Anexo de la Resolución Jefatural Nº 112-2024-JEINS-CONIDA;
Que, el 17 de marzo de 2025, el MINDEF interpuso un recurso de apelación en contra de la Resolución N° 0062-2025/CEB-INDECOPI, la misma que fue confirmada mediante Resolución N° 0359-2025/SEL-INDECOPI del 09 de setiembre de 2025 emitida por la Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas del Tribunal del INDECOPI;
Que, mediante la Resolución Nº 0359-2025/SEL-INDECOPI del 09 de setiembre de 2025, la Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas del Tribunal del INDECOPI advirtió que, tanto la Resolución Ministerial N° 00706-2024-DE, como la Resolución Jefatural N° 112-2024-JEINS-CONIDA, establecieron la obligación de tramitar un procedimiento administrativo, lo cual contraviene lo dispuesto en el artículo 40° del TUO de la Ley N° 27444, al no haberse seguido la formalidad correspondiente para la creación de procedimientos y requisitos administrativos;
Que, en la misma Resolución Nº 0359-2025/SEL-INDECOPI, la Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas del Tribunal del INDECOPI, no desconoce las competencias del Ministerio de Defensa para dictar disposiciones en materia de seguridad y protección de los Activos Críticos Nacionales (ACN), además precisa que el ejercicio de dichas facultades debe observar las formas y niveles normativos previstos en el ordenamiento jurídico; en ese sentido, señaló que la creación de un procedimiento administrativo requiere la emisión de una disposición sustantiva aprobada mediante Decreto Supremo, por lo que no resulta procedente que ello se efectúe mediante Resolución Ministerial, ni Resolución Jefatural;
Que, con Hoja de Coordinación N° 00245-2025-CONIDA/JEINS/GERGE/OPP del 23 de octubre de 2025, el Jefe de la Oficina de Planificación y Presupuesto solicita a la Oficina de Asesoría Jurídica realizar las gestiones pertinentes a fin de dejar sin efecto la Resolución Jefatural N°112- 2024-JEINS-CONIDA, que aprueba el procedimiento “Actividades y procedimiento para la obtención de la opinión técnica previa para el desarrollo de actividades que se pretendan desarrollar sobre la zona de influencia del ACN Sistema Satelital Peruano”;
Que, con el Informe N° 00093-2025-CONIDA/JEINS/GERGE/OFAJU del 29 de octubre de 2025, la Jefa de la Oficina de Asesoría Jurídica recomienda dejar sin efecto la Resolución Jefatural N°112-2024-JEINS- CONIDA, en virtud a lo dispuesto por el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI en la Resolución 0062-2025/CEB-INDECOPI, que declara como barrera burocrática ilegal obtener la opinión técnica previa y favorable del MINDEF, a través de la CONIDA, para desarrollar actividades sobre el área determinada en el Anexo de la Resolución Ministerial Nº 00706-2024-DE, zona de influencia del Activo Crítico Nacional - Sistema Satelital Peruano, materializada en el Artículo 1° de la Resolución Ministerial Nº 00706-2024- DE, y, en el Artículo 1° y el Anexo de la Resolución Jefatural Nº 112-2024-JEINS-CONIDA;
Estando a lo dispuesto por la Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas del Tribunal de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual del INDECOPI, a lo solicitado por el Jefe de la Oficina de Planificación y Presupuesto, a lo informado por la Jefa de la Oficina de Asesoría Jurídica y con el visado del Gerente General;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- DEJAR SIN EFECTO la Resolución Jefatural N° 112-2024-JEINS-CONIDA del 02 de agosto de 2024, mediante la cual se aprobó el procedimiento denominado “Actividades y procedimiento para la obtención de la opinión técnica previa para el desarrollo de actividades que se pretendan desarrollar sobre la zona de influencia del ACN Sistema Satelital Peruano”.
Artículo 2º.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CHRISTIAN RODRIGO PEREYRA ALPAS
Jefe Institucional (e)
2455609-1