Aprueban la Directiva N° 0011-2025-EF/53.01, Lineamientos para la incorporación de conceptos de ingresos en el Beneficio Extraordinario Transitorio (BET), en aplicación de la Ley N° 32411, Ley que habilita un plazo excepcional para la nueva evaluación de los conceptos para incorporarlos en la determinación del BET
Resolución Directoral
N° 0016-2025-EF/53.01
Lima, 31 de octubre de 2025
VISTO:
El Informe N° 4071-2025-EF/53.04 de la Dirección de Gestión de Personal Activo respecto a los Lineamientos para la incorporación de conceptos de ingresos en el Beneficio Extraordinario Transitorio (BET), en aplicación de la Ley N° 32411, Ley que habilita un plazo excepcional para la nueva evaluación de los conceptos para incorporarlos en la determinación del BET; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 15 del Decreto Legislativo N° 1436, Decreto Legislativo Marco de la Administración Financiera del Sector Público, establece que la Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Sector Público, a cargo de la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos (DGGFRH), se define como la formulación de la política fiscal en materia de ingresos correspondientes a los recursos humanos del Sector Público, a través del análisis técnico, económico y financiero, a fin de mejorar la eficiencia y calidad del gasto público; asimismo, comprende la evaluación, validación y registro de ingresos correspondientes a los recursos humanos del Sector Público, con transparencia, legalidad, eficiencia y eficacia, observando los principios de equilibrio fiscal y la programación multianual; así como, las reglas macrofiscales y para la estabilidad presupuestaria de cada año fiscal, previstos en la normativa de la materia;
Que, conforme con lo señalado en el literal b) del artículo 9 del Decreto Legislativo N° 1666, es función de la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos la aprobación de directivas y lineamientos para la gestión eficiente de los fondos públicos destinados a las materias de su competencia, alineados con los principios de Sostenibilidad Fiscal y Responsabilidad Fiscal;
Que, la Ley N° 32411, Ley que habilita un plazo excepcional para la nueva evaluación de los conceptos para incorporarlos en la determinación del BET, y su Reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo N° 230-2025-EF, autorizan a la Dirección General de Gestión Fiscal de Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas para que evalúe a solicitud de las entidades y/o unidades ejecutoras del Gobierno Nacional y de los gobiernos regionales, la incorporación de los conceptos que hayan sido percibidos de manera continua o discontinua por los servidores del Decreto Legislativo N° 276 durante el periodo de los años 2017, 2018 y 2019, y que no hayan sido comprendidos en las resoluciones de determinación del BET de sus respectivas instituciones, emitidas y ejecutadas a la fecha;
Que, el numeral 2.3 del artículo 2 de la Ley N° 32411, establece que las entidades y/o unidades ejecutoras del Gobierno Nacional y de los gobiernos regionales solicitarán la evaluación de los conceptos percibidos por los servidores durante los años 2017, 2018 y 2019 de forma continua o discontinua, para lo cual deben acreditar que el gasto se registró en la Genérica del Gasto 2.1 Personal y Obligaciones Sociales o en la Genérica del Gasto 2.3 Bienes y Servicios, para lo cual el Ministerio de Economía y Finanzas en coordinación con la Autoridad Nacional del Servicio Civil, según corresponda, realiza la reevaluación conjunta, de acuerdo con el procedimiento, para solicitar, recabar, analizar y determinar la incorporación de los conceptos en BET, que se apruebe mediante resolución directoral de la Dirección General de Gestión Fiscal de Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas, dentro del plazo de treinta días calendario contados desde la entrada en vigor de la mencionada ley;
Que, el artículo 4 de la Ley N° 32411 y el artículo 6 del Reglamento de la Ley N° 32411, aprobado por Decreto Supremo N° 230-2025-EF, autorizan a la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos a incorporar de manera excepcional y por única vez, mediante resolución directoral, los conceptos de ingresos percibidos por los servidores del Decreto Legislativo N° 276, de manera continua o discontinua, durante los años 2017, 2018 y 2019, en el Beneficio Extraordinario Transitorio (BET);
Que, el artículo 5 del Reglamento de la Ley N° 32411 dispone que la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos establece mediante Lineamientos aprobados por Resolución Directoral, el cronograma y requisitos para la incorporación de ingresos en el concepto de “Otros conceptos determinados por la DGGFRH” del BET;
Que, en consecuencia, resulta necesario aprobar los lineamientos para la incorporación de conceptos de ingresos en el BET, en aplicación de la Ley N° 32411, con el objeto establecer el procedimiento para que las entidades públicas y/o unidades ejecutoras pertenecientes al Gobierno Nacional y gobiernos regionales soliciten ante la DGGFRH la incorporación en el BET Variable de los conceptos de ingresos que fueron percibidos de manera continua o discontinua durante los años 2017, 2018 y 2019 por los servidores públicos pertenecientes al régimen del Decreto Legislativo N° 276, cuyos conceptos no hayan sido comprendidos en las resoluciones de determinación del BET de sus respectivas instituciones, emitidas y ejecutadas a la fecha;
De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo N° 1436, Decreto Legislativo Marco de la Administración Financiera del Sector Público; en el Decreto Legislativo N° 1666, Decreto Legislativo Marco de la Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Sector Público; en la Ley N° 32411, Ley que habilita un plazo excepcional para la nueva evaluación de los conceptos para incorporarlos en la determinación del BET; y, en el Decreto Supremo N° 230-2025-EF, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley N° 32411;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Objeto
Aprobar la Directiva N° 0011-2025-EF/53.01, Lineamientos para la incorporación de conceptos de ingresos en el Beneficio Extraordinario Transitorio (BET), en aplicación de la Ley N° 32411, Ley que habilita un plazo excepcional para la nueva evaluación de los conceptos para incorporarlos en la determinación del BET, y Anexos A y B, que forman parte integrante de la presente Resolución Directoral.
Artículo 2.- Financiamiento
El gasto que irrogue la implementación de lo dispuesto en la presente norma se financia con cargo a los respectivos presupuestos institucionales de las entidades involucradas, sin demandar recursos al Tesoro Público.
Artículo 3.- Publicación
Disponer la publicación de la presente Resolución Directoral, la Directiva N° 0011-2025-EF/53.01, Lineamientos para la incorporación de conceptos de ingresos en el Beneficio Extraordinario Transitorio (BET), en aplicación de la Ley N° 32411, Ley que habilita un plazo excepcional para la nueva evaluación de los conceptos para incorporarlos en la determinación del BET, y sus Anexos, en la sede digital del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PIERINA ELIZABETH SAAVEDRA TAPIA
Directora General
Dirección General de Gestión Fiscal de los
Recursos Humanos
2454482-1