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Fecha de publicación: 01/11/2025
Modifican la Resolución Jefatural N° 000001-2025-ANIN/JEF, y dictan otras disposiciones

LEY Nº 32479

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

POR CUANTO:

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;

Ha dado la Ley siguiente:

LEY QUE DECLARA DE INTERÉS NACIONAL EL USO DE CONCENTRADOS PROTEICOS HIDROLIZADOS Y DESODORIZADOS DE LA ANCHOVETA PARA REDUCIR LA ANEMIA Y LA DESNUTRICIÓN

Artículo único. Declaración de interés nacional

Se declara de interés nacional el uso de concentrados proteicos hidrolizados y desodorizados de la anchoveta, a través de los programas alimentarios del Poder Ejecutivo, con la finalidad de reducir los índices de anemia y de desnutrición, mejorar la salud y la nutrición de los niños, generar un impacto positivo en su desarrollo físico y cognitivo, y contribuir al aumento de la productividad a lo largo de sus vidas. Para tal fin, el Ministerio de la Producción, el Ministerio de Salud y el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social realizan las coordinaciones que sean necesarias en el marco de sus respectivas competencias y atribuciones.

Comuníquese a la señora Presidenta de la República para su promulgación.

En Lima, a los nueve días del mes de octubre de dos mil veinticinco.

JOSÉ ENRIQUE JERÍ ORÉ

Presidente del Congreso de la República

FERNANDO MIGUEL ROSPIGLIOSI CAPURRO

Primer Vicepresidente del Congreso de la República

A LA SEÑORA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treinta y un días del mes de octubre del año dos mil veinticinco.

JOSÉ ENRIQUE JERÍ ORÉ

Presidente de la República

ERNESTO JULIO ÁLVAREZ MIRANDA

Presidente del Consejo de Ministros

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