Aprueban la Directiva N° D006-2025-SUTRAN/SP/SGN/DI/01 “Directiva que regula el contenido, duración, aspectos técnicos y cronograma del curso de buenas prácticas en seguridad vial y cumplimiento de la normativa en materia de transporte y tránsito terrestre para acogerse al Programa de Regularización de Sanciones”
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA
Nº D000057-2025-SUTRAN-SP
Lima, 30 de octubre de 2025
VISTOS:
El Informe Nº D000185-2025-SUTRAN-SGN de la Subgerencia de Normas; el Memorando Nº D000528-2025-SUTRAN-GEN y el Memorando Nº D000531-2025-SUTRAN-GEN de la Gerencia de Estudios y Normas; el Informe Nº D000188-2025-SUTRAN-UPM de la Unidad de Planeamiento y Modernización; el Memorando Nº D000213-2025-SUTRAN-OPP de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº D000559-2025-SUTRAN-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica; y el Informe Nº D000420-2025-SUTRAN-GG de la Gerencia General;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley Nº 29380 se crea la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías – SUTRAN, entidad que tiene competencia para normar, supervisar, fiscalizar y sancionar las actividades del transporte de personas, carga y mercancías en los ámbitos nacional e internacional;
Que, el artículo 4 de la Ley antes citada, establece que la SUTRAN, tiene como función dictar las disposiciones normativas en el ámbito y la materia de su competencia;
Que, el literal l) del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías – SUTRAN, aprobado por el Decreto Supremo Nº 006-2015-MTC, señala que la Superintendencia emite resoluciones y normas en materias de su competencia;
Que, con Resolución de Gerencia General Nº D000034-2024-SUTRAN-GG se aprueba la Directiva Nº 001-2024-SUTRAN/GG/UPM/DI/01, “Disposiciones para la elaboración de documentos de gestión de la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías – SUTRAN”;
Que, con Decreto Supremo Nº 016-2025-MTC, de fecha 9 de octubre de 2025, se aprueba el Programa de Regularización de Sanciones en materia de transporte y tránsito terrestre impuestas al amparo de los Reglamentos Nacionales aprobados con Decretos Supremos Nº 017-2009-MTC; 058-2003-MTC; 021-2008-MTC y 033-2001-MTC. La Primera Disposición Complementaria Final del acotado Decreto Supremo establece que en el plazo máximo de sesenta (60) días hábiles contados a partir de la fecha de entrada de su vigencia, la SUTRAN, mediante Resolución de Superintendencia, aprueba las disposiciones que regulan el contenido, duración, aspectos técnicos y cronograma de dictado y difusión a nivel nacional del Curso de Buenas Prácticas en Seguridad Vial y Cumplimiento de la Normativa en Materia de Transporte y Tránsito Terrestre;
Que, a través del Memorando Nº D000528-2025-SUTRAN-GEN, el Memorando Nº D000531-2025-SUTRAN-GEN y el Informe Nº D000185-2025-SUTRAN-SGN, la Gerencia de Estudios y Normas sustenta y propone el proyecto de “Directiva que regula el contenido, duración, aspectos técnicos y cronograma del curso de buenas prácticas en seguridad vial y cumplimiento de la normativa en materia de transporte y tránsito terrestre para acogerse al Programa de Regularización de Sanciones”;
Que, con Memorando Nº D000213-2025-SUTRAN-OPP e Informe Nº D000188-2025-SUTRAN-UPM, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto emite opinión técnica favorable al proyecto de “Directiva que regula el contenido, duración, aspectos técnicos y cronograma del curso de buenas prácticas en seguridad vial y cumplimiento de la normativa en materia de transporte y tránsito terrestre para acogerse al Programa de Regularización de Sanciones”;
Que, mediante el Informe Nº D000559-2025-SUTRAN-OAJ, la Oficina de Asesoría Jurídica considera legalmente viable que la Superintendencia apruebe el proyecto de “Directiva que regula el contenido, duración, aspectos técnicos y cronograma del curso de buenas prácticas en seguridad vial y cumplimiento de la normativa en materia de transporte y tránsito terrestre para acogerse al Programa de Regularización de Sanciones”, al adecuarse a lo establecido en el Decreto Supremo Nº 016-2025-MTC y a la Directiva Nº 001-2024-SUTRAN/GG/UPM/DI/01, que regula la elaboración de documentos de gestión de la entidad; correspondiendo que su aprobación sea mediante resolución de Superintendencia;
Con el visado de la Gerencia de Estudios y Normas, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, de la Oficina de Asesoría Jurídica y de la Gerencia General;
De conformidad con la Ley Nº 29380, que crea la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías – SUTRAN; el Reglamento de Organización y Funciones de la SUTRAN, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2015-MTC; el Decreto Supremo Nº 016-2025-MTC, que aprueba el Programa de Regularización de Sanciones en materia de transporte y tránsito terrestre impuestas al amparo de los Reglamentos Nacionales aprobados con Decretos Supremos Nº 017-2009-MTC; 058-2003-MTC; 021-2008-MTC y 033-2001-MTC y la Directiva Nº 001-2024-SUTRAN/GG/UPM/DI/01, “Disposiciones para la elaboración de documentos de gestión de la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías – SUTRAN”, aprobada con Resolución de Gerencia General Nº D000034-2024-SUTRAN-GG;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar la Directiva Nº D006-2025-SUTRAN/SP/SGN/DI/01, “Directiva que regula el contenido, duración, aspectos técnicos y cronograma del curso de buenas prácticas en seguridad vial y cumplimiento de la normativa en materia de transporte y tránsito terrestre para acogerse al Programa de Regularización de Sanciones”, que como anexo forma parte integrante de la presente resolución.
Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario oficial “El Peruano”, así como la publicación de la resolución y su anexo en el portal institucional de la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías – SUTRAN (www.gob.pe/sutran), en la misma fecha de su publicación en el diario oficial “El Peruano”.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ANATOLY PAVEL RUIZ CUEVA
Superintendente de la Superintendencia
SUTRAN
2453906-1