Aprueban la incorporación y modificación de Servicios No Exclusivos en el Texto Único de Servicios No Exclusivos – TUSNE de la Municipalidad de La Molina
RESOLUCIÓN DE GERENCIA MUNICIPAL
Nº 0494-2025-MDLM-GM
La Molina, 23 de octubre del 2025
LA GERENTE MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA MOLINA;
VISTO; el Informe N° 0628-2025-MDLM-GDRT de fecha 20 de octubre de 2025, emitido por la Gerencia de Deporte, Recreación y Turismo; el Informe Nº 0189-2025-MDLM-OGAF-OCC de fecha 22 de octubre de 2025, emitido por la Oficina de Contabilidad y Costos; el Informe Nº 0365-2025-MDLM-OGPPDI-OPIMI de fecha 23 de octubre de 2025, emitido por la Oficina de Planeamiento, Inversiones y Modernización Institucional, el Informe Nº 0272-2025-MDLM-OGPPDI de fecha 23 de octubre de 2025, emitido por la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional y el Informe Nº 0342-2025-MDLM-OGAJ de fecha 23 de octubre de 2025 de la Oficina General de Asesoría Jurídica, referido a la modificación e incorporación de Servicios No Exclusivos del Texto Único de Servicios No Exclusivos – TUSNE de la Municipalidad de La Molina, y;
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 194°, modificado por la Ley N° 30305 - Ley de Reforma Constitucional, establece que las Municipalidades son órganos de gobierno local que tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, lo cual es concordante con lo dispuesto en el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades; y que dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico;
Que, el numeral 43.4, del artículo 43º, del Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que para aquellos servicios que no sean prestados en exclusividad, las entidades, a través de la Resolución del Titular de la entidad establecen la denominación, la descripción clara y taxativa de los requisitos y sus respectivos costos, los cuales deben ser debidamente difundidos para que sean de público conocimiento, respetando lo establecido en el artículo 60º de la Constitución Política del Perú y las normas sobre represión de la competencia desleal;
Que, mediante Resolución de Gerencia Municipal Nº 413-2023/MDLM-GM, de fecha 27 de octubre de 2023, se aprobó el Texto Único de Servicios No Exclusivos – TUSNE de la Municipalidad de La Molina y su correspondiente Fe de Erratas;
Que, mediante Resolución de Gerencia Municipal Nº 670-2023/MDLM-GM de fecha 30 de diciembre de 2023, se aprobó la incorporación y modificación de Servicios No Exclusivos en el Texto Único de Servicios No Exclusivos – TUSNE 2023 de la Municipalidad de La Molina, correspondiente a la Subgerencia de Programas Sociales y Salud, Subgerencia de Educación, Cultura y Turismo y Subgerencia de Integración, Deporte y Bienestar Social;
Que, mediante Resolución de Gerencia Municipal Nº 100-2024-MDLM-GM, de fecha 22 de febrero de 2024, se aprobó la incorporación y modificación de Servicios No Exclusivos en el Texto Único de Servicios No Exclusivos – TUSNE 2023 de la Municipalidad de La Molina, correspondiente a la Subgerencia de Integración, Deporte y Bienestar Social;
Que, mediante Resolución de Gerencia Municipal Nº 0822-2024-MDLM-GM, de fecha 11 de diciembre del 2024, se aprobó el Anexo N° 02 “VERSION ACTUALIZADA DEL TEXTO ÚNICO DE SERVICIOS NO EXCLUSIVOS - TUSNE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA MOLINA”, aprobado por Resolución de Gerencia Municipal Nº 413-2023/MDLM-GM y su respectiva Fe de Erratas, modificado por la Resolución de Gerencia Municipal Nº 670-2023/MDLM-GM y la Resolución de Gerencia Municipal Nº 100- 2024-MDLM-GM”, constituyendo esta la versión actualizada del Texto Único de Servicios No Exclusivos de la Municipalidad Distrital de La Molina;
Que, mediante Resolución de Gerencia Municipal Nº 0005-2025-MDLM-GM, de fecha 07 de enero del 2025, se aprobó la incorporación y modificación de Servicios No Exclusivos en el Texto Único de Servicios No Exclusivos - TUSNE de La Municipalidad Distrital de La Molina (en su versión actualizada aprobado por Resolución de Gerencia Municipal Nº 822-2024/MDLM-GM), correspondiente a la Subgerencia de Integración, Deporte y Bienestar Social;
Que, mediante Resolución de Gerencia Municipal Nº 0006-2025-MDLM-GM, de fecha 07 de enero del 2025, se aprobó la incorporación y modificación de Servicios No Exclusivos en el Texto Único de Servicios No Exclusivos - TUSNE de La Municipalidad Distrital de La Molina (en su versión actualizada aprobado por Resolución de Gerencia Municipal Nº 822-2024/MDLM-GM), correspondiente a la Subgerencia de Educación, Cultura y Turismo y Subgerencia de Programas Sociales y Salud;
Que, mediante Resolución de Gerencia Municipal Nº 0087-2025-MDLM-GM, de fecha 20 de febrero de 2025, se aprobó la incorporación y modificación de Servicios No Exclusivos en el Texto Único de Servicios No Exclusivos - TUSNE de La Municipalidad Distrital de La Molina (en su versión actualizada aprobado por Resolución de Gerencia Municipal Nº 822-2024/MDLM-GM), correspondiente a la Subgerencia de Educación, Cultura y Turismo;
Que, mediante Ordenanza Nº 0441/MDLM y modificaciones, se aprobó el Reglamento de Organización (ROF) y la Estructura Orgánica de la Municipalidad Distrital de La Molina, cuya versión actualizada se aprobó mediante Ordenanza N° 464/MDLM;
Que, de acuerdo a lo establecido en el literal y) del artículo 23º del citado Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Distrital de La Molina, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional, tiene como función “monitorear, supervisar y gestionar la aprobación y ratificación de la actualización del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA y del Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE)”, mientras que en el literal p) del artículo 26º del mismo Reglamento, señala como función de la Oficina de Planeamiento, Inversiones y Modernización Institucional, el coordinar y ejecutar el diseño, estructura y organización de la entidad; así como, la elaboración y actualización de sus documentos en materia organizacional (ROF), de procedimientos administrativos (TUPA), y del Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE), conforme la normativa de la materia;
Que, además el literal p) del artículo 90° del precitado cuerpo normativo establece como una de las funciones de la Gerencia de Deporte, Recreación y Turismo, elaborar y actualizar el sustento técnico del Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) de su área, y gestionar la actualización y modificación de los mismos ante el órgano competente;
Que, mediante el Informe N° 0628-2025-MDLM-GDRT de fecha 20 de octubre de 2025, la Gerencia de Deporte, Recreación y Turismo presentó el informe técnico sustentando la propuesta de modificación, adecuación e incorporación de servicios no exclusivos del TUSNE de la entidad, correspondientes a su área;
Que, mediante Informe Nº 0189-2025-MDLM-OGAF-OCC de fecha 22 de octubre de 2025, la Oficina de Contabilidad y Costos, emitió el Informe Técnico correspondiente, señalando haber revisado y validado los costos y tarifario propuestos en el proyecto de modificación del Texto Único de Servicios No Exclusivos –TUSNE, basándose en la información presentada por la Gerencia de Deporte, Recreación y Turismo;
Que, mediante Informe Nº 0365-2025-MDLM-OGPPDI-OPIMI de fecha 23 de octubre de 2025, la Oficina de Planeamiento, Inversiones y Modernización Institucional, en el ámbito de sus funciones establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones, aprobado en su versión actualizada por Ordenanza N° 464/MDLM, emitió el informe técnico con opinión favorable de la propuesta de modificación e incorporación de servicios no exclusivos al Texto Único de Servicios No Exclusivos - TUSNE a cargo de la Gerencia de Deporte, Recreación y Turismo, remitiendo para el trámite el Anexo N° 01 – Modificación e incorporación de Servicios No Exclusivos al Texto Único de Servicios No Exclusivos – TUSNE de la Municipalidad Distrital de La Molina, correspondiente a la Gerencia de Deporte, Recreación y Turismo;
Que, mediante Informe Nº 0272-2025-MDLM-OGPPDI de fecha 23 de octubre de 2025, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional, en el ámbito de sus funciones establecidas en el literal y) del artículo 23º del Reglamento de Organización y Funciones, aprobado en su versión actualizada por Ordenanza N° 464/MDLM, hace suyo el Informe Nº 0365-2025-MDLM-OGPPDI-OPIMI, y emite opinión favorable del proyecto de modificación e incorporación de servicios no exclusivos del Texto Único de Servicios No Exclusivos – TUSNE (aprobado en su versión actualizada por Resolución de Gerencia Municipal Nº 822-2024-MDLM-GM), correspondiente a la Gerencia de Deporte, Recreación y Turismo, remitiendo todo lo actuado a fin de que se continúe con las gestiones para su aprobación;
Que, mediante Informe Nº 0342-2025-MDLM-OGAJ de fecha 23 de octubre de 2025, la Oficina General de Asesoría Jurídica, emite opinión legal respecto al proyecto de modificación del Texto Único de Servicios No Exclusivos – TUSNE, señalando lo siguiente:
- Que, el Proyecto de modificación del Texto Único de Servicios No Exclusivos – TUSNE, cuenta con el sustento técnico correspondiente formulada por las áreas involucradas, y ha sido elaborada en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 43, numeral 43.4 del TUO de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y demás normas conexas sobre la materia.
- Que, el Proyecto de modificación del Texto Único de Servicios No Exclusivos – TUSNE, al constituir en un tema eminentemente técnico, el contenido de la misma se encuentra bajo responsabilidad exclusiva de los funcionarios que la han elaborado, sustentado y propuesto al mismo tiempo.
- Que, en ese sentido, resulta jurídicamente viable que el Proyecto de modificación del Texto Único de Servicios No Exclusivos – TUSNE, sea aprobada por resolución de Gerencia Municipal, ello de acuerdo a lo previsto por la Resolución de Alcaldía N°007-2023/MDLM de fecha 01 de enero del 2023, a fin de garantizar la adecuada consistencia de la información relacionada con los servicios no exclusivos que brinda la Municipalidad Distrital de La Molina.
Que, en el artículo 6° de la Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, establece que la alcaldía es el órgano ejecutivo del gobierno local, el alcalde es el representante legal de la municipalidad y su máxima autoridad administrativa, asimismo, de acuerdo a lo previsto en los numerales 20) y 38) del artículo 20° de la precitada Ley, es facultad del Alcalde delegar sus atribuciones administrativas en el Gerente Municipal;
Que, mediante la Resolución de Alcaldía N° 007-2023/MDLM de fecha 01 de enero de 2023, artículo primero literal a), se delega en el Gerente Municipal de la Municipalidad Distrital de La Molina, la atribución de aprobar el Texto Único de Servicios No Exclusivos – TUSNE, así como su modificación y actualización;
Que, el literal a) del artículo 11 del reglamento de Organización y Funciones señala como función de la Gerencia Municipal, el emitir resoluciones en asuntos de su competencia y aquellos delegados por el Alcalde, sustentando las mismas en los informes técnicos y legales correspondientes conforme a la materia; siendo ello así, el Informe N° 0628-2025-MDLM-GDRT de fecha 20 de octubre de 2025, emitido por la Gerencia de Deporte, Recreación y Turismo; el Informe Nº 0189-2025-MDLM-OGAF-OCC de fecha 22 de octubre de 2025, emitido por la Oficina de Contabilidad y Costos; el Informe Nº 0365-2025-MDLM-OGPPDI-OPIMI de fecha 23 de octubre de 2025, emitido por la Oficina de Planeamiento, Inversiones y Modernización Institucional, el Informe Nº 0272-2025-MDLM-OGPPDI de fecha 23 de octubre de 2025, emitido por la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional y el Informe Nº 0342-2025-MDLM-OGAJ de fecha 23 de octubre de 2025 de la Oficina General de Asesoría Jurídica, sirven de sustento a la presente Resolución, y forman parte integrante de la misma; lo cual es concordante con lo señalado en el numeral 6.2 del Artículo 6º del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS;
Que, estando a los considerados precedentes, a lo evaluado e informado por el área legal y, en uso de las facultades delegadas a través de la Resolución de Alcaldía N° 007-2023/MDLM y, en el literal a) del artículo 11° del Reglamento de Organización y Funciones de la entidad, aprobado en su versión actualizada mediante Ordenanza N° 464/MDLM, con el visto de la Oficina General de Asesoría Jurídica y de las áreas técnicas involucradas en su formulación,
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- APROBAR, la incorporación y modificación de Servicios No Exclusivos en el Texto Único de Servicios No Exclusivos – TUSNE de la Municipalidad de La Molina (en su versión actualizada aprobado por Resolución de Gerencia Municipal Nº 822-2024-MDLM-GM y modificaciones), correspondiente a la Gerencia de Deporte, Recreación y Turismo, cuyos requisitos y derechos de pago se detallan en el Anexo N° 1 que forma parte integrante de la presente Resolución de Gerencia Municipal.
Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional y a la Gerencia de Deporte, Recreación y Turismo, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución de Gerencia Municipal.
Artículo Tercero.- PRECISAR que la modificación del Texto Único de Servicios No Exclusivos – TUSNE, al constituir un tema eminentemente técnico, su contenido, se encuentra bajo la responsabilidad exclusiva de los funcionarios que la han elaborado, sustentado y propuesto.
Artículo Cuarto.- ENCARGAR, el estricto cumplimiento de la presente Resolución de Gerencia Municipal, a las unidades de organización competentes de acuerdo a sus funciones.
Artículo Quinto.- ENCARGAR, a la Oficina General de Secretaria de Concejo, la publicación de la presente Resolución de Gerencia Municipal en el Diario Oficial “El Peruano” y a la Oficina de Tecnologías de Información y Estadística, la publicación de la presente Resolución y del Anexo adjunto en el Portal Web Institucional de la Municipalidad.
Regístrese, notifíquese, publíquese y cúmplase.
LILIANA ANTONIETA LOAYZA MANRIQUE
DE ROMERO
Gerente Municipal
2452399-1