Autorizan primera transferencia financiera de recursos a favor de la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad Electronorte Medio S.A.- HIDRANDINA S.A., para financiar proyectos
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 337-2025-MINEM/DM
Lima, 17 de octubre de 2025
VISTOS: El Informe Nº 395-2025-MINEM/DGER-JAL de la Jefatura de Asesoría Legal y el Informe Nº 065-2025-MINEM/DGER/JAF-PYF de la Jefatura de Administración y Finanzas, ambos de la Dirección General de Electrificación Rural; el Informe Nº 316-2025/MINEM-OGPP-OPRE de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 967-2025-MINEM/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 9 de la Ley Nº 28749, Ley General de Electrificación Rural, señala que los recursos que son empleados para la electrificación rural están destinados exclusivamente a la ejecución de proyectos, obras y subsidios de los Sistemas Eléctricos Rurales (SER), así como para promocionar la inversión privada; asimismo, los recursos están dirigidos a reforzar, ampliar, remodelar o mejorar la infraestructura eléctrica existente. Para la ejecución de los proyectos u obras, la Dirección General de Electrificación Rural podrá destinar recursos a favor de las empresas concesionarias de distribución eléctrica vinculadas al ámbito del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (FONAFE) y a la Empresa de Administración de Infraestructura Eléctrica S.A. (ADINELSA), previa suscripción de convenios;
Que, los artículos 20, 21 y 22 del Reglamento de la Ley General de Electrificación Rural, aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2020-EM (en adelante, Decreto Supremo Nº 018-2020-EM), establecen los criterios y los procedimientos aplicables para financiar la ejecución de proyectos de los nuevos SER, así como el reforzamiento, ampliación, remodelación, mejora de la infraestructura e inversiones de optimización, ampliación marginal, de reposición y de rehabilitación eléctrica existente, a través de las transferencias financieras a favor de las empresas concesionarias de distribución eléctrica vinculadas al ámbito del FONAFE y a ADINELSA, con la finalidad de brindar un servicio de calidad, confiable y sostenible en las zonas rurales, localidades aisladas, localidades de frontera y de preferente interés social del país;
Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 048-2021 publicado en el diario oficial El Peruano el 24 de mayo de 2021, se autoriza excepcionalmente al Ministerio de Energía y Minas (en adelante, MINEM) el desarrollo del programa “Plan de Inversiones de Transmisión -Programa PIT” de las Empresas de Distribución Eléctrica bajo el ámbito del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado – FONAFE, con el objeto de viabilizar los proyectos del Programa PIT, que se consignan en el Anexo 1 del citado Decreto;
Que, de acuerdo con el numeral 5.3 del artículo 5 del mencionado Decreto de Urgencia, en los respectivos Convenios se establecerá las condiciones para canalizar los recursos para el financiamiento de los proyectos que conforman el Programa PIT, así como para el reembolso de los recursos transferidos a las Empresas de Distribución Eléctrica bajo el ámbito del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado – FONAFE (en adelante, EDEs), para financiar la ejecución de los proyectos del Programa PIT; las condiciones para el reembolso, a ser incluidas en los Convenios que se suscriban con las EDEs, son validadas por la Dirección General del Tesoro Público del Ministerio de Economía y Finanzas, en el marco de sus competencias;
Que, a través de la Resolución Ministerial Nº 156-2021-MINEM/DM, de fecha 28 de mayo de 2021, se delegó en la Dirección General de Electrificación Rural (en adelante, DGER), la ejecución del “Plan de Inversiones de Transmisión – Programa PIT”;
Que, con fecha 17 de junio de 2021, se suscribió el Convenio de Financiamiento Marco entre la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad Electronorte Medio S.A., (en adelante, HIDRANDINA S.A.) y la DGER para el desarrollo del programa “Plan de Inversiones de Transmisión 2013-2017, 2017-2021 y 2021-2025 - Programa PIT” de las Empresas de Distribución Eléctrica bajo el Ámbito del FONAFE;
Que, mediante el Decreto Supremo Nº 377-2021-EF, publicado el 24 de diciembre de 2021, modificado por Decreto Supremo Nº 083-2025-EF, se aprobó la operación de endeudamiento externo, a ser acordada entre la República del Perú y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento del Banco Mundial – BIRF/BM, hasta por la suma de US$ 70 000,000.00 (Setenta Millones y 00/100 Dólares Americanos), para financiar parcialmente el Programa PIT;
Que, con fecha 28 de febrero de 2022, se suscribió el Convenio de Préstamo Nº 9288-PE entre la República del Perú y el Banco Internacional para la Reconstrucción y Fomento – BIRF, por el monto de US$ 70 000,000.00 (Setenta Millones y 00/100 Dólares Americanos), los mismos que serán transferidos al MINEM a través de la DGER, definida como la Unidad Ejecutora del Proyecto;
Que, con fecha 24 de mayo de 2022, se suscribieron los Convenios Específicos de Financiamiento entre la empresa HIDRANDINA S.A. y la DGER, para el desarrollo de los proyectos: “Nueva SET Huarmey 25/30 MVA, 220/60/10 KV, incluye celdas de línea y transformación 60 KV, celdas de transformación y de alimentadores de 23 KV y 10 KV”; “Ampliación mediante el suministro e instalación de un transformador 60/23/10 kV – 15 MVA en SET Chao”; “Ampliación de la SET Carhuaz”; “Instalación del nuevo transformador en SET Motil 138/33/22.9 KV – 25 MVA”; y, “Ampliación de la SET Caraz 12-15 MVA (ONAN-ONAF) 66/22,9/13,2 KV”, (en adelante, Los Proyectos), conforme a lo establecido en la Ley Nº 28749, Ley General de Electrificación Rural y sus modificatorias, su reglamento, el Decreto Supremo Nº 018-2020-EM y el acápite v) del literal k) del numeral 13.1 del artículo 13 de la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025 (en adelante, Ley Nº 32185);
Que, mediante Resolución Viceministerial Nº 026-2022-MINEM-VME, del 14 de octubre de 2022, se aprueba el Manual de Operaciones del Proyecto “Plan de Inversiones de Transmisión (PIT) - Recuperación Económica Post Covid-19 en Perú”;
Que, el acápite v) del literal k) del numeral 13.1 del artículo 13 de la Ley Nº 32185, autoriza de manera excepcional, la transferencia financiera que realice el MINEM a favor de las empresas de distribución eléctrica vinculadas al ámbito del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (FONAFE), hasta por la suma de S/ 142 998 019.00 (Ciento Cuarenta y Dos Millones Novecientos Noventa y Ocho Mil Diecinueve y 00/100 Soles), para financiar el Programa “Plan de Inversiones en Transmisión (PIT) Recuperación Económica Post COVID-19 en Perú”;
Que, la precitada norma señala que los recursos a transferir se financian con cargo al presupuesto institucional del MINEM, de la fuente de financiamiento Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, correspondiente a laa Unidad Ejecutora 005: Dirección General de Electrificación Rural (DGER); en el caso del acápite v) se dispone que las transferencias financieras autorizadas se aprueban previa suscripción de convenio entre el MINEM y las entidades o empresas involucradas;
Que, el numeral 13.2 del artículo 13 de la Ley Nº 32185, señala que las transferencias financieras autorizadas en el numeral 13.1 de la referida norma se realizan, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, mediante resolución del titular del pliego, requiriéndose el informe previo favorable de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, para su posterior publicación en el diario oficial “El Peruano”;
Que, con fecha 12 de junio de 2024, se suscribió la Adenda Nº 01 al convenio específico de financiamiento entre la empresa HIDRANDINA S.A. y la DGER, para el desarrollo del proyecto ”Ampliación de la SET Caraz 12-15 MVA (ONAN-ONAF); 66/22,9/13,2 KV - CUI Nº 2485086”; la Adenda Nº 01 al convenio específico de financiamiento entre la empresa HIDRANDINA S.A. y la DGER de fecha 12 de junio de 2024, para el desarrollo del proyecto “Ampliación de la SET Carhuaz – CUI Nº 2484954”; la Adenda Nº 01 al convenio específico de financiamiento entre la empresa HIDRANDINA S.A. y la DGER, para el desarrollo del proyecto “Ampliación de potencia en la SET Motil mediante un transformador de 138/33/22.9 KV, 25 MVA y Celdas Asociadas, distrito de Agallpampa – provincia de Otuzco – departamento de La Libertad – con CUI Nº 2384323”; y, la Adenda Nº 01 al convenio específico de financiamiento entre la empresa HIDRANDINA S.A. y la DGER, para el desarrollo del proyecto “Creación del servicio de transmisión y Sub transmisión en la SET nueva Huarmey, Línea 220KV para su interconexión, distrito de Huarmey de la provincia de Huarmey del departamento de Ancash – CUI Nº 2590346”; con el objeto de modificar la cláusula Tercera (objeto del Convenio, costo total de la inversión y aportes) y la cláusula Quinta (devolución de financiamiento), y establecer el importe a ser depositado al fideicomiso de inversión con cargo a los recursos del convenio de préstamo; y, la Adenda Nº 02 al convenio específico de financiamiento entre la empresa HIDRANDINA S.A. y la DGER de fecha 24 de mayo de 2022, para el desarrollo del proyecto “Ampliación mediante el suministro e instalación de un transformador 60/23/10 kV – 15/15/5 MVA en SET Chao y Celdas Asociadas, distrito de Chao – provincia de Viru – departamento de La Libertad - CUI Nº 2485246” con el objeto de modificar la cláusula Tercera (objeto del Convenio, costo total de la inversión y aportes);
Que, la Jefatura de Administración y Finanzas de la DGER emitió la Certificación de Crédito Presupuestario para la Adquisición de Bienes y Suministros Nº 00738-2025-MINEM/DGER-JAF de fecha 30 de junio de 2025, que acreditó la disponibilidad presupuestal por el monto de S/ 7 057 610,08 (Siete millones cincuenta y siete mil seiscientos diez y 08/100 soles), destinados al proyecto con CUI Nº 2485246; la Certificación de Crédito Presupuestario para Licitaciones Públicas, Concursos Públicos y Adjudicaciones Nº 00753-2025-MINEM/DGER-JAF de fecha 30 de junio de 2025, que acreditó la disponibilidad presupuestal por el monto de S/ 19 145 047,10 (Diecinueve millones ciento cuarenta y cinco mil cuarenta y siete y 10/100 soles), destinados al proyecto con CUI Nº 2590346; la Certificación de Crédito Presupuestario para Licitaciones Públicas, Concursos Públicos y Adjudicaciones Nº 00739-2025-MINEM/DGER-JAF de fecha 30 de junio de 2025, que acreditó la disponibilidad presupuestal por el monto de S/ 8 111 721,78 (Ocho millones ciento once mil setecientos veintiuno y 78/100 soles), destinados al proyecto con CUI Nº 2384323; la Certificación de Crédito Presupuestario para Licitaciones Públicas, Concursos Públicos y Adjudicaciones Nº 00734-2025-MINEM/DGER-JAF de fecha 30 de junio de 2025, que acredito la disponibilidad presupuestal por el monto de S/2 013 137,65 (Dos millones trece mil ciento treinta y siete y 65/100 soles), destinados al proyecto con CUI Nº 2485086; la Certificación de Crédito Presupuestario para Licitaciones Públicas, Concursos Públicos y Adjudicaciones Nº 00735-2025-MINEM/DGER-JAF de fecha 30 de junio de 2025, que acreditó la disponibilidad presupuestal por el monto de S/ 1 717 486,41 (Un millón setecientos diecisiete mil cuatrocientos ochenta y seis y 41/100 soles), destinados al proyecto con CUI Nº 2484954; a efectos que se realice la trasferencia financiera a favor de la empresa HIDRANDINA S.A., con cargo al Presupuesto de la Unidad Ejecutora Nº 005: Dirección General de Electrificación Rural del Pliego 016: Ministerio de Energía y Minas;
Que, estando a lo establecido en el Manual de Operaciones del Proyecto PIT, aprobado por Resolución Viceministerial Nº 026-2022-MINEM-VME, con fecha 11 de julio de 2024, la DGER y la empresa HIDRANDINA S.A., en calidad de Fideicomitentes suscribieron el Contrato de Fideicomiso de inversión con el Banco Scotiabank para la administración de flujos dinerarios en el marco de la gestión del Programa PIT; cabe precisar, que a través del Oficio Nº 0573-2025-MINEM/DGER de fecha 02 de octubre de 2025, se solicitó la apertura de cuentas “Recolectoras” del contrato de fideicomiso;
Que, por su parte, el numeral 4.6.2.1 “Gestión del Fideicomiso” del Manual de Operaciones del Proyecto PIT, señala sobre la apertura de cuentas de fideicomiso, lo siguiente: “La DGER-DFC, para la operatividad del Componente 1, estructurará y contratará un Fideicomiso en dólares con una sociedad fiduciaria supervisada por la SBS, que cuente con la aprobación del BM, para la administración de recursos para cada subproyecto; el contrato de Fideicomiso será suscrito entre la DGER-DFC (Fideicomitente), la EDE receptora de los recursos (Fideicomisario) y el Fiduciario (Institución Financiera), en el cual se establecerán los plazos de ejecución de las operaciones de pago, el Fiduciario transferirá a las empresas Contratistas y Supervisores, los recursos del financiamiento que la DGER-DFC le otorgue, previa autorización. La finalidad del fideicomiso es que los flujos entregados al Fiduciario sean administrados única y exclusivamente para el desarrollo y ejecución de las obras…”;
Que, mediante el Memorando Nº 00160-2025/MINEM-DGER-PIT, de fecha 30 de setiembre de 2025, la Dirección Ejecutiva del Programa PIT solicitó a la DGER la emisión de la Resolución Ministerial que autorice la transferencia financiera, como consecuencia de las Adendas Nº 01 y Adenda Nº 02 a los Convenios Específicos de Financiamiento entre HIDRANDINA S.A. y la DGER, para lo cual acompaña el Informe Nº 034-2025-MINEM-DGER-PIT-JP de la Jefatura de Proyectos, el Informe Nº 0183-2025-MINEM/DGER/PIT-CAF del Coordinador de Administración y Finanzas y el Informe Nº 27-2025-MINEM/DGER/DFC-PIT-AL del Asesor Legal, todos del Proyecto PIT, en los cuales se sustenta la primera transferencia financiera a favor de la Empresa HIDRANDINA S.A., para financiar los proyectos: a) “Ampliación mediante el suministro e instalación de un transformador 60/23/10 kV – 15/15/5 MVA en SET Chao y celdas asociadas, distrito de Chao – provincia de Viru – departamento de La Libertad”, a la cuenta del fideicomiso, por la suma de US$ 667 196,00 (Seiscientos sesenta y siete mil ciento noventa y seis y 00/100 dólares americanos) o su equivalente en soles, el cual representa hasta la suma de S/2 495 313,04 (Dos millones cuatrocientos noventa y cinco mil trescientos trece y 04/100 soles); b) “Creación Nueva SET Huarmey 220/60 kV - 25 MVA y celdas conexas (Incluye tramos de Línea 220 kV para su interconexión) distrito de Huarmey - provincia de Huarmey - departamento de Áncash”, a la cuenta del fideicomiso, por la suma de US$ 503 606,00 (Quinientos tres mil seiscientos seis y 00/100 dólares americanos) o su equivalente en soles, el cual representa hasta la suma de S/ 1 883 486,44 (Un millón ochocientos ochenta y tres mil cuatrocientos ochenta y seis y 44/100 soles); c) “Ampliación de potencia en la SET Motil mediante un transformador de 138/33/22.9 kV, 25 MVA y celdas asociadas, distrito de Agallpampa – provincia de Otuzco – departamento de La Libertad”, a la cuenta del fideicomiso, por la suma de US$ 476 693,19 (Cuatrocientos setenta y seis mil seiscientos noventa y tres y 19/100 dólares americanos) o su equivalente en soles, el cual representa hasta la suma de S/1 782 832,53 (Un millón setecientos ochenta y dos mil ochocientos treinta y dos y 53/100 soles); d) ”Ampliación de la SET Caraz con la instalación del nuevo transformador de potencia 66/22.9/13.8/10 KV, 15/15/15/5 MVA, celdas de transformador, medición y alimentador SET Caraz, distrito de Caraz – provincia de Huaylas – departamento de Ancash”, a la cuenta del fideicomiso, por la suma de US$ 536 547,65 (Quinientos treinta y seis mil quinientos cuarenta y siete y 65/100 dólares americanos) o su equivalente en soles, el cual representa hasta la suma de S/ 2 006 688,21 (Dos millones seis mil seiscientos ochenta y ocho y 21/100 soles); y, e) “Ampliación de la SET Carhuaz con la instalación del transformador 9/5/7/3 MVA - 66/22.9/13.8/10 KV, rotado de la SET Ticapampa, distrito de Carhuaz - provincia de Carhuaz – departamento de Ancash”, a la cuenta del fideicomiso, por la suma de US$ 457 962,56 (Cuatrocientos cincuenta y siete mil novecientos sesenta y dos y 56/100 dólares americanos) o su equivalente en soles, el cual representa hasta la suma de S/ 1 712 779,97 (Un millón setecientos doce mil setecientos setenta y nueve y 97/100 soles);
Que, a través del Informe Nº 395-2025-MINEM/DGER-JAL remitido con Memorando Nº 00385-2025/MINEM-DGER-JAL, la Jefatura de Asesoría Legal de la DGER señala que habiéndose suscrito los Convenios Específicos de Financiamiento y sus respectivas Adendas Nº 01 y Adenda Nº 02, corresponde que se emita el acto resolutivo respecto a la transferencia financiera a favor de la empresa HIDRANDINA S.A.;
Que, a través del Informe Nº 316-2025/MINEM-OGPP-OPRE remitido con Memorando Nº 02131-2025/MINEM-OGPP, la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto emite opinión favorable en materia presupuestal para que se realice la transferencia financiera a favor de la empresa HIDRANDINA S.A., conforme a lo establecido en el numeral 13.1 del artículo 13 de la Ley Nº 32185;
Que, mediante Informe Nº 967-2025-MINEM/OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable para emitir la Resolución Ministerial que autoriza la transferencia financiera de recursos provenientes de la fuente de financiamiento Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, con cargo al Presupuesto de la Unidad Ejecutora Nº 005: Dirección General de Electrificación Rural del Pliego 016: Ministerio de Energía y Minas a favor de la empresa HIDRANDINA S.A., en el marco del Decreto de Urgencia Nº 048-2021, Decreto de Urgencia que autoriza excepcionalmente al Ministerio de Energía y Minas el desarrollo del programa “Plan de Inversiones de Transmisión -Programa PIT” de las Empresas de Distribución Eléctrica bajo el ámbito del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado – FONAFE;
Con los vistos de la Dirección General de Electrificación Rural; de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, del Despacho Viceministerial de Electricidad;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; la Ley Nº 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; el Decreto de Urgencia Nº 048-2021, Decreto de Urgencia que autoriza excepcionalmente al Ministerio de Energía y Minas el desarrollo del programa “Plan de Inversiones de Transmisión -Programa PIT” de las Empresas de Distribución Eléctrica bajo el ámbito del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado – FONAFE; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado con Decreto Supremo Nº 031-2007-EM; el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; la Ley Nº 28749, Ley General de Electrificación Rural; y, el Decreto Supremo Nº 018-2020-EM, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 28749, Ley General de Electrificación Rural;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar la primera transferencia financiera de recursos provenientes de la fuente de financiamiento de Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, con cargo al Presupuesto de la Unidad Ejecutora Nº 005: Dirección General de Electrificación Rural del Pliego Nº 016: Ministerio de Energía y Minas, hasta por la suma total de US$ 2 642 005,40 (Dos Millones Seiscientos Cuarenta y Dos Mil Cinco y 40/100 Dólares Americanos), cuyo equivalente en soles representa hasta la suma de S/ 9 881 100,19 (Nueve Millones Ochocientos Ochenta y Un Mil Cien y 19/100 Soles), a favor de la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad Electronorte Medio S.A.- HIDRANDINA S.A., para financiar los proyectos, que se detallan a continuación:
a) PROYECTO: “CREACIÓN NUEVA SET HUARMEY 220/60 KV - 25 MVA Y CELDAS CONEXAS (INCLUYE TRAMOS DE LÍNEA 220 KV PARA SU INTERCONEXIÓN) DISTRITO DE HUARMEY - PROVINCIA DE HUARMEY - DEPARTAMENTO DE ÁNCASH”, con CUI Nº 2590346.
EGRESOS
SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central
PLIEGO : 016 Ministerio de Energía y Minas
UNIDAD EJECUTORA : 005 Dirección General de Electrificación Rural
CATEGORIA PRESUPUESTAL : 9002 Asignaciones Presupuestarias que no resultan en productos
ACTIVIDAD 5001253 Transferencia de recursos para la Ejecución de proyectos de inversión
CATEGORIA DE GASTO 6 Gastos de Capital
GENERICA DE GASTO 2.4 Donaciones y Transferencias
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 03 Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito
S/ 1 883 486,44
b) PROYECTO: “AMPLIACIÓN MEDIANTE EL SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE UN TRANSFORMADOR 60/23/10 KV – 15/15/5 MVA EN SET CHAO Y CELDAS ASOCIADAS, DISTRITO DE CHAO – PROVINCIA DE VIRU – DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD”, con CUI Nº 2485246.
EGRESOS
SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central
PLIEGO : 016 Ministerio de Energía y Minas
UNIDAD EJECUTORA : 005 Dirección General de Electrificación Rural
CATEGORIA PRESUPUESTAL : 9002 Asignaciones Presupuestarias que no resultan en productos
ACTIVIDAD 5001253 Transferencia de recursos para la Ejecución de proyectos de inversión
CATEGORIA DE GASTO 6 Gastos de Capital
GENERICA DE GASTO 2.4 Donaciones y Transferencias
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 03 Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito
S/2 495 313,04
c) PROYECTO: “AMPLIACIÓN DE LA SET CARHUAZ CON LA INSTALACIÓN DEL TRANSFORMADOR 9/5/7/3 MVA - 66/22.9/13.8/10 KV, ROTADO DE LA SET TICAPAMPA, DISTRITO DE CARHUAZ - PROVINCIA DE CARHUAZ – DEPARTAMENTO DE ANCASH” con CUI Nº 2484954.
EGRESOS
SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central
PLIEGO : 016 Ministerio de Energía y Minas
UNIDAD EJECUTORA : 005 Dirección General de Electrificación Rural
CATEGORIA PRESUPUESTAL : 9002 Asignaciones Presupuestarias que no resultan en productos
ACTIVIDAD 5001253 Transferencia de recursos para la Ejecución de proyectos de inversión
CATEGORIA DE GASTO 6 Gastos de Capital
GENERICA DE GASTO 2.4 Donaciones y Transferencias
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 03 Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito
S/ 1 712 779,97
d) PROYECTO: “AMPLIACIÓN DE POTENCIA EN LA SET MOTIL MEDIANTE UN TRANSFORMADOR DE 138/33/22.9 KV, 25 MVA Y CELDAS ASOCIADAS, DISTRITO DE AGALLPAMPA – PROVINCIA DE OTUZCO – DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD” CON CUI Nº 2384323.
EGRESOS
SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central
PLIEGO : 016 Ministerio de Energía y Minas
UNIDAD EJECUTORA : 005 Dirección General de Electrificación Rural
CATEGORIA PRESUPUESTAL : 9002 Asignaciones Presupuestarias que no resultan en productos
ACTIVIDAD 5001253 Transferencia de recursos para la Ejecución de proyectos de inversión
CATEGORIA DE GASTO 6 Gastos de Capital
GENERICA DE GASTO 2.4 Donaciones y Transferencias
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 03 Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito
S/ 1 782 832,53
e) PROYECTO: ”AMPLIACIÓN DE LA SET CARAZ CON LA INSTALACIÓN DEL NUEVO TRANSFORMADOR DE POTENCIA 66/22.9/13.8/10 KV, 15/15/15/5 MVA, CELDAS DE TRANSFORMADOR, MEDICIÓN Y ALIMENTADOR SET CARAZ, DISTRITO DE CARAZ – PROVINCIA DE HUAYLAS – DEPARTAMENTO DE ANCASH” con CUI Nº 2485086.
EGRESOS
SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central
PLIEGO : 016 Ministerio de Energía y Minas
UNIDAD EJECUTORA : 005 Dirección General de Electrificación Rural
CATEGORIA PRESUPUESTAL : 9002 Asignaciones Presupuestarias que no resultan en productos
ACTIVIDAD 5001253 Transferencia de recursos para la Ejecución de proyectos de inversión
CATEGORIA DE GASTO 6 Gastos de Capital
GENERICA DE GASTO 2.4 Donaciones y Transferencias
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 03 Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito
S/ 2 006 688,21
TOTAL: S/ 9 881 100,19
Artículo 2.- Disponer que, bajo el marco del Manual de Operaciones del Programa PIT y los Convenios Específicos de Financiamiento y sus Adendas Nº 01 y Adenda Nº 02 , la empresa HIDRANDINA S.A., deposite los recursos transferidos a la cuenta recolectora aperturada para dichos fines, en un plazo de dos (2) días hábiles contado a partir de efectuada la transferencia a que se refiere el artículo 1, y conforme a las disposiciones y términos establecidos en el Contrato de Fideicomiso suscrito entre la Dirección General de Electrificación Rural (DGER), la empresa HIDRANDINA S.A. y el Banco Scotiabank Perú S.A.A.
Artículo 3.- Los recursos a ser transferidos son destinados exclusivamente para los fines indicados en los artículos 1 y 2 de la presente Resolución Ministerial, encontrándose prohibido bajo responsabilidad destinarlos a fines distintos para las cuales son transferidos.
Artículo 4.- Los términos y obligaciones de la transferencia financiera materia de la presente Resolución Ministerial se encuentran previstos en los Convenios Específicos de Financiamiento y sus Adendas Nº 01 y Adenda Nº 02 suscritos entre la DGER y la empresa HIDRANDINA S.A., en el Contrato de Fideicomiso y el Manual de Operaciones del Programa PIT.
Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio de Energía y Minas (www.gob.pe/minem), el mismo día de su publicación en el diario oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
LUIS ENRIQUE BRAVO DE LA CRUZ
Ministro de Energía y Minas
2449670-1