Declaran barreras burocráticas ilegales diversos procedimientos del TUPA de la Municipalidad Distrital de La Banda de Shilcayo
RESOLUCIÓN FINAL
nº 0004-2025/CEB-INDECOPI-SAM
AUTORIDAD QUE EMITE LA RESOLUCIÓN: Comisión de la Oficina Regional del Indecopi de San Martín
FECHA DE EMISIÓN DE LA RESOLUCIÓN: 28 de agosto de 2025
BARRERAS BUROCRÁTICAS DECLARADAS ILEGALES:
(i) La limitación de sujetar a plazo determinado (temporal) las autorizaciones para la instalación de elementos de publicidad exterior.
(ii) La exigencia de tramitar anualmente el procedimiento de “Renovación de autorización para ubicación de avisos o elementos publicitarios”.
ENTIDAD QUE LA IMPUSO: Municipalidad Distrital de La Banda de Shilcayo
NORMA QUE CONTIENE LAS BARRERA BUROCRÁTICA IDENTIFICADA: Procedimientos N° 168 y 169 del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad aprobado en la Ordenanza Municipal N° 012-2021-MDBSH del 24 de agosto de 2012.
FUNDAMENTOS DE LA DECISIÓN:
Por regla general, las autorizaciones o títulos habilitantes tienen vigencia indeterminada, conforme lo establecen los artículos 2° y 42° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. Excepcionalmente, solo mediante ley o decreto supremo es posible establecer un plazo de vigencia. La Municipalidad a través de los procedimientos 168 y 169 del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) estableció un plazo temporal de las autorizaciones y se exigió a los administrados renovar la vigencia de sus autorizaciones. Ello contraviene lo estipulado en los artículos 2°, 40° y 42° del antes mencionado dispositivo normativo.
JOSÉ IGNACIO ALFONSO
BALTAZAR CHACÓN ÁLVAREZ
Presidente
Comisión de la Oficina Regional del
Indecopi – San Martín
2447311-1