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Fecha de publicación: 12/10/2025
Declaran Patrimonio Cultural de la Nación a quince partituras (1889–1933), de la composición musical de Daniel Alomía Robles pertenecientes a la Biblioteca Nacional del Perú

Declaran barreras burocráticas ilegales diversos procedimientos del TUPA de la Municipalidad Distrital de La Banda de Shilcayo

RESOLUCIÓN FINAL

nº 0004-2025/CEB-INDECOPI-SAM

AUTORIDAD QUE EMITE LA RESOLUCIÓN: Comisión de la Oficina Regional del Indecopi de San Martín

FECHA DE EMISIÓN DE LA RESOLUCIÓN: 28 de agosto de 2025

BARRERAS BUROCRÁTICAS DECLARADAS ILEGALES:

(i) La limitación de sujetar a plazo determinado (temporal) las autorizaciones para la instalación de elementos de publicidad exterior.

(ii) La exigencia de tramitar anualmente el procedimiento de “Renovación de autorización para ubicación de avisos o elementos publicitarios”.

ENTIDAD QUE LA IMPUSO: Municipalidad Distrital de La Banda de Shilcayo

NORMA QUE CONTIENE LAS BARRERA BUROCRÁTICA IDENTIFICADA: Procedimientos N° 168 y 169 del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad aprobado en la Ordenanza Municipal N° 012-2021-MDBSH del 24 de agosto de 2012.

FUNDAMENTOS DE LA DECISIÓN:

Por regla general, las autorizaciones o títulos habilitantes tienen vigencia indeterminada, conforme lo establecen los artículos 2° y 42° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. Excepcionalmente, solo mediante ley o decreto supremo es posible establecer un plazo de vigencia. La Municipalidad a través de los procedimientos 168 y 169 del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) estableció un plazo temporal de las autorizaciones y se exigió a los administrados renovar la vigencia de sus autorizaciones. Ello contraviene lo estipulado en los artículos 2°, 40° y 42° del antes mencionado dispositivo normativo.

JOSÉ IGNACIO ALFONSO

BALTAZAR CHACÓN ÁLVAREZ

Presidente

Comisión de la Oficina Regional del

Indecopi – San Martín

2447311-1