Aprueban Transferencia Financiera a favor del Gobierno Local Pliego Municipalidad Provincial de Caylloma - Chivay
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 296-2025-MINCETUR
Lima, 6 de octubre de 2025
VISTOS, el Informe N° 174-2025-MINCETUR/SG/OGPPM/OPP de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, el Informe N° 051-2025-MINCETUR/SG/OGPPM/OI de la Oficina de Inversiones, y el Memorándum Nº 295-2025-MINCETUR/SG/OGPPM de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, y
CONSIDERANDO:
Que, con la Resolución Ministerial N° 379-2024-MINCETUR, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos, correspondiente al Año Fiscal 2025 del Pliego 035: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo;
Que, mediante la Ley N° 27889, se crea el Fondo para la Promoción y Desarrollo Turístico Nacional, en adelante el Fondo, para financiar las actividades y proyectos destinados a la promoción y desarrollo del turismo nacional;
Que, el numeral 15.1 del artículo 15 de la Ley N° 32416, Ley que aprueba crédito suplementario para el financiamiento de mayores gastos asociados a la consolidación económica, a la seguridad ciudadana y al desarrollo social y dicta otras medidas, en lo sucesivo la Ley N° 32416, autoriza excepcionalmente al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, para realizar transferencias financieras a favor de los Gobiernos Regionales y de los Gobiernos Locales, previa suscripción de convenio, hasta por el monto de S/ 60 000 000,00 (SESENTA MILLONES Y 00/100 SOLES), con cargo a los recursos provenientes del Fondo, asignados en la Unidad Ejecutora de Inversión en Comercio Exterior y Turismo (ex Plan COPESCO Nacional), para el financiamiento de inversiones destinadas a la promoción y desarrollo del turismo nacional;
Que, el numeral 15.2 del artículo 15 de la Ley Nº 32416, dispone que las transferencias autorizadas en el numeral 15.1 del citado artículo, se aprueban mediante resolución del titular, previo informe favorable de su oficina de presupuesto o la que haga sus veces en el pliego, y se publica en el diario oficial El Peruano. En el marco de la implementación de lo dispuesto en el precitado numeral 15.1, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo queda exceptuado de lo dispuesto en el párrafo 11.3 del artículo 11 y el literal a) del artículo 33 de la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, y del inciso 4 del numeral 48.1 del artículo 48 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público;
Que, el numeral 15.3 del artículo 15 de la Ley Nº 32416, establece que los pliegos beneficiarios deben remitir de manera trimestral al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, un informe en el que se sustente la ejecución física y financiera de los recursos transferidos, teniendo en consideración los registros efectuados en los aplicativos informáticos del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, como el Formato 12-B – Formato de Seguimiento de Inversiones, así como el Formato 8A/8B/8C - Registros en la Fase de Ejecución para Proyectos de Inversión/ Programas/IOARR y los cronogramas de ejecución de las mismas; asimismo, establece que el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de ser necesario, solicita información complementaria para efectos del monitoreo y seguimiento de los fines y metas para los cuales se transfieren los recursos;
Que, con fecha 26 de setiembre de 2025, se suscribe el “Convenio para realizar Transferencia Financiera que permita el financiamiento de inversiones entre el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y la Municipalidad Provincial de Caylloma”, con el objeto de establecer las condiciones previas y lineamientos de operatividad que deberán cumplir las partes, para la transferencia de recursos públicos a favor de la Municipalidad Provincial de Caylloma mediante Resolución Ministerial emitida por el titular del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, para la fase de ejecución de la inversión “Mejoramiento de los servicios turísticos públicos de la ruta turística del Valle del Colca en el casco urbano de la localidad de Chivay, provincia de Caylloma, región Arequipa” – CUI 2235746, respecto del saldo de obra, en el ámbito territorial de la referida Municipalidad, así como establecer los lineamientos para la verificación y seguimiento del cumplimiento de las acciones contenidas en el Convenio, en el marco de lo dispuesto en el numeral 15.1 del artículo 15 de la Ley N° 32416;
Que, a través del Memorándum N° 547-2025-MINCETUR/DM/UICET-DE, la Dirección Ejecutiva de la Unidad Ejecutora de Inversión en Comercio Exterior y Turismo, sobre la base del Informe Nº 0099-2025-MINCETUR/DM/UICET-DE/UPP de su Unidad de Planificación y Presupuesto, sustenta la pertinencia de realizar la transferencia financiera a favor de la Municipalidad Provincial de Caylloma, con cargo a la Fuente de Financiamiento 1. Recursos Ordinarios provenientes del Fondo creado por la Ley Nº 27889, para el financiamiento del proyecto de inversión “Mejoramiento de los servicios turísticos públicos de la ruta turística del Valle del Colca en el casco urbano de la localidad de Chivay, provincia de Caylloma, región Arequipa” - CUI 2235746, respecto a la ejecución y supervisión del saldo de obra, conforme a lo dispuesto en el numeral 15.1 del artículo 15 de la Ley N° 32416;
Estando a lo propuesto por la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 32416, Ley que aprueba crédito suplementario para el financiamiento de mayores gastos asociados a la consolidación económica, a la seguridad ciudadana y al desarrollo social y dicta otras medidas; la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; la Resolución Ministerial N° 216-2025-MINCETUR, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; y, la Directiva N° 0001-2024-EF/50.01, Directiva para la Ejecución Presupuestaria, aprobada por Resolución Directoral N° 0009-2024-EF/50.01 y sus modificatorias;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Transferencia Financiera a favor del Gobierno Local Pliego Municipalidad Provincial de Caylloma - Chivay
Aprobar una Transferencia Financiera del Pliego 035: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, por la suma de S/ 4 239 771,00 (CUATRO MILLONES DOSCIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS SETENTA Y UNO Y 00/100 SOLES); en la Fuente de Financiamiento 1. Recursos Ordinarios, a favor del Gobierno Local Pliego Municipalidad Provincial de Caylloma – Chivay para el financiamiento del proyecto de inversión “Mejoramiento de los servicios turísticos públicos de la ruta turística del Valle del Colca en el casco urbano de la localidad de Chivay, provincia de Caylloma, región Arequipa” - CUI 2235746, respecto a la ejecución y supervisión del saldo de obra.
Artículo 2.- Financiamiento
La Transferencia Financiera autorizada por la presente Resolución Ministerial se atiende con cargo al presupuesto institucional para el Año Fiscal 2025 del Pliego 035: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, Unidad Ejecutora 004: Plan COPESCO Nacional, Categoría Presupuestal 0127. Mejora de la Competitividad de los Destinos Turísticos, Producto 3000001. Acciones Comunes, Actividad 5000276. Gestión del Programa, Genérica Gasto: 4 Donaciones y Transferencias, en la Específica de Gasto: 24.23.13 A Otras Unidades del Gobierno Local, por la suma de S/ 4 239 771,00 (CUATRO MILLONES DOSCIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS SETENTA Y UNO Y 00/100 SOLES); por la Fuente de Financiamiento 1. Recursos Ordinarios.
Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos
Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.
Artículo 4.- Publicación
Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial, en el Portal Web Institucional del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (www.gob.pe/mincetur), en la misma fecha de su publicación en el diario oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ÚRSULA DESILÚ LEÓN CHEMPÉN
Ministra de Comercio Exterior y Turismo
2445763-1