Decreto Supremo que dispone establecer la Oficina Consular del Perú en Albuquerque, Estados Unidos de América
DECRETO SUPREMO
N° 039-2025-RE
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el Gobierno del Perú otorga especial prioridad al desarrollo de una activa labor de protección y promoción de sus intereses y derechos de los peruanos, a través de un constante apoyo y asistencia consular a las comunidades peruanas en el exterior, así como el fomento de los intereses del país, especialmente en el ámbito económico, comercial y cultural;
Que, el artículo 30 del Reglamento Consular del Perú, aprobado mediante Decreto Supremo N° 032-2023-RE, establece que la sede y circunscripción de las Oficinas Consulares se determinan por Decreto Supremo, lo cual es propuesto por el órgano de línea consular;
Que, el artículo 32 del Reglamento Consular del Perú dispone que el establecimiento, sede, categoría y circunscripción de una Misión Consular, así como su modificación, requieren el consentimiento o la aprobación del Estado receptor;
Que, mediante memoranda N° C-DENVER2018/00489 y N° C-DENVER007302023, de 26 de octubre de 2018 y 20 de octubre de 2023, respectivamente, el Consulado General del Perú en Denver presenta para consideración de la Dirección General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares información que sustenta la necesidad de establecer la Oficina Consular del Perú en Albuquerque, Estado de Nuevo México, Estados Unidos de América;
Que, sobre la base de la información antes descrita, mediante memorándum N° DGC020672024, de 05 de noviembre de 2024, la Dirección General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares propone el establecimiento y circunscripción de la Oficina Consular del Perú en Albuquerque, Estados Unidos de América, con circunscripción en el Condado de Bernalillo del Estado de Nuevo México, tomando en consideración los criterios establecidos en el artículo 31 del Reglamento Consular del Perú;
Que, mediante Hoja de Trámite (GAC) N° 4771, de 12 de noviembre de 2024, el Despacho Viceministerial emite conformidad al establecimiento del Consulado del Perú en la Ciudad de Albuquerque, Estados Unidos de América, con circunscripción en el Condado de Bernalillo del Estado de Nuevo México;
Que, mediante Nota Diplomática 25-1350, de 18 de julio de 2025, la Oficina de Misiones Extranjeras (OFM) del Departamento de Estado de los Estados Unidos de América informa el otorgamiento de la anuencia para establecer una Oficina Consular del Perú en Albuquerque con circunscripción en el Condado de Bernalillo del Estado de Nuevo México;
Que, en virtud de lo señalado en el artículo 3 del Decreto Legislativo N° 1565, Decreto Legislativo que aprueba la Ley General de Mejora de la Calidad Regulatoria, el presente Decreto Supremo se considera excluido del ámbito de aplicación del Decreto Legislativo, por la materia que corresponde, consistente en el funcionamiento y operatividad de las Oficinas Consulares del Perú en el exterior;
Que, en concordancia, el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1565, Decreto Legislativo que aprueba la Ley General de Mejora de la Calidad Regulatoria, aprobado por Decreto Supremo N° 023-2025-PCM, en el literal q) del numeral 41.1 del artículo 41 establece que se encuentran fuera del alcance de la obligación de presentar expediente de Análisis de Impacto Regulatorio Ex Ante - AIR Ex Ante las disposiciones normativas de carácter general relacionadas al funcionamiento y operatividad de las Oficinas Consulares del Perú en el exterior;
Con la opinión favorable de la Dirección General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares, el Consulado General del Perú en Denver; y, el consentimiento de las autoridades competentes de los Estados Unidos de América;
De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en el Texto Único Ordenado de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; y, el artículo 30 del Reglamento Consular del Perú, aprobado mediante Decreto Supremo N° 032-2023-RE;
DECRETA:
Artículo 1.- Establecimiento de Oficina Consular y su sede
Se dispone establecer la Oficina Consular del Perú en Albuquerque, Estados Unidos de América.
Artículo 2.- Establecimiento de la circunscripción de la Oficina Consular del Perú en Albuquerque
Se fija la circunscripción de la Oficina Consular del Perú en Albuquerque, Estados Unidos de América, en el Condado de Bernalillo del Estado de Nuevo México del citado país.
Artículo 3.- Refrendo
El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los tres días del mes de octubre del año dos mil veinticinco.
DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA
Presidenta de la República
ELMER SCHIALER SALCEDO
Ministro de Relaciones Exteriores
2445309-1