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Fecha de publicación: 02/10/2025
Decreto Supremo que prorroga el Estado de Emergencia declarado en la provincia de Pataz del departamento de La Libertad

Conforman la “Mesa de Diálogo para atender la problemática de la cuenca del río Coralaque mediante el Plan de Acción Integrado”

RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA

DE GESTIÓN SOCIAL Y DIÁLOGO

Nº 010-2025-PCM/SGSD

Lima, 30 de setiembre de 2025

VISTO:

El Informe Nº D000270-2025-PCM-SSGD de la Subsecretaría de Gestión del Diálogo de la Secretaría de Gestión Social y Diálogo de la Presidencia del Consejo de Ministros; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 17 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que la Presidencia del Consejo de Ministros es el Ministerio responsable de la coordinación de las políticas nacionales y sectoriales del Poder Ejecutivo, coordina las relaciones con los demás poderes del Estado, los organismos constitucionales, los gobiernos regionales, los gobiernos locales y la sociedad civil;

Que, el artículo 104 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM), aprobado por la Resolución Ministerial Nº 199-2025-PCM, señala que la Secretaría de Gestión Social y Diálogo es el órgano de línea con autoridad técnico normativa a nivel nacional, responsable de las materias de prevención, gestión del diálogo territorial y solución de los conflictos sociales en el territorio nacional;

Que, los literales h) y l) del artículo 105 del mencionado Texto Integrado, establecen como función de la Secretaría de Gestión Social y Diálogo, formalizar mediante Resolución de Secretaría la conformación de mesas de diálogo y/o grupos de trabajo que se acuerden en el marco de espacios de diálogo, en coordinación con los sectores y actores en el territorio, según corresponda y expedir resoluciones en materia de su competencia, respectivamente;

Que, mediante la Resolución de Secretaría de Gestión Social y Diálogo Nº 0014-2021-PCM/SGSD, se conforma la Mesa de Diálogo para abordar la problemática de la cuenca del río Coralaque, departamento de Moquegua, modificada por las Resoluciones de Secretaría de Gestión Social y Diálogo Nº 010-2022-PCM/SGSD, Nº 011-2023-PCM/SGSD, Nº 016-2023-PCM/SGSD, Nº 021-2023-PCM/SGSD, Nº 003-2024-PCM/SGSD, Nº 008-2024-PCM/SGSD y Nº 009-2024-PCM/SGSD, con vigencia hasta el 28 de febrero de 2025;

Que, mediante Acta de 12 de diciembre de 2024, el Pleno en la XIV sesión de la Mesa de Diálogo para abordar la problemática de la cuenca del río Coralaque, departamento de Moquegua, en consenso, valida y aprueba el “Plan de Acción Multisectorial Integrado de Intervención para la cuenca del río Coralaque”, que comprende los ejes y actividades contenidos en dicho instrumento;

Que, mediante el Oficio Nº 0002-2025-MINEM-OGGS de fecha 06 de enero de 2025 e Informe Nº 001-2025-MINEM-OGGS-OGDPC-JCZC, la Oficina General de Gestión Social del Ministerio de Energía y Minas, en su calidad de Secretaría Técnica de la Mesa de Diálogo, recomienda en el informe final, que se implemente un espacio de seguimiento y monitoreo multisectorial para el cumplimiento de las actividades contempladas en el “Plan de Acción Multisectorial Integrado de Intervención para la cuenca del río Coralaque”;

Que, mediante Acta de 26 de junio de 2025, se acuerda gestionar la emisión del acto resolutivo correspondiente que disponga la continuidad de la Mesa de Diálogo para abordar la problemática de la cuenca del río Coralaque, departamento de Moquegua;

Que, mediante el Informe Nº D000270-2025-PCM-SSGD, la Subsecretaría de Gestión del Diálogo de la Secretaría de Gestión Social y Diálogo de la Presidencia del Consejo de Ministros, propone y sustenta la necesidad de conformar una Mesa de Diálogo de naturaleza temporal denominado “Mesa de Diálogo para atender la problemática de la cuenca del río Coralaque mediante el Plan de Acción Integrado”; para lo cual, se cuenta con el consentimiento de las entidades que la integran;

De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y la Resolución Ministerial Nº 199-2025-PCM, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Conformación de la Mesa de Diálogo

Confórmese la Mesa de Diálogo de naturaleza temporal denominado “Mesa de Diálogo para atender la problemática de la cuenca del río Coralaque mediante el Plan de Acción Integrado”.

Artículo 2.- Objeto

La Mesa de Diálogo tiene por objeto seguir impulsando el diálogo para atender la problemática de la cuenca del río Coralaque, departamento de Moquegua; y en dicho marco, realizar acciones de coordinación, monitoreo y seguimiento del cumplimiento del Plan de Acción Multisectorial Integrado de Intervención para la cuenca del río Coralaque.

Artículo 3.- Integrantes

3.1. La Mesa de Diálogo está integrado por:

a) Un representante de la Secretaría de Gestión Social y Diálogo de la Presidencia del Consejo de Ministros, quien lo preside;

b) Un representante del Ministerio de Energía y Minas;

c) Un representante del Ministerio del Ambiente;

d) Un representante del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego;

e) Un representante del Ministerio de la Producción;

f) Un representante del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento;

g) Un representante del Ministerio de Salud;

h) Un representante del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental- OEFA;

i) Un representante de la Autoridad Nacional del Agua- ANA;

j) Un representante del Instituto Nacional de Defensa Civil;

k) Un representante del Gobierno Regional de Moquegua;

l) Un representante de la Municipalidad Provincial de General Sánchez Cerro;

m) Un representante de la Municipalidad Provincial de Mariscal Nieto;

n) Un representante de las Municipalidades distritales de Chojata, Matalaque, Quinistaquillas, Coalaque, La Capilla, Carumas, Cuchumbaya, San Cristobal de Calacoa y Torata;

o) Un representante de la Defensoría del Pueblo;

p) Un representante de la Mesa de Concertación de Lucha contra la Pobreza;

q) Tres (03) representantes de organizaciones sociales de la provincia de Mariscal Nieto;

r) Tres (03) representantes de organizaciones sociales de la provincia de General Sánchez Cerro.

3.2. Los integrantes de la Mesa de Diálogo cuentan con un representante alterno, quien asiste a las reuniones en caso de ausencia del titular.

3.3. Los integrantes de la Mesa de Diálogo ejercen sus funciones ad honórem.

Artículo 4.- Funciones

4.1 La Mesa de Diálogo tiene las siguientes funciones:

a) Coordinación, monitoreo y seguimiento del cumplimiento del Plan de Acción Multisectorial Integrado de Intervención para la cuenca del río Coralaque.

b) Articular con las entidades públicas y privadas y/o con otros actores involucrados con la problemática, con el fin de cumplir con el objeto de la Mesa de Diálogo.

c) Desarrollar otras funciones adicionales orientadas al cumplimiento del objeto de la Mesa de Diálogo.

4.2 Para efecto del desarrollo de las funciones de la Mesa de Diálogo, las reuniones pueden realizarse de manera presencial y/o virtual, utilizando para este caso herramientas de tecnologías de la información.

Artículo 5.- Designación de representantes

5.1 Las entidades y organizaciones que integran la Mesa de Diálogo, detalladas en el numeral 3.1 del artículo 3 de la presente resolución, excepto los señalados en los literales q) y r), designan a sus representantes, titulares y alternos, mediante documento dirigido a la Secretaría Técnica, dentro del plazo máximo de cinco (5) días hábiles, contado a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución.

5.2 Los alcaldes de las provincias de General Sánchez Cerro y Mariscal Nieto designan a los representantes titulares y alternos, detallados en los literales q) y r) del numeral 3.1 del artículo 3 de la presente resolución, bajo el mismo mecanismo y plazo detallado en el numeral precedente.

Artículo 6.- Secretaría Técnica

La Secretaría Técnica de la Mesa de Diálogo será asumida por el Ministerio de Energía y Minas, quien debe convocar a las sesiones, así como informar y reportar periódicamente a la Presidencia de la Mesa de Diálogo. Además, es responsable de llevar el registro y seguimiento de los acuerdos, custodiar las actas y toda la documentación que se genere.

Artículo 7.- De la información, colaboración, asesoramiento, apoyo de profesionales y creación de sub espacios de trabajo

7.1. La Mesa de Diálogo puede solicitar la colaboración, asesoramiento, apoyo, opinión y aporte técnico, así como participación de representantes de diferentes entidades públicas y/o privadas del ámbito nacional; así como del Gobierno Regional y Gobiernos Locales que se encuentren en el ámbito de intervención, para lo cual podrá convocar a los especialistas e instituciones que sean necesarios para la consecución de su objeto y funciones.

7.2. La Mesa de Diálogo, a través de la Secretaría Técnica, puede solicitar información a las entidades públicas pertinentes, para el cumplimiento de sus funciones.

7.3. Para el desarrollo de sus actividades, la Mesa de Diálogo en Pleno puede acordar la creación de subespacios y/o sub equipos de trabajo, según las necesidades identificadas por la misma.

Artículo 8.- Financiamiento

Las entidades que conforman la Mesa de Diálogo sujetan el cumplimiento de sus funciones a su presupuesto institucional, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. La participación de los/las integrantes de dicha Mesa de Diálogo son “ad honórem”, no irrogando gastos al Estado.

Artículo 9.- Instalación

La Mesa de Diálogo se instalará en un plazo máximo diez (10) días hábiles, contado a partir del día siguiente de la fecha de publicación de la presente resolución.

Artículo 10.- Periodo de vigencia

La Mesa de Diálogo tiene una vigencia de doscientos diez (210) días calendario, contado a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución, en cuyo plazo se presenta un informe final a la Presidencia del Consejo de Ministros. Dicha vigencia, puede ser ampliada a propuesta de la Secretaría Técnica.

Artículo 11.- Publicación

Dispóngase la publicación de la presente Resolución de Secretaría de Gestión Social y Diálogo en el portal institucional de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.gob.pe/pcm), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JORGE LUIS MAGUIÑA VILLÓN

Secretario de Gestión Social y Diálogo

2444348-1