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Fecha de publicación: 29/09/2025
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Prorrogan hasta el 30 de setiembre de 2026, la vigencia de la Ordenanza N° 519-2024-MDL de regularización de edificaciones en el distrito de Lince

DECRETO DE ALCALDÍA

Nº 12-2025-MDL

Lince, 26 de setiembre de 2025

LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD

DISTRITAL DE LINCE

VISTO: El Informe N° 00184-2025-MDL/GDU/SOPPUC, de fecha 17 de setiembre de 2025, de la Subgerencia de Obras Privadas, Planeamiento Urbano y Catastro; el Memorando Nº 00301-2025-MDL-GDU, de fecha 19 de setiembre de 2025, de la Gerencia de Desarrollo Urbano; el Informe N° 00365-2025-MDL-OGAJ, de fecha 23 de setiembre de 2025, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; el Memorando Nº 00557-2025-MDL-GM, de fecha 24 de setiembre de 2025 de la Gerencia Municipal, y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante el artículo 194° de la Constitución Política del Perú y su última modificatoria de la Ley N° 30305, Ley de Reforma Constitucional, las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local, que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, dispositivo concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;

Que, el artículo 42° de Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que: “Los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean competencia del Concejo Municipal”;

Que, el artículo 78º del Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Distrital de Lince, aprobado con Ordenanza N° 471-2022-MDL y su modificatoria Ordenanza N° 490- 2023-MDL, establece como una de las funciones de la Gerencia de Desarrollo Urbano, la de formular, actualizar, proponer e implementar ordenanzas, acuerdos, decretos, resoluciones, directivas, instructivos, procedimientos y otras normas de aplicación institucional en el ámbito de su competencia ; y, en esa línea, el literal c) del artículo 88° del mismo reglamento, establece que la Subgerencia de Obras Privadas, Planeamiento Urbano y Catastro, tiene entre sus funciones la de emitir certificados de parámetros urbanísticos y edificatorios, licencias de edificación y/o demolición; así como de evaluar la asignación de numeración para edificaciones nuevas, otorgar la conformidad de obra y la declaratoria de fábrica, en el marco de la normativa edificatoria vigente;

Que, mediante Ordenanza Nº 519-2024-MDL, Ordenanza de regularización de edificaciones en el distrito de Lince, publicada en el Diario Oficial “El Peruano” el 29 de setiembre de 2024, y modificada por la Ordenanza N° 528-2025-MDL, se estableció disposiciones específicas en el distrito para que a través de un solo procedimiento los administrados puedan obtener su licencia de edificación vía regularización de obras que hayan sido ejecutadas sin Licencia de Edificación, desde el 18 de septiembre del 2018 hasta el 31 de diciembre del 2023; asimismo, en su cuarta disposición complementaria se estipula que la citada ordenanza tendrá vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano” por el periodo de un (01) año, encontrándose facultado la Señora Alcaldesa para que a través de Decreto de Alcaldía disponga su prórroga y dicte las disposiciones necesarias y complementarias para su correcta aplicación;

Que, mediante Informe Nº 0184-2025-MDL-GDU/SOPPUC, de fecha 17 de setiembre de 2025, la Subgerencia de Obras Privadas, Planeamiento Urbano y Catastro indica que desde la entrada en vigencia de la Ordenanza N° 519-2024-MDL, 30 de setiembre de 2024 a la fecha, solo se han presentado siete (07) solicitudes de regularización de licencia, de las cuales solo se han aprobado dos (02), por lo que no habiéndose cumplido con el objetivo de llegar a mayor cantidad de administrados para que puedan acogerse a los beneficios de la ordenanza, propone una ampliación de su vigencia por doce meses adicionales hasta el 30 de setiembre de 2026;

Que, mediante Memorándum N° 00301-2025-MDL-GDU, de fecha 19 de setiembre de 2025, la Gerencia de Desarrollo Urbano señala que resulta necesario aprobar la referida prórroga, toda vez que constituirá un incentivo para que los administrados puedan obtener su licencia de edificación en vía de regularización respecto de sus construcciones que no cuentan con autorización, por lo que se adhiere a lo señalado en el Informe Nº 0184-2025-MDL-GDU/SOPPUC;

Que, a través del Informe N° 00365-2025-MDL-OGAJ, de fecha 23 de setiembre de 2025, la Oficina General de Asesoría Jurídica, emite opinión legal favorable respecto a prorrogar la vigencia de la Ordenanza N° 519-2024-MDL, modificada por la Ordenanza N° 528-2025-MDL;

Que, con el Memorando N° 00557-2025-MDL-GM, de fecha 24 de setiembre de 2025, Ia Gerencia Municipal, teniendo en cuenta el pronunciamiento legal de Ia Oficina General de Asesoría Jurídica, remite los actuados a la Secretaría General, a fin de que se proyecte el dispositivo correspondiente;

Estando a las facultades conferidas en el inciso 6 del artículo 20° y a lo señalado por el artículo 42° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;

DECRETA:

Artículo 1.- PRORROGAR, la vigencia de la Ordenanza N° 519-2024-MDL, Ordenanza de regularización de edificaciones en el distrito de Lince, modificada por la Ordenanza N° 528-2025-MDL, hasta el 30 de setiembre de 2026.

Artículo 2.- ENCARGAR, el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia de Desarrollo Urbano a través de la Subgerencia de Obras Privadas, Planeamiento Urbano y Catastro.

Artículo 3.- El presente Decreto de Alcaldía entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.

Artículo 4.- ENCARGAR, a la Secretaría General, la publicación del presente Decreto en el Diario Oficial “El Peruano” y en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) el Decreto de Alcaldía y su Anexo.

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

MALCA SCHNAIDERMAN LARA

Alcaldesa

2442630-1