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Fecha de publicación: 17/09/2025
Aprueban ejecución de expropiación de área afectada de inmueble por la ejecución del Proyecto “Ampliación del servicio de protección frente a inundaciones en los tramos críticos de los ríos Chico y Matagente en los distritos de Alto Larán, Chincha Baja, El Carmen y Tambo de Mora – 4 distritos de la provincia de Chincha – departamento de Ica”

Declaran Patrimonio Cultural de la Nación a los “Cinco bonos de la Compañía Francesa de Bomberos Francia N° 2 (15/02/1914)”

RESOLUCIóN VICEMINISTERIAL

N° 000238-2025-VMPCIC/MC

San Borja, 15 de setiembre del 2025

VISTOS; el Oficio N° 000049-2025-AGN/JEF de la Jefatura Institucional del Archivo General de la Nación; la Hoja de Elevación N° 000472-2025-OGAJ-SG/MC de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación son bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación todo lugar, sitio, paisaje, edificación, espacio o manifestación material o inmaterial relacionada o con incidencia en el quehacer humano, que por su importancia, significado y valor arqueológico, arquitectónico, histórico, urbanístico, artístico, militar, social, simbólico, antropológico, vernacular o tradicional, religioso, etnológico, científico, tecnológico, industrial, intelectual, literario, documental o bibliográfico sea expresamente declarado como tal o sobre el que exista la presunción legal de serlo;

Que, el numeral 1.2 del artículo 1 de la citada norma establece que integran el Patrimonio Cultural de la Nación los bienes materiales muebles, entre los que se encuentran los manuscritos raros, incunables, libros, documentos, fotos, negativos, daguerrotipos y publicaciones antiguas de interés especial por su valor histórico, artístico, científico o literario; documentos manuscritos, fonográficos, cinematográficos, videográficos, digitales, planotecas, hemerotecas y otros que sirvan de fuente de información para la investigación en los aspectos científico, histórico, social, político, artístico, etnológico y económico;

Que, de conformidad con lo establecido en el literal b) del artículo 7 de la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura es competencia exclusiva de este Ministerio, realizar acciones de declaración del Patrimonio Cultural de la Nación. Asimismo, el literal a) del artículo 14 de la referida norma señala que corresponde al Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales la declaración, administración, promoción, difusión y protección del Patrimonio Cultural de la Nación;

Que, el artículo 19 de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación dispone que el Ministerio de Cultura, la Biblioteca Nacional y el Archivo General de la Nación, están encargados de la identificación, inventario, inscripción, registro, investigación, protección, conservación, difusión y promoción de los bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación de su competencia;

Que, además, el literal b) del artículo 25 del Reglamento de Organización y Funciones del Archivo General de la Nación, aprobado por el Decreto Supremo N° 005- 2018-MC, señala que la Dirección de Archivo Histórico es el órgano de línea responsable de identificar, inscribir y registrar los bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación en el ámbito de su competencia;

Que, mediante el Oficio N° 000049-2025-AGN/JEF, la Jefatura Institucional del Archivo General de la Nación solicita la declaratoria de Patrimonio Cultural de la Nación de los “Cinco bonos de la Compañía Francesa de Bomberos Francia N° 2 (15/02/1914)”, los cuales han sido incautados y se encuentran custodiados por el Archivo General de la Nación;

Que, a través del Oficio N° 000316-2025-AGN/DAH y el Memorando N° 000172-2025-AGN/DAH, la Dirección de Archivo Histórico alcanza los Informes N° 000164-2025-AGN/DAH-URDPD, N° 000038-2025-AGN/DAH-URDPD y N° 000016-2025-AGN/DAH-URDPD-BRC, documentos en los cuales se realiza la evaluación técnica de los procedimientos desarrollados por la Unidad Funcional de Registro y Defensa del Patrimonio Documental, mediante los cuales se expone el sustento técnico, respecto a la propuesta de declaratoria como Patrimonio Cultural de la Nación de los “Cinco bonos de la Compañía Francesa de Bomberos Francia N° 2 (15/02/1914)”, que de acuerdo al significado, valor e importancia de su contenido, presentan una serie de valores histórico, científico y social que, agrupados, se encuentran relacionados a la identificación de su autenticidad, antigüedad, en su contenido, siendo considerados una fuente primaria por su valoración documental;

Que, el valor histórico de estos documentos, permite dar a conocer diversos aspectos del accionar de esta comunidad, en alcanzar el financiamiento y la cooperación para el sustento y mantenimiento de su compañía al servicio de la ciudadanía, acudiendo a la emisión de bonos, habiendo adquirido posteriormente el local donde actualmente se hallan (ya como compañía France N° 3) en el actual jirón Moquegua cuadra 2;

Que, este valor también radica en constituir testimonios objetivos de la actividad de notables bomberos franceses que, revelados por sus rúbricas, fueron reconocidos por la trayectoria desarrollada en el país en el cumplimiento de funciones en su comunidad;

Que, además, el valor documental de estos bonos se fundamenta en que estos bienes revelan la posibilidad de que habiendo estado bajo tenencia privada, llegaron a formar parte de un expediente mayor, institucional, al haber cumplido su periodo de trámite y amortización, revirtiéndose a los archivos de la compañía en expedientes contables, formalizándose su valor permanente, toda vez que aun siendo poco numerosos, otorgan información válida, óptima y contrastable del funcionamiento de su asociación con el Estado;

Que, en consecuencia, de su valor permanente generados por el ejercicio de servicios importantes al Estado, estos “Cinco bonos de la Compañía Francesa de Bomberos Francia N° 2 (15/02/1914)” constituyen Patrimonio Documental del Perú, mostrando la organización y movilización política de un nuevo tipo de inmigrante y descendiente francés en el Perú, involucrado con el bienestar social de la ciudad de Lima;

Que, por las razones expuestas, resulta procedente la declaratoria de Patrimonio Cultural de la Nación y, en ese sentido, el Oficio N° 000316-2025-AGN/DAH, el Memorando N° 000172-2025-AGN/DAH y los Informes N° 000164-2025-AGN/DAH-URDPD, N° 000038-2025-AGN/DAH-URDPD y N° 000016-2025-AGN/DAH-URDPD-BRC, constituyen partes integrantes de la presente resolución y se adjuntan como anexos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS;

Con los vistos del Archivo General de la Nación y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y la Ley N° 29565, Ley de Creación del Ministerio de Cultura;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación a los “Cinco bonos de la Compañía Francesa de Bomberos Francia N° 2 (15/02/1914)”, los cuales han sido incautados y se encuentran custodiados por el Archivo General de la Nación, conforme se aprecia en el anexo que es parte integrante de la presente resolución.

Artículo 2.- Notificar la presente resolución al Archivo General de la Nación.

Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario oficial “El Peruano”. La resolución y sus anexos se publican en la sede digital del Ministerio de Cultura (www.gob.pe/cultura), el mismo día de la publicación en el diario oficial.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MOIRA ROSA NOVOA SILVA

Viceministra de Patrimonio

Cultural e Industrias Culturales

2438823-1