Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 582/MDSMP, que aprueba beneficios tributarios para el período 2025 en el distrito de San Martín de Porres
DECRETO DE ALCALDÍA
N° 009-2025/MDSMP
San Martín de Porres, 19 de agosto de 2025
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE SAN MARTÍN DE PORRES
VISTOS: El Informe N° 356-2025-SGRTYCD-GAT/MDSMP de fecha 14 de agosto de 2025 emitido por la Subgerencia de Recaudación Tributaria y Control de la Deuda, Informe N° 040-2025-GAT-MDSMP de fecha 15 de agosto de 2025 emitido por la Gerencia de Administración Tributaria, Informe N° 383-2025-MDSMP-OGAJ de fecha 18 de agosto de 2025 emitido por la Oficina General de Asesoría Jurídica, Memorandum N° 934-2025-MDSMP/GM de fecha 18 de agosto de 2025 de la Gerencia Municipal; y,
CONSIDERANDO:
Que, la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; autonomía que se encuentra reconocida en la Constitución Política del Perú y que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico vigente;
Que, el artículo 39° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, establece que, el alcalde ejerce las funciones ejecutivas de gobierno mediante Decretos de Alcaldía; asimismo, el artículo 42° de la norma citada prescribe que los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean competencia del Concejo Municipal;
Que, a través de la Ordenanza N° 582/MDSMP publicada el 09 de agosto de 2025 en el diario oficial El Peruano, se aprobó la aplicación de beneficios tributarios para el período 2025 en el distrito de San Martín de Porres, la misma que en la Primera Disposición Complementaria Final y Transitoria, faculta al alcalde del distrito de San Martín de Porres, para que, mediante Decreto de Alcaldía dicte las normas reglamentarias respectivas, así como la prórroga de la Ordenanza;
Que, mediante Informe N° 356-2025-SGRTYCD-GAT/MDSMP de fecha 14 de agosto de 2025, la Subgerencia de Recaudación Tributaria y Control de la Deuda, remite a la Gerencia de Administración Tributaria, el proyecto de Decreto de Alcaldía que prorroga la vigencia de la Ordenanza N° 582/MDSMP hasta el 30 de setiembre de 2025, con el objetivo de continuar incentivando el cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias, así como fortalecer la recaudación municipal;
Que, con el Informe N° 040-2025-GAT/MDSMP de fecha 15 de agosto de 2025, la Gerencia de Administración Tributaria remite a la Gerencia Municipal el proyecto de Decreto de Alcaldía que prorroga la vigencia de la Ordenanza N° N° 582/MDSMP hasta el 30 de setiembre de 2025;
Que, la Oficina General de Asesoría Jurídica a través del Informe N° 383-2025-MDSMP-OGAJ de fecha 18 de agosto de 2025, emite opinión legal favorable para la aprobación del Decreto de Alcaldía que aprueba la prórroga de la vigencia de la Ordenanza N° 582/MDSMP de beneficios tributarios para el período 2025 en el distrito de San Martín de Porres, hasta el 30 de setiembre de 2025;
Que, la Gerencia Municipal mediante Memorando N° 934-2025-MDSMP/GM de fecha 18 de agosto de 2025, corre traslado a Secretaria General los actuados, con la finalidad que en el marco de sus competencias se sirva emitir el acto administrativo que corresponda para aprobar la prórroga de los beneficios tributarios aprobados por la Ordenanza N° 582/MDSMP, de acuerdo al artículo 42 de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley N° 27972;
En uso de las facultades conferidas en el numeral 6) del artículo 20° y el artículo 42° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972;
DECRETA:
Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el 30 de setiembre de 2025, la vigencia de la Ordenanza N° 582/MDSMP, que aprueba beneficios tributarios para el período 2025 en el distrito de San Martín de Porres, conforme lo dispuesto en la Primera Disposición Complementaria Final y Transitoria de la citada norma.
Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración Tributaria y a las unidades orgánicas en lo que fuere de su competencia el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía.
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial El Peruano y a la Oficina de Desarrollo de Tecnología de la Información y Estadística, la publicación del presente Decreto en el Portal de Transparencia de la Municipalidad Distrital de San Martin de Porres (www.gob.pe/munisanmartindeporres).
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
HERNAN TOMAS SIFUENTES BARCA
Alcalde
2432658-1