Acceden a solicitud de extradición activa de ciudadano peruano para ser extraditado de la República del Paraguay y cumplir condena en la República del Perú
RESOLUCIÓN SUPREMA
N° 169-2025-JUS
Lima, 27 de agosto de 2025
VISTO; el Informe N° 148-2025/COE-TPC, del 19 de agosto de 2025, de la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas, sobre la solicitud de extradición activa del ciudadano de nacionalidad peruana ERICK LUIS MORENO HERNÁNDEZ formulada por el Décimo Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte, para ser extraditado de la República del Paraguay y cumplir en la República del Perú la condena impuesta por la comisión del delito de robo agravado, en agravio de Augusto Carbajal Cerna;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 37 de la Constitución Política del Perú dispone que la extradición solo se concede por el Poder Ejecutivo, previo informe de la Corte Suprema de Justicia de la República, en cumplimiento de la ley y los tratados;
Que, conforme al numeral 5) del artículo 34 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo N° 017-93-JUS, concordante con el numeral 6) del artículo 26 del Código Procesal Penal, las Salas Penales de la Corte Suprema de Justicia de la República conocen las solicitudes de extradiciones activas y pasivas;
Que, mediante Resolución Consultiva del 8 de julio de 2025, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República declara procedente la solicitud de extradición activa del ciudadano de nacionalidad peruana ERICK LUIS MORENO HERNÁNDEZ formulada por el Décimo Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte, para cumplir la condena impuesta por la comisión del delito de robo agravado, en agravio de Augusto Carbajal Cerna;
Que, el literal a) del numeral 46.1. del artículo 46 del Reglamento de la actuación de las autoridades que participan en los procedimientos de extradición y traslado de personas condenadas; aprobado por Decreto Supremo N° 015-2025-JUS, establece que la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas propone para la decisión del Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, acceder o no al pedido de extradición activa o pasiva;
Que, de acuerdo con el numeral 1) del artículo 514 del Código Procesal Penal, corresponde al Gobierno decidir la extradición, pasiva o activa, mediante Resolución Suprema expedida con el acuerdo del Consejo de Ministros, previo informe de la referida Comisión Oficial;
Que, mediante Informe N° 148-2025/COE-TPC, del 19 de agosto de 2025, la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas propone acceder a la solicitud de extradición activa de la persona requerida, para cumplir la condena impuesta por la comisión del delito de robo agravado, en agravio de Augusto Carbajal Cerna;
Que, de conformidad con lo establecido en el Tratado de Extradición entre la República del Perú y la República del Paraguay suscrito el 17 de octubre de 1997 y vigente desde el 29 de noviembre de 2005 y su Acuerdo Complementario suscrito el 5 de marzo de 2001 y vigente desde el 21 de noviembre de 2005; así como en el Código Procesal Penal peruano y en el Decreto Supremo N° 015-2025-JUS respecto del trámite interno y en todo lo que no disponga el Tratado;
En uso de la facultad conferida en el numeral 8) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; y,
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Acceder a la solicitud de extradición activa del ciudadano peruano ERICK LUIS MORENO HERNÁNDEZ para ser extraditado de la República del Paraguay y cumplir en la República del Perú la condena impuesta por la comisión del delito de robo agravado, en agravio de Augusto Carbajal Cerna.
Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos y por el Ministro de Relaciones Exteriores.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA
Presidenta de la República
EDUARDO MELCHOR ARANA YSA
Presidente del Consejo de Ministros
Encargado del despacho del
Ministerio de Relaciones Exteriores
JUAN JOSÉ SANTIVÁÑEZ ANTÚNEZ
Ministro de Justicia y Derechos Humanos
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