Resolución Ministerial que dispone la publicación del proyecto de Decreto Supremo que modifica el Reglamento de la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-2025-EF
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N° 392-2025-EF/54
Lima, 19 de agosto del 2025
VISTOS: El Memorando N° 0367-2025-EF/54.02, que adjunta los Informes N° 0142-2025-EF/54.04 y N° 0130-2025-EF/54.02, de la Dirección General de Abastecimiento; y el Memorando N° 1126-2025-EF/42.02 de la Oficina General de Asesoría Jurídica, que adjunta el Informe N° 0744-2025-EF/42.02 de la Oficina de Asuntos Jurídicos Económicos y Administrativos de dicha Oficina General; y,
CONSIDERANDO:
Que, el numeral 6.1 del artículo 6 del Decreto Legislativo N° 1436, Decreto Legislativo Marco de la Administración Financiera del Sector Público, establece que la Administración Financiera del Sector Público, a cargo del Ministerio de Economía y Finanzas, está conformada, entre otros, por el Sistema Nacional de Abastecimiento;
Que, el numeral 4.1 del artículo 4 del Decreto Legislativo N° 1439, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Abastecimiento, señala que el Sistema Nacional de Abastecimiento es el conjunto de principios, procesos, normas, procedimientos, técnicas e instrumentos para la provisión de bienes, servicios y obras, a través de las actividades de la Cadena de Abastecimiento Público, orientadas al logro de los resultados, con el fin de alcanzar un eficiente y eficaz empleo de los recursos públicos;
Que, el literal t) del artículo 3 del Texto Integrado Actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 331-2023-EF/41, dispone que el Ministerio de Economía y Finanzas tiene, entre otras, la función general de elaborar principios, procesos, normas, procedimientos, técnicas e instrumentos para la provisión de los bienes, servicios y obras, a través de las actividades de la Cadena de Abastecimiento Público, orientadas al logro de los resultados, con el fin de lograr un eficiente y eficaz empleo de los recursos públicos;
Que, asimismo, el artículo 170 del Texto Integrado Actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas precisa que la Dirección General de Abastecimiento es el órgano de línea del Ministerio, rector del Sistema Nacional de Abastecimiento y como tal, se constituye a nivel nacional como la más alta autoridad técnico - normativa en materia de abastecimiento, encargada de proponer políticas, dictar normas y procedimientos para la conducción de las actividades de la Cadena de Abastecimiento Público; así como monitorear, supervisar y evaluar la gestión de dichas actividades;
Que, por su parte, la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, tiene por objeto establecer el marco normativo para efectivizar la contratación oportuna de bienes, servicios y obras, así como regular, en el marco del Sistema Nacional de Abastecimiento, la participación de los actores involucrados en el proceso de contratación pública;
Que, mediante el Decreto Supremo N° 009-2025-EF, se aprobó el Reglamento de la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, el cual tiene por objeto establecer los procedimientos, requisitos y condiciones aplicables a las disposiciones previstas en la citada Ley;
Que, la Dirección General de Abastecimiento ha sustentado la modificación del Reglamento de la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, a fin de lograr una mayor eficiencia en la aplicación de sus disposiciones que permita garantizar el cumplimiento de la finalidad pública en las contrataciones que realicen las entidades contratantes de los tres niveles de gobierno;
Que, de acuerdo con el numeral 19.1 del artículo 19 del Reglamento que establece disposiciones sobre publicación y difusión de normas jurídicas de carácter general, resoluciones y proyectos normativos, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-2024-JUS, los proyectos de normas jurídicas de carácter general se publican en las sedes digitales de las entidades de la Administración Pública a cargo de su elaboración o en otro medio, asegurando su debida difusión y fácil acceso por un periodo no menor de quince (15) días calendario;
Que, considerando que el proyecto de Decreto Supremo que modifica el Reglamento de la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-2025-EF, corresponde a una norma de carácter general, resulta necesario efectuar su publicación previa, a fin de recoger la opinión de los actores involucrados en la contratación pública, así como comentarios del público en general, lo que coadyuvará a mejorar la propuesta normativa bajo comentario;
Con la visación de la Dirección General de Abastecimiento, de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y del Despacho Viceministerial de Hacienda; y,
De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicación y difusión de normas jurídicas de carácter general, resoluciones y proyectos normativos, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-2024-JUS; y, en el Texto Integrado Actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 331-2023-EF/41;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Publicación del proyecto
Disponer la publicación del proyecto de Decreto Supremo que modifica el Reglamento de la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-2025-EF, así como su Exposición de Motivos, en la sede digital del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef) el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano, por el plazo de quince (15) días calendario, contados desde el día siguiente de la publicación de la presente resolución, para recoger las opiniones, comentarios y sugerencias de los actores involucrados en la contratación pública, así como del público en general.
Artículo 2.- Mecanismo de participación
Disponer que las opiniones, comentarios y sugerencias de los actores involucrados en la contratación pública, así como del público en general, pueden ser presentadas en la Mesa de Partes del Ministerio de Economía y Finanzas, ubicada en Jirón Lampa N° 594, Cercado de Lima; o a través del enlace https://forms.office.com/r/QjccvWGvCc, y establecer que la Dirección General de Abastecimiento se encuentra a cargo de su recepción, sistematización y análisis.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
RAÚL PÉREZ REYES ESPEJO
Ministro de Economía y Finanzas
2429713-1