Modifican la R.M. N° 229-2022-PCM, mediante la cual se crea el Grupo de Trabajo de naturaleza temporal denominado “Mesa de Trabajo para el Desarrollo Sostenible de la provincia de Espinar, departamento de Cusco”
resolución ministerial
N° 197-2025-PCM
Lima, 19 de agosto de 2025
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Ministerial N° 229-2022-PCM, se crea el Grupo de Trabajo de naturaleza temporal denominado “Mesa de Trabajo para el Desarrollo Sostenible de la provincia de Espinar, departamento de Cusco”, dependiente de la Presidencia del Consejo de Ministros;
Que, según lo dispuesto en el artículo 2 de la citada Resolución Ministerial, el Grupo de Trabajo tiene por objeto seguir impulsando el diálogo para el desarrollo sostenible de la provincia de Espinar, departamento de Cusco, y en dicho marco realizar las coordinaciones necesarias para el cumplimiento de los acuerdos que se derivan del Acta de la Reunión del 29 de abril de 2019 y de los grupos de trabajo creados por Resolución Ministerial N° 165-2019-PCM y Resolución Ministerial N° 032-2021-PCM;
Que, el artículo 5 de la Resolución Ministerial N° 229-2022-PCM, dispone que, para el desarrollo de las actividades del Grupo de Trabajo, se conforman seis subgrupos de trabajo; los cuales, tienen objetivos definidos y entidad a cargo de su coordinación;
Que, asimismo, el artículo 12 de la Resolución Ministerial N° 229-2022-PCM, modificado por las Resoluciones Ministeriales N° 265-2023-PCM y N° 312-2024-PCM, señala que el Grupo de Trabajo tiene vigencia hasta el 20 de agosto de 2025;
Que, en el mes de setiembre de 2024, durante una reunión del Grupo de Trabajo, la alcaldesa de la Municipalidad Provincial de Espinar solicitó la modificación de los objetivos de los subgrupos de trabajo y de algunos de sus coordinadores; así como, la conformación de un subgrupo de trabajo para el afianzamiento hídrico de la provincia de Espinar, con la finalidad de fortalecer el espacio de diálogo en la provincia de Espinar;
Que, de otro lado, dado que persiste la necesidad de continuar coordinando y gestionando con las entidades públicas, entre otros aspectos, sobre el cumplimiento de los acuerdos que se derivan del Acta de la Reunión del 29 de abril de 2019 y de los grupos de trabajo creados por Resolución Ministerial N° 165-2019-PCM y Resolución Ministerial N° 032-2021-PCM, cuyo porcentaje de cumplimiento se mantiene en 51.4%, mientras que el 48.6% restante, se encuentra en proceso de atención, debido a que se tratan de agendas complejas que requieren de gestiones en el corto y mediano plazo; resulta oportuno la ampliación del periodo de vigencia hasta el 27 de mayo de 2026;
Que, en ese sentido, la Secretaría de Gestión Social y Diálogo, en su calidad de Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo, señala que las modificaciones a los objetivos de los subgrupos de trabajo y de algunos de sus coordinadores; así como, la ampliación del periodo de vigencia, fortalecerán a dicho órgano colegiado, dotando de herramientas a las entidades que participan en el mismo, para promover al desarrollo sostenible de la provincia de Espinar, departamento de Cusco, en concordancia con los compromisos derivados del Acta de la Reunión del 29 de abril de 2019 y de los grupos de trabajo creados por Resolución Ministerial N° 165-2019-PCM y Resolución Ministerial N° 032-2021-PCM;
Que, por lo expuesto, la referida Secretaría propone y sustenta la necesidad de modificar los artículos 5 y 12 de la Resolución Ministerial N° 229-2022-PCM, modificada por las Resoluciones Ministeriales N° 265-2023-PCM y N° 312-2024-PCM, a efectos de que se cumpla con su objeto de creación; para lo cual, se cuenta con el consentimiento de las entidades que lo integran;
Con el visado del Despacho Viceministerial de Gobernanza Territorial, de la Secretaría de Gestión Social y Diálogo, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;
De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados por Decreto Supremo N° 054-2018-PCM; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por la Resolución Ministerial N° 224-2023-PCM;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Modificación de los artículos 5 y 12 de la Resolución Ministerial N° 229-2022-PCM, modificada por las Resoluciones Ministeriales N° 265-2023-PCM y N° 312-2024-PCM
Modificar los artículos 5 y 12 de la Resolución Ministerial N° 229-2022-PCM, modificada por las Resoluciones Ministeriales N° 265-2023-PCM y N° 312-2024-PCM, los cuales quedan redactados de la siguiente manera:
“Artículo 5.- Subgrupos de Trabajo
Para el desarrollo de las actividades del Grupo de Trabajo, se conforman siete subgrupos de trabajo:
a) Subgrupo de Trabajo de Inversiones y Desarrollo de la provincia de Espinar, tiene como objetivo impulsar la actualización del plan de inversiones intergubernamental para la provincia de Espinar; y, la priorización de la gestión de la fuente de financiamiento por cada sector para la ejecución de proyectos con la calidad técnica de apto. El subgrupo de trabajo es coordinado por la Presidencia del Consejo de Ministros.
b) Subgrupo de Trabajo de Salud, Metales Pesados y Contaminación Ambiental, tiene como objetivos:
1. Impulsar y articular la atención multisectorial integral especializada en salud a la población expuesta y afectada por metales pesados en la provincia de Espinar, acorde a lo dispuesto en la Ley N° 31189, Ley para fortalecer la prevención, mitigación y atención de la salud afectada por la contaminación con metales pesados y otras sustancias químicas; y, el Decreto Supremo N° 037-2021-MINAM, Decreto Supremo que aprueba el Plan Especial Multisectorial para la intervención integral a favor de la población expuesta a metales pesados, metaloides y otras sustancias químicas tóxicas.
2. Impulsar y articular la intervención multisectorial del Estado, para que la ejecución de las actividades mineras se realice garantizando el cuidado del ambiente y de sus componentes, tales como el agua, la flora, la fauna y salud animal, a través del control y la fiscalización ambiental oportuna, preventiva y correctiva, promoviendo la remediación, reducción y prevención de impactos ambientales relacionados a la actividad minera en la provincia de Espinar. El subgrupo de trabajo es coordinado por el Ministerio del Ambiente y el Ministerio de Salud.
c) Subgrupo de Trabajo de Reformulación del Convenio Marco, tiene como objetivo revisar, proponer la actualización y coadyuvar a la conclusión del proceso de reformulación del “Convenio Marco entre la compañía minera Antapaccay y la provincia de Espinar” por parte de ambas partes de común acuerdo. El subgrupo de trabajo es coordinado por el Ministerio de Energía y Minas.
d) Subgrupo de Trabajo de Corredor Minero, tiene como objetivos:
1. Impulsar la elaboración de un plan integral vial y de conectividad que incluyan estrategias concretas para asegurar el correcto transporte de personas, carga pesada, carga de minerales y mercadería, teniendo en cuenta la atención de necesidades de la población que habitan en las áreas aledañas al Corredor Vial Apurímac Cusco (Corredor Minero), así como su implementación; promoviendo soluciones sostenibles para reducir los impactos sociales y ambientales en el corredor minero.
2. Articular e impulsar la culminación de los proyectos/obras del sector transportes y comunicaciones asociados al Corredor Vial Apurímac Cusco (Corredor Minero) y la carretera Quechua - Chanca - Aymara (Corredor Económico), en la jurisdicción de la provincia de Espinar. El subgrupo de trabajo es coordinado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y el Ministerio de Energía y Minas.
e) Subgrupo de Trabajo de Justicia y Derechos Humanos, tiene como objetivos:
1. Promover el respeto de los derechos humanos de los ciudadanos de la provincia Espinar, en concordancia con los objetivos, lineamientos y servicios de la Política Nacional Multisectorial de Derechos Humanos al 2040, aprobada mediante el Decreto Supremo N° 018-2024-JUS.
2. Impulsar y difundir la aplicación de los estándares de empresas y derechos humanos (justicia, protección, respeto y remediación - reparación) con debida diligencia empresarial involucrando actores de Estado, empresas privadas y comunidades (pueblos originarios).
3. Promover la asistencia legal a favor de las personas que hayan sido afectadas por los conflictos sociales, en las materias de competencia de la Defensa Pública. El subgrupo es coordinado por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.
f) Subgrupo de Trabajo de Proyecto Minero Integración Coroccohuayco, tiene como objetivo revisar y analizar la propuesta de la segunda modificación del estudio de impacto ambiental del Proyecto Minero Antapaccay Integración Coroccohuayco, para promover una adecuada comunicación intercultural entre el Poder Ejecutivo, la Minera Antapaccay y la provincia de Espinar; así como, socializarla en el área de influencia directa y otras comunidades, en el marco de la responsabilidad social ambiental, respeto a los derechos humanos y cumplimiento de la normativa vigente. El subgrupo de trabajo es coordinado por el Ministerio de Energía y Minas.
g) Subgrupo de Trabajo de Afianzamiento hídrico de la cuenca alta del río Apurímac en la provincia de Espinar, Angostura - Majes - Siguas II, que tiene como objetivo impulsar la formulación de los proyectos comprometidos en la matriz de afianzamiento hídrico en la provincia de Espinar; así como, la gestión de la fuente de financiamiento para su ejecución, promoviendo la seguridad y protección hídrica. El subgrupo de trabajo es coordinado por el Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego.”
“Artículo 12.- Período de vigencia
El Grupo de Trabajo tiene vigencia hasta el 27 de mayo de 2026.”
Artículo 2.- Publicación
Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.gob.pe/pcm), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
EDUARDO MELCHOR ARANA YSA
Presidente del Consejo de Ministros
2429522-1