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Fecha de publicación: 19/08/2025
Designan representantes del Ministerio de Transportes y Comunicaciones ante el Consejo Nacional de Protección del Consumidor

Aprueban “Guía para la evaluación económica de las medidas de adaptación y mitigación al cambio climático: Pautas para la cuantificación y estimación de los costos y beneficios de las medidas de adaptación y mitigación al cambio climático”

Resolución Ministerial

Nº 00198-2025-MINAM

Lima, 15 de agosto de 2025

VISTOS; el Informe Nº 00107-2025-MINAM/VMDERN/DGCCD/DACCD de la Dirección de Adaptación al Cambio Climático y Desertificación; el Informe Nº 00315-2025-MINAM/VMDERN/DGCCD de la Dirección General de Cambio Climático y Desertificación; el Memorando Nº 01031-2025-MINAM/VMDERN del Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales; el Informe Nº 00350-2025-MINAM/SG/OGPP/OPM de la Oficina de Planeamiento y Modernización; el Memorando Nº 00924-2025-MINAM/SG/OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 00663-2025-MINAM/SG/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, conforme al numeral 22 del artículo 2 de la Constitución Política del Perú, toda persona tiene derecho a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida;

Que, la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (CMNUCC), adoptada en Nueva York el 9 de mayo de 1992 y suscrita por el Perú en Río de Janeiro el 12 de junio de 1992, fue aprobada mediante Resolución Legislativa Nº 26185, cuyo objetivo es la estabilización de las concentraciones de gases de efecto invernadero (GEI) en la atmósfera a un nivel que impida interferencias antropogénicas peligrosas en el sistema climático, señalando que ese nivel debería lograrse en un plazo suficiente para permitir que los ecosistemas se adapten naturalmente al cambio climático, asegurar que la producción de alimentos no se vea amenazada y permitir que el desarrollo económico prosiga de manera sostenible;

Que, el Acuerdo de París, ratificado por el Estado peruano mediante Decreto Supremo Nº 058-2016-RE, al mejorar la aplicación de la CMNUCC, incluido el logro de su objetivo, tiene por objeto reforzar la respuesta mundial a la amenaza del cambio climático, en el contexto del desarrollo sostenible y de los esfuerzos por erradicar la pobreza; y, para ello: (i) mantener el aumento de la temperatura media mundial muy por debajo de 2º C con respecto a los niveles preindustriales y proseguir los esfuerzos para limitar ese aumento de la temperatura a 1.5º C con respecto a los niveles preindustriales, reconociendo que ello reduciría considerablemente los riegos y efectos del cambio climático; (ii) aumentar la capacidad de adaptación a los efectos adversos y promover la resiliencia al clima y un desarrollo con bajas emisiones de GEI, de un modo que no comprometa la producción alimentaria; y, (iii) situar los flujos financieros en un nivel compatible con una trayectoria que conduzca a un desarrollo resiliente al clima y con bajas emisiones de GEI;

Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 4 del Decreto Legislativo Nº 1013, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, esta entidad es el organismo del Poder Ejecutivo rector del sector ambiental, que desarrolla, dirige, supervisa y ejecuta la política nacional del ambiente; y, conforme al literal j) de su artículo 7, tiene como función específica, implementar los acuerdos ambientales internacionales y presidir las respectivas comisiones nacionales;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 012-2024-MINAM, se aprueba la Política Nacional: Estrategia Nacional ante el Cambio Climático al 2050, en cuyos artículos 2 y 3 se determina que la conducción de la misma, se encuentra a cargo del Ministerio del Ambiente, a través de la Dirección General de Cambio Climático y Desertificación o la que haga sus veces, siendo de cumplimiento obligatorio para todas las entidades de la Administración Pública, señaladas en el artículo I de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, en el ámbito de sus competencias;

Que, el numeral 5.1 del artículo 5 de la Ley Nº 30754, Ley Marco sobre Cambio Climático, establece que el Ministerio del Ambiente es la autoridad nacional en materia de cambio climático y la autoridad técnico-normativa a nivel nacional en dicha materia en el marco de sus competencias; monitorea y evalúa la implementación de la gestión integral del cambio climático en los tres niveles de gobierno, promoviendo la participación del sector público, de los agentes económicos y de la sociedad civil, a fin de fortalecer la gestión integral del cambio climático y al desarrollo sostenible en armonía con la naturaleza;

Que, asimismo, el artículo 14 de la citada Ley, dispone que el Ministerio del Ambiente es el responsable del monitoreo y evaluación de las Contribuciones Determinadas a Nivel Nacional (NDC, por sus siglas en inglés), e informa sobre su implementación ante la Secretaría de la CMNUCC, las cuales comprenden metas para la mitigación y adaptación al cambio climático, procurando el aumento progresivo de las metas propuestas, en concordancia con la estrategia nacional y las estrategias regionales de cambio climático;

Que, en esa línea, el numeral 3 del artículo 6 del Reglamento de la Ley Nº 30754, Ley Marco sobre Cambio Climático, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2019-MINAM, prevé como función del Ministerio del Ambiente, elaborar y aprobar documentos metodológicos que orienten la cuantificación y estimación de los costos y beneficios directos e indirectos de las medidas de adaptación y mitigación al cambio climático;

Que, adicionalmente, el numeral 3 del artículo 9 del citado Reglamento, señala que para la implementación de las medidas de adaptación y mitigación en el marco de las Contribuciones Determinadas a Nivel Nacional, las autoridades sectoriales, tienen la función de cuantificar y actualizar los costos y beneficios directos e indirectos de sus medidas de adaptación y mitigación, según corresponda, incluyendo la evaluación social y considerando el tipo de medida y la información disponible, de acuerdo con los documentos metodológicos elaborados por la autoridad nacional en materia de cambio climático;

Que, en concordancia, el numeral 8 de la Décima Disposición Complementaria Final del referido Reglamento, establece que la autoridad nacional, en coordinación con las autoridades competentes en materia de cambio climático, aprueba los lineamientos, documentos metodológicos, guías, o procedimientos, sobre la cuantificación y estimación de los costos y beneficios directos e indirectos de las medidas de adaptación y mitigación;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 00436-2024-
MINAM, se dispuso la publicación del proyecto de Resolución Ministerial que aprueba la “Guía para la evaluación económica de medidas de adaptación y mitigación al cambio climático: Pautas para la cuantificación y estimación de costos y beneficios de las medidas de adaptación y mitigación”, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 19.1 del artículo 19 y los literales c) y e) del numeral 20.1 del artículo 20 del Reglamento que establece disposiciones sobre publicación y difusión de normas jurídicas de carácter general, resoluciones y proyectos normativos, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2024-JUS, en virtud de la cual se recibieron aportes y comentarios al mismo;

Que, según lo establecido en los literales c) y l) del artículo 67 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 108-2023-MINAM, la Dirección General de Cambio Climático y Desertificación es el órgano de línea encargado de proponer y aprobar, cuando corresponda, lineamientos, documentos metodológicos, guías, procedimientos, entre otros instrumentos orientadores de carácter nacional para la reducción de emisiones de gases de efecto invernadero, la adaptación frente a los efectos del cambio climático, la lucha contra la desertificación y la sequía, así como, identificar, proponer y promover, en el marco de sus competencias, documentos metodológicos que orienten la cuantificación y estimación de los costos directos e indirectos de las medidas de adaptación y mitigación, sobre financiamiento climático, así como para todas las fases de REDD+, en coordinación con la Dirección General de Economía y Financiamiento Ambiental y entidades competentes;

Que, bajo este marco legal, a través de los Informes Nº 00315-2025-MINAM/VMDERN/DGCCD y Nº 00107-2025-MINAM/VMDERN/DGCCD/DACCD, la Dirección General de Cambio Climático y Desertificación sustenta y propone la “Guía para la evaluación económica de las medidas de adaptación y mitigación al cambio climático: Pautas para la cuantificación y estimación de los costos y beneficios de las medidas de adaptación y mitigación al cambio climático”, tomando en consideración los aportes y comentarios recibidos durante la publicación, por lo que corresponde su aprobación;

Que, mediante Memorando Nº 00924-2025-MINAM/SG/OGPP, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, en atención al Informe Nº 00350-2025-MINAM/SG/OGPP/OPM de la Oficina de Planeamiento y Modernización, emite opinión favorable sobre la propuesta efectuada por la Dirección General de Cambio Climático y Desertificación;

Que, con Informe Nº 00663-2025-MINAM/SG/OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica emite opinión favorable sobre la aprobación de la “Guía para la evaluación económica de las medidas de adaptación y mitigación al cambio climático: Pautas para la cuantificación y estimación de los costos y beneficios de las medidas de adaptación y mitigación al cambio climático”;

Con el visado del Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales, de la Dirección General de Cambio Climático y Desertificación, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1013, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; la Ley Nº 30754, Ley Marco sobre Cambio Climático y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2019-MINAM; y, la Resolución Ministerial Nº 108-2023-MINAM, que aprueba el Texto Integral del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar la “Guía para la evaluación económica de las medidas de adaptación y mitigación al cambio climático: Pautas para la cuantificación y estimación de los costos y beneficios de las medidas de adaptación y mitigación al cambio climático”, la misma que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en la sede digital del Ministerio del Ambiente (www.gob.pe/minam), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

Juan Carlos Castro Vargas

Ministro del Ambiente

2428919-1