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Fecha de publicación: 03/08/2025
Autorizan viaje del Ministro de Relaciones Exteriores a Japón y a la República de Indonesia y encargan su Despacho al Presidente del Consejo de Ministros

Aprueban el “Instructivo de Trámites Consulares”

Resolución Ministerial

N° 0505-2025-RE

Lima, 31 de julio de 2025

VISTOS:

El memorándum N° DGC022152024, de fecha 20 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares; el memorándum N° OPP040092024, de fecha 19 de diciembre de 2024, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el memorándum N° DGC002202025, de 27 de enero de 2025, de la Dirección General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares; el memorándum N° OPP004652025, de 19 de febrero de 2025, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el memorándum N° OGA017752025, de 12 de marzo de 2025, de la Oficina General de Administración; el memorándum N° LEG005052025, de 18 de marzo de 2025, de la Oficina General de Asuntos Legales; y,

CONSIDERANDO:

Que, el numeral 3 del artículo 5 de la Ley N° 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, establece como función rectora de este Ministerio el “Conducir y normar la organización y funcionamiento del Servicio Exterior y del Servicio Diplomático de la República”;

Que, de conformidad con el artículo 138 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo N° 135-2010-RE, “las Oficinas Consulares son órganos del servicio exterior que dependen orgánicamente del Despacho Viceministerial y funcionalmente de la Dirección General de Comunidades Peruanas en el Exterior, y coordinan con los órganos de línea aquellas materias que sean de su competencia. Son responsables de proteger los intereses del Estado y sus nacionales en sus respectivas jurisdicciones, así como de realizar las actuaciones consulares de conformidad con lo establecido en el Reglamento Consular”;

Que, el Decreto Supremo 032-2023-RE, Reglamento Consular del Perú, tiene por objeto establecer las disposiciones que regulan las funciones consulares y tiene como ámbito de aplicación los órganos y unidades de organización que dirigen, planifican, desarrollan y ejecutan la función consular;

Que, el artículo 159 del Reglamento Consular del Perú establece que el órgano de línea consular supervisa la remisión oportuna de la recaudación consular, así como de la rendición de cuentas en los plazos y modalidades señalados en las directivas sobre la materia;

Que, en concordancia con la Única Disposición Complementaria Final del Reglamento Consular del Perú, mediante Resolución Ministerial N° 0225-2024-RE se aprobó el “Instructivo de Trámites Consulares”, el cual establece las disposiciones generales y especificas referentes a los trámites gestionados en las diferentes Oficina Consulares en el exterior, a fin de guiar la actuación de los funcionarios consulares y personal administrativo consular;

Que, mediante memorándum DGC022152024, de fecha 20 de noviembre de 2024, se solicita la opinión y vistos buenos de la Oficina General de Administración, de la Oficina de Racionalización y Métodos de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y de la Oficina General de Asuntos Legales, respecto al establecimiento, mediante una Directiva, de disposiciones específicas que regulen la recaudación consular y la rendición de cuentas;

Que, en dicho marco, se identificaron como normas específicas que regulan la recaudación consular y la rendición de cuentas —incluido lo referente a los autoadhesivos consulares— al Decreto Supremo N° 046-2014-RE “Disponen que el Ministerio de Relaciones Exteriores, a través de las Oficinas Consulares del Perú en el Exterior, utilicen autoadhesivos consulares para acreditar los pagos por las actuaciones oficiales”; la Resolución Ministerial N° 1207-2015-RE, que aprueba el Reglamento Interno de administración, control y rendición de cuentas de los Autoadhesivos Consulares, la Resolución Ministerial 0130-2015-RE, que aprueba el formato y especificaciones técnicas del autoadhesivo consular y la Resolución Ministerial N° 0111-2023-RE, que aprueba el formato y especificaciones técnicas del Autoadhesivo Consular Digital y autoriza el uso simultáneo del autoadhesivo consular y el autoadhesivo digital;

Que, mediante memorándum N° OPP040092024, de fecha 19 de diciembre de 2024, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto recomienda que el contenido de la propuesta presentada como Directiva, forme parte del Instructivo de Trámites consulares aprobado por la RM N° 0225-2024/RE, dada la vinculación entre materias y en aplicación al principio de razonabilidad, al encontrarse concadenadas.

Que, en consecuencia, con el memorándum DGC002202025, de 27 de enero de 2025, se acoge la recomendación de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y se propone la actualización del Instructivo de Trámites Consulares;

Que, mediante documento de Vistos, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto remite el Informe ORM N° 019-2025, elaborado por la Oficina de Racionalización y Métodos, la que en su calidad de unidad orgánica competente, en virtud de lo dispuesto en el artículo 24 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo N° 135-2010-RE, emite opinión técnica favorable, a fin de actualizar el nuevo “Instructivo de Trámites Consulares” propuesto por la Dirección de General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares;

Con los visados del Despacho Viceministerial, la Secretaría General, la Dirección General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares, la Oficina General de Administración, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y la Oficina General de Asuntos Legales; y,

Estando a lo expuesto y de conformidad con la Ley N° 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo N° 135-2010-RE; y, el Decreto Supremo N° 032-2023, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento Consular del Perú y que modifica el Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República en lo que corresponde a los cargos de los funcionarios consulares;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobación

Se aprueba el “Instructivo de Trámites Consulares”, el cual forma parte integrante de la presente resolución, constituyendo documento de cumplimiento obligatorio por las Oficinas Consulares.

Artículo 2.- Actualización del Instructivo de Trámites Consulares

Se delega en el Director General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares, la facultad de actualizar el Instructivo de Trámites Consulares, de acuerdo con lo señalado en el segundo párrafo de la Disposición Complementaria Final Única “Instructivo de Trámites Consulares” del Reglamento Consular del Perú, aprobado por Decreto Supremo N° 032-2023-RE.

Artículo 3.- Subrogación de Funcionario Consular

Se delega en el Director General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares, la facultad de aprobar la subrogación de los funcionarios consulares.

Artículo 4.- Derogación

Se deroga la Resolución Ministerial N° 0225-2024-RE que aprueba el “Instructivo de Trámites Consulares”, la Resolución Ministerial Nº 1207-2015-RE que aprueba el “Reglamento Interno de administración, control y rendición de cuentas de los Autoadhesivos Consulares”, la Resolución Ministerial 0130-2015-RE, que aprueba el formato y especificaciones técnicas del autoadhesivo consular y la Resolución Ministerial 0111-2023-RE que aprueba el “Formato y Especificaciones Técnicas del Autoadhesivo Consular Digital”.

Artículo 5.- Publicación

Se publica la presente Resolución Ministerial y el “Instructivo de Trámites Consulares” en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano (www.gob.pe/rree), así como en la intranet del Ministerio de Relaciones Exteriores, para su difusión en las Oficinas Consulares, el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial “El Peruano”.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ELMER SCHIALER SALCEDO

Ministro de Relaciones Exteriores

2424393-1