Designan Jefe de la Oficina de Tecnologías de la Información y Comunicaciones del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI
RESOLUCIóN JEFATURAL
N° 000127-2025-INDECI/JEF
San Isidro, 31 de julio del 2025
VISTOS: El Informe Técnico N° 000122-2025-INDECI/URH, de fecha 30 de julio de 2025, de la Unidad de Recursos Humanos; el Proveído N° 020892-2025-INDECI/GG, de fecha 31 de julio de 2025, de la Gerencia General; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Ley N° 29664, modificada por el Decreto Legislativo N° 1587, se creó el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), como sistema interinstitucional, sinérgico, descentralizado, transversal y participativo, con la finalidad de identificar los riesgos asociados a peligros, priorizar la prevención para evitar la generación de nuevos riesgos, reducir o minimizar sus efectos, así como, la preparación y respuesta ante situaciones de emergencia o desastre mediante el establecimiento de principios, lineamientos de política, componentes, procesos e instrumentos de la Gestión del Riesgo de Desastres;
Que, de conformidad con la citada Ley, su reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 048-2011-PCM, modificado por el Decreto Supremo N° 060-2024-PCM y el Decreto Supremo N° 002-2016-DE, el Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, es un organismo público ejecutor, con calidad de pliego presupuestal, adscrito al Ministerio de Defensa, conformante del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres - SINAGERD y responsable técnico de coordinar, facilitar y supervisar la formulación e implementación de la Política Nacional y el Plan Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, en los procesos de preparación, respuesta y rehabilitación;
Que, la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, tiene como objetivo establecer un régimen único y exclusivo para las personas que prestan servicios en las entidades públicas del Estado, así como para aquellas personas que están encargadas de su gestión, del ejercicio de sus potestades y de la prestación de servicios a cargo de estas;
Que, el artículo 2 de la citada Ley establece que los servidores civiles de las entidades públicas se clasifican en los grupos: Funcionarios Públicos, Directivos Públicos, Servidores Civiles de Carrera y Servidores de Actividades Complementarias, precisando que en cualquiera de estos grupos pueden existir servidores de confianza;
Que, el artículo 79 de la precitada Ley N° 30057, señala, entre otros aspectos, que la designación de servidores de confianza se realiza mediante el acto administrativo que corresponda de acuerdo a ley o mediante el acto de administración contemplado en la presente Ley, según sea el caso. Dicha designación debe ser publicada en la página web de la entidad;
Que, asimismo, el mencionado artículo señala que el vínculo entre los servidores de confianza y la entidad se establece en un contrato escrito de naturaleza temporal, cuya vigencia se condiciona a la confianza de quien los designa, y donde se precisan las condiciones de empleo, el puesto a ocupar y la contraprestación a percibir, conforme a lo establecido en el artículo 31 de la citada Ley;
Que, el artículo 163 del Reglamento General de la Ley del Servicio Civil, aprobado por el Decreto Supremo N° 040-2014-PCM, dispone que toda incorporación requiere el cumplimiento del perfil del puesto aprobado en el Manual de Perfiles de Puestos (MPP) y la correspondiente presupuestación en el Cuadro de Puestos de la Entidad (CPE);
Que, el artículo 178 del Reglamento de la Ley N° 30057, aprobado por Decreto Supremo N° 040-2014-PCM, señala los supuestos para realizar una contratación directa estableciendo que en todos estos casos se requiere la verificación por parte de la entidad del cumplimiento del perfil de puesto en relación con los requisitos de formación y experiencia;
Que, el artículo 238 del Reglamento General de la Ley N° 30057, establece que, para el caso de los directivos calificados de confianza, éstos se encuentran exceptuados de lo establecido en los artículos 161, 162 y 163;
Que, mediante la Ley N° 31419, se establecen las disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, comprendiendo dentro del ámbito de aplicación de la citada ley, a las entidades de la administración pública comprendidas en la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil;
Que, mediante Decreto Supremo N° 053-2022-PCM, se aprueba el Reglamento de la Ley N° 31419 y se establecen las disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción y otras disposiciones, establece los requisitos mínimos para cargos o puestos de directivos/as públicos/as a nivel nacional entre otros;
Que, el artículo 28 del Reglamento de la Ley N° 31419, establece el Procedimiento de Vinculación con la entidad, de funcionarios/as y directivos/as públicos de libre designación y remoción que se encuentren bajo el alcance de la Ley Nº 31419 y su reglamento;
Que, mediante Resolución Jefatural N° 000060-2025-INDECI/JEF INDECI, se aprueba el “Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Defensa CiviI”, que en su artículo 35 describe las funciones de la Oficina de Tecnologías de la Información y Comunicaciones;
Que, mediante Resolución de Secretaría General N° D000047-2023-INDECI-SEC, de fecha 31 de marzo de 2023, se aprobó el Manual de Perfiles de Puestos MPP del Instituto Nacional de Defensa Civil, actualizado mediante Resolución de Oficina N° 000067-2024- INDECI-RRHH, de fecha 26 de junio de 2024, el cual contiene los perfiles de puestos de los órganos y unidades orgánicas de la Alta Dirección, Control, Apoyo, Asesoramiento, Línea y Desconcentrado del INDECI, correspondientes al Régimen Laboral de la Ley N° 30057;
Que, a través del Informe Técnico N° 000122-2025-INDECI/URH, de fecha 30 de julio de 2025, la Unidad de Recursos Humanos concluye que el señor RICHARD EDISON VALENZUELA GALLEGOS, cumple con los requisitos establecidos y no se encontraría impedido/a o inhabilitado/a para el ejercicio de la función pública y recomienda que, de acuerdo al numeral 28.4 del Artículo 28 del Reglamento de la Ley N° 31419, y de considerarlo la Alta Dirección, se continúe con el procedimiento para la emisión de la Resolución de designación del profesional propuesto para el puesto de confianza de Jefe de la Oficina de Tecnologías de la Información y Comunicaciones del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI;
Con las visaciones del Gerente General, del Ejecutivo de la Unidad de Recursos Humanos y del Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 30057, modificado por el Decreto Legislativo N° 1450, Ley del Servicio Civil; el Decreto Supremo N° 040-2014-PCM, que aprueba el Reglamento General de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil; la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000112-2024-SERVIR-PE, que formalizó el acuerdo del Consejo Directivo de la Autoridad Nacional del Servicio Civil SERVIR, adoptado en la Sesión N° 12-2024-CD; y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Defensa Civil, aprobado por Resolución Jefatural Nº 000060-2025-INDECI/JEF INDECI;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Designar, al señor RICHARD EDISON VALENZUELA GALLEGOS, en el puesto de confianza de Jefe de la Oficina de Tecnologías de la Información y Comunicaciones del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, de acuerdo al Cuadro de Puestos de la Entidad (CPE), bajo el régimen de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, a partir de la fecha de publicación de la presente resolución.
Artículo 2.- Precísese que el vínculo generado en virtud de la presente resolución se regirá exclusivamente por el régimen de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil y sus modificatorias, su Reglamento y las normas que emita la Autoridad Nacional del Servicio Civil (SERVIR), como ente rector del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos.
Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Jefatural en el portal institucional (www.gob.pe/indeci), en la misma fecha de publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.
Artículo 4.- Disponer que la Gerencia General, remita copia al interesado, a la Unidad de Recursos Humanos y a la Oficina de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, para su conocimiento y fines correspondientes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ALBERTO LOZADA FRIAS
Jefe del INDECI
2423803-1