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Fecha de publicación: 22/07/2025
Declaran Patrimonio Cultural de la Nación a los “Libros de Nacionalización de los Concejos Provinciales” 1866 - 1960 de la Superintendencia Nacional de Migraciones

Designan Director Ejecutivo del Fuero Militar Policial

Resolución Administrativa

N° 012-2025-FMP/CE/P

Lima, 17 de julio de 2025

VISTO:

El Memorándum N° 628-2025-FMP/SG del 16 de julio 2025 del Secretario General del Fuero Militar Policial, la Resolucion Administrativa N° 034-2025-FMP/P del 04 de marzo 2025 del Presidente del Fuero Militar Policial, el Informe de Cumplimiento N° 008-2025-FMP/DRRHH del 10 de julio 2025 del Director de Recursos Humanos del Fuero Militar Policial, la Carta N 001/JCAM del 30 de junio 2025, la Certificación del Secretario General del Fuero Militar Policial del 16 de julio 2025, y el Informe Legal N° 125-2025-FMP/OAJ del 17 de julio 2025 del Jefe (e) de la Oficina de Asesoria Jurídica del Fuero Militar Policial.

CONSIDERANDO:

Que, la Ley N° 29182, Ley de Organización y Funciones del Fuero Militar Policial, en el artículo I de su Título Preliminar, establece la naturaleza, estructura, organización, competencia, jurisdicción, funciones y atribuciones del Fuero Militar Policial, como órgano jurisdiccional autónomo, independiente e imparcial;

Que, la Ley N° 29182 en el artículo 51° establece “La Dirección Ejecutiva es el órgano de más alta jerarquía administrativa y depende del Presidente del Fuero Militar Policial. El Director Ejecutivo es designado por el Consejo Ejecutivo del Fuero Militar Policial a propuesta de su Presidente”;

Que, mediante Resolución Administrativa N° 065-2022-FMP/CE/SG del 29 de agosto 2022, se aprobó las modificaciones al Reglamento de Organización y Funciones del Fuero Militar Policial, el cual establece: “artículo 6° Atribuciones del Consejo Ejecutivo, establece en el numeral 4 designar y remover al Director Ejecutivo.”, y en artículo 8° Funciones de la Presidencia del Fuero Militar Policial, establece en el numeral 10 emitir resoluciones relativas a sus funciones”;

Que, el Reglamento de Organización y Funciones del Fuero Militar Policial”, modificado por Resolución Administrativa N° 065-2022-FMP/CE/SG, en su artículo 8° Funciones de la Presidencia del Fuero Militar Policial, establece en el numeral ”8) Disponer la contratación y remoción del personal de funcionarios, servidores y personal de confianza, con arreglo a la normativa sobre la materia” entre otros;

Que, mediante Resolución Administrativa
N° 034-2025-FMP/P del 04 de marzo 2025, a mérito del Acta del Consejo Ejecutivo del Fuero Militar Policial N° 003-2025-FMP iniciada el 28 de febrero 2025 y concluida el 03 de marzo 2025, se designó al señor Capitán de Navío ADM (R) Juan Carlos ALVARADO MONDOÑEDO, en el cargo de Director Ejecutivo del Fuero Militar Policial;

Que, el señor Capitán de Navío ADM (R) Juan Carlos ALVARADO MONDOÑEDO, mediante Carta N 001/JCAM ingresada por Mesa de Parte del Fuero Militar Policial con fecha 01 de julio 2025, presenta su renuncia, al cargo de Director Ejecutivo del Fuero Militar Policial;

Que, mediante Informe de Cumplimiento N° 008-2025-FMP/DE/DRRHH del 10 de julio 2025, la Directora de Recursos Humanos del Fuero Militar Policial concluye “que de la evaluación curricular realizada, respecto a la formación académica y experiencia del Magister Ruperto Andrés TABOADA DELGADO, se determina que, el profesional en mención cumple con los requisitos establecidos en el Reglamento de la Ley N° 31419 y en el Manual de Clasificador de cargos del Fuero Militar Policial para el cargo de Director Ejecutivo y, no tendría impedimento para su designación como Director Ejecutivo del Fuero Militar Policial”;

Que, el Reglamento de la Ley N° 31419, aprobado mediante Decreto Supremo N° Decreto Supremo Nº 053-2022-PCM, establece en el artículo 28° lo siguiente: (…)“28.2.Verificación de cumplimiento del perfil de puesto. La Oficina de Recursos Humanos, o la que haga sus veces, verifica el cumplimiento de los requisitos, emitiendo el informe de cumplimiento, o no cumplimiento, de corresponder”; numeral “28.3 Verificación de impedimentos para el acceso a la función pública. El informe que emita la Oficina de Recursos Humanos, o la que haga sus veces, debe contener la verificación de que la persona propuesta no cuente con impedimentos para el acceso a la función pública. Para tal efecto se revisa obligatoriamente la información proporcionada por la Plataforma de Debida Diligencia del Sector Público, el Registro Nacional de Sanciones contra Servidores Civiles, el Registro de Deudores de Reparaciones Civiles y el Registro de Deudores Alimentarios Morosos, de encontrarse inscrito en este último deberá cancelar el registro o autorizar el descuento por planilla o por otro medio de pago, previo a la expedición de la resolución de designación correspondiente, de acuerdo a la Ley Nº 28970, Ley que crea el registro de Deudores Alimentarios Morosos. Adicionalmente, debe considerarse los registros disponibles vinculados a cargos y funciones específicas creadas con normas con rango de ley, según se detalla en el Compendio Normativo sobre Impedimentos para el Acceso a la Función Pública, Anexo Nº 01 al presente Reglamento. Asimismo, la Oficina de Recursos Humanos, o la que haga sus veces, requiere a la persona propuesta la suscripción de la Declaración Jurada, Anexo Nº 02, de no tener impedimentos para ser designado”; numeral 28.4. Designación y publicación. De haberse emitido el informe que contiene la revisión al cumplimiento del perfil y de impedimentos para el acceso a la función pública, la entidad puede continuar con el procedimiento para la emisión de la Resolución de designación, la cual se publica en la sede digital de la entidad, y en el diario oficial El Peruano, de corresponder”;

Que, el Secretario General del Fuero Militar Policial, mediante Certificación del 16 de julio 2025; de conformidad a lo previsto en el artículo artículo 113° numeral 113.2 del TUO de la Ley N° 27444; Certifica que: “En sesión del Consejo Ejecutivo de fecha 16 de julio del presente año, se aprobaron POR MAYORIA, los acuerdos siguientes: ACEPTAR, la renuncia presentada por el señor Capitán de Navío ADM (R) Juan Carlos ALVARADO MONDOÑEDO, y DESIGNAR, al señor Ruperto Andrés TABOADA DELGADO, en el cargo de Director Ejecutivo del Fuero Militar Policial”;

Que, el TUO de la Ley N° 27444, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, establece en su artículo “Artículo 113° Acta de sesión numeral 113.1 De cada sesión es levantada un acta, que contiene la indicación de los asistentes, así como del lugar y tiempo en que ha sido efectuada, los puntos de deliberación, cada acuerdo por separado, con indicación de la forma y sentido de los votos de todos los participantes. El acuerdo expresa claramente el sentido de la decisión adoptada y su fundamento; y numeral 113.2 El acta es leída y sometida a la aprobación de los miembros del órgano colegiado al final de la misma sesión o al inicio de la siguiente, pudiendo no obstante el Secretario certificar los acuerdos específicos ya aprobados, así como el pleno autorizar la ejecución inmediata de lo acordado (…);

A lo acordado por el Consejo Ejecutivo del Fuero Militar Policial, a lo propuesto por el Secretario General del Fuero Militar Policial, a lo recomendado por el Director de Recursos Humanos del Fuero Militar Policial, y lo opinado por el Jefe (e) de la Oficina de Asesoría Jurídica del Fuero Militar Policial.

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- DAR POR CONCLUIDA LA DESIGNACION, del señor Capitán de Navío ADM (R) Juan Carlos ALVARADO MONDOÑEDO, en el cargo de confianza de Director Ejecutivo del Fuero Militar Policial, por renuncia al cargo a partir de la expedición de la presente Resolución, dando por concluido el vínculo laboral.

Artículo 2°.- DESIGNAR, al señor Magister Ruperto Andrés TABOADA DELGADO, a partir de la expedición de la presente Resolución, en el cargo de confianza de Director Ejecutivo del Fuero Militar Policial.

Artículo 3°.- DISPONER a la Oficina de Tecnologías de la Información del Fuero Militar Policial la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional del Fuero Militar Policial (www.fmp.gob.pe) y en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el diario oficial “El Peruano”.

Regístrese, comuníquese, publíquese.

ARTURO ANTONIO GILES FERRER

Presidente del Fuero Militar Policial

2421458-1