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Fecha de publicación: 12/07/2025
Aprueban “Lineamientos para que los Gobiernos Regionales informen sobre la adquisición, stock en sus almacenes, distribución y atención de Bienes de Ayuda Humanitaria – BAH, en el marco de las emergencias registradas en el Sistema de Información Nacional para la Respuesta y Rehabilitación (SINPAD)”

Decreto Supremo que autoriza la Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025 a favor de la Superintendencia Nacional de Migraciones

DECRETO SUPREMO

Nº 145-2025-EF

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, el numeral 18.1 del artículo 18 de la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, dispone que con el fin de financiar la implementación de las políticas públicas, se autoriza, excepcionalmente, en el Año Fiscal 2025, a los Ministerios y a las entidades que pertenezcan a su Sector, a efectuar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, entre el respectivo Ministerio y las entidades de su Sector o entre estas últimas; las que se aprueban mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro del Sector correspondiente, a propuesta de este último; asimismo, el numeral 18.2 del referido artículo, señala que la implementación de las políticas públicas se financia con cargo al presupuesto institucional del Ministerio respectivo y de las entidades que pertenezcan a su Sector, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público;

Que, mediante el Oficio Nº 000189-2025-IN-DM, complementado mediante el Oficio Nº 001421-2025-IN-OGPP, el Ministerio del Interior solicita una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional, hasta por la suma de S/ 3 075 776,00 (TRES MILLONES SETENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS SETENTA Y SEIS Y 00/100 SOLES), por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de la Superintendencia Nacional de Migraciones, para financiar el incremento de la capacidad operativa de dicha Entidad en la ejecución del control migratorio de ciudadanos nacionales y extranjeros por la mayor afluencia de pasajeros en el nuevo Aeropuerto Internacional Jorge Chávez mediante la contratación de los servicios de orientación e inspección de control migratorio, servicios complementarios de control migratorio en las Salas de Análisis de Movimiento Migratorio y servicios de soporte técnico informático para las aplicaciones y equipamiento implementado del sistema de control migratorio, que contribuye al cumplimiento del Objetivo Estratégico Sectorial (OES) 01 Reducir la victimización de los ciudadanos en el ámbito nacional del Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) del Sector Interior al 2030, aprobado por la Resolución Ministerial Nº 1912-2023-IN, así como del Eje II Control Territorial estratégico del Plan Perú Seguro, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 0007-2024-IN y del Objetivo Prioritario (OP) 3 Reducir la victimización por los delitos de robo y hurto en espacios públicos de la Política Nacional Multisectorial de Seguridad Ciudadana al 2030, aprobada mediante Decreto Supremo Nº 006-2022-IN, en el marco de lo establecido en el numeral 18.1 del artículo 18 de la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; adjuntando, para dicho efecto, el Informe Nº 000728-2025-IN-OGPP-OP de la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del referido Ministerio, con los respectivos sustentos;

Que, mediante el Memorando Nº 2563-2925-EF/53.04, que adjunta el Informe Nº 2539-2025-EF/53.04, la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas, remite el costo estimado del personal Activo, personal bajo el régimen del Decreto Legislativo Nº 1057, Decreto Legislativo que regula el régimen especial de contratación administrativa de servicios, modalidades formativas, Pensionistas Titulares y Pensionistas Sobrevivientes del Ministerio del Interior y de la Superintendencia Nacional de Migraciones; así como de sesenta y ocho (68) nuevas posiciones bajo el régimen del Decreto Legislativo Nº 1057, correspondientes al periodo de agosto a diciembre de 2025, de la Superintendencia Nacional de Migraciones;

Que, en consecuencia, corresponde autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, hasta por la suma de S/ 3 075 776,00 (TRES MILLONES SETENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS SETENTA Y SEIS Y 00/100 SOLES), por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, con cargo a los recursos del presupuesto institucional del Ministerio del Interior, a favor de la Superintendencia Nacional de Migraciones, para los fines señalados en los considerandos precedentes;

De conformidad con lo establecido en el artículo 18 de la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025;

DECRETA:

Artículo 1.- Objeto

Autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, hasta por la suma de S/ 3 075 776,00 (TRES MILLONES SETENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS SETENTA Y SEIS Y 00/100 SOLES), por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de la Superintendencia Nacional de Migraciones, para financiar el incremento de la capacidad operativa de dicha Entidad en la ejecución del control migratorio de ciudadanos nacionales y extranjeros por la mayor afluencia de pasajeros en el nuevo Aeropuerto Internacional Jorge Chávez mediante la contratación de los servicios de orientación e inspección de control migratorio, servicios complementarios de control migratorio en las Salas de Análisis de Movimiento Migratorio y servicios de soporte técnico informático para las aplicaciones y equipamiento implementado del sistema de control migratorio, en el marco de lo establecido en el artículo 18 de la Ley Nº 32185 Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, con cargo a los recursos del presupuesto institucional del Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle:

DE LA: En Soles

SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central

PLIEGO 007 : M. del Interior

UNIDAD EJECUTORA 002 : Dirección de Economía y Finanzas de la PNP

CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9001 : Acciones Centrales

ACTIVIDAD 5000005 : Gestión de Recursos Humanos

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios

GASTO CORRIENTE

2.1 Personal y Obligaciones Sociales 3 075 776,00

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TOTAL EGRESOS 3 075 776,00

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A LA: En Soles

SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central

PLIEGO 073 : Superintendencia Nacional de Migraciones

UNIDAD EJECUTORA 001 : Superintendencia Nacional de Migraciones – MIGRACIONES

CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9001 : Acciones Centrales

ACTIVIDAD 5000003 : Gestión Administrativa

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios

GASTO CORRIENTE

2.3 Bienes y servicios 195 375,00

CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones presupuestarias que no resultan en productos

ACTIVIDAD 5005375 : Fortalecimiento de la plataforma tecnológica

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios

GASTO CORRIENTE

2.3 Bienes y servicios 268 800,00

ACTIVIDAD 5005376 : Fortalecimiento de los servicios migratorios

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios

GASTO CORRIENTE

2.1 Personal y obligaciones sociales 1 174 070,00

2.3 Bienes y servicios 1 437 531,00

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TOTAL EGRESOS 3 075 776,00

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Artículo 2.- Procedimiento para la aprobación institucional

2.1 El Titular del pliego habilitador y del pliego habilitado en la presente Transferencia de Partidas aprueban, mediante resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 del presente Decreto Supremo, a nivel programático, dentro de los cinco (5) días calendario contados desde la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la resolución se remite dentro de los cinco (5) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.

2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados solicita a la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.

2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados instruye a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas de Modificación Presupuestaria” que se requieran como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.

Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos

Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 4.- Refrendo

El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro del Interior.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los once días del mes de julio del año dos mil veinticinco.

DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA

Presidenta de la República

RAÚL PÉREZ REYES ESPEJO

Ministro de Economía y Finanzas

CARLOS ALBERTO MALAVER ODIAS

Ministro del Interior

2418853-1