Aprueban implementación del Expediente Judicial Electrónico (EJE) y la Mesa de Partes Electrónica (MPE) - piloto en la especialidad Penal, en el Proceso Especial de Flagrancia en la Corte Superior de Justicia de Lima Sur
Consejo Ejecutivo
RESOLUCIóN ADMINISTRATIVA
N° 000227-2025-CE-PJ
Lima, 8 de julio del 2025
VISTOS:
El Oficio N° 000056-2025-P-CT-EJE-PJ cursado por la señora Consejera Elvia Barrios Alvarado, Presidenta de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico del Poder Judicial.
CONSIDERANDO:
Primero. Que, la señora Consejera Elvia Barrios Alvarado, Presidenta de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico del Poder Judicial, mediante Oficio N° 000056-2025-P-CT-EJE-PJ, solicita a este Órgano de Gobierno la aprobación de la propuesta de implementación del Expediente Judicial Electrónico (EJE) y Mesa de Partes Electrónica (MPE) - piloto en la especialidad Penal, en el Proceso Especial de Flagrancia en la Corte Superior de Justicia de Lima Sur, en el marco de la Resolución Administrativa N° 000043-2025-CE-PJ y política institucional de transformación digital que promueve el Poder Judicial.
Segundo. El Expediente Judicial Electrónico promovido por la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico es parte del fortalecimiento de la transformación digital del Poder Judicial; previsto como Objetivo Estratégico (OEI 0.5) del Plan Estratégico Institucional (PEI) 2021-2030, aprobado mediante Resolución Administrativa N° 000136-2021-P-PJ y modificado mediante Resolución Administrativa N° 000052-2024-P-PJ. En ese sentido, el Expediente Judicial Electrónico desde su lanzamiento en el 2017 mediante la Resolución Administrativa N° 005-2017-CE-PJ, hasta la fecha, viene impulsando el uso de las nuevas Tecnologías de la Información y Comunicaciones (TIC) en los procesos judiciales, a efecto de asegurar la celeridad y la transparencia en la solución de los conflictos que están a cargo de los órganos jurisdiccionales en concordancia con los objetivos estratégicos del Plan Estratégico Institucional del Poder Judicial.
Tercero. Mediante la Resolución Administrativa N° 000043-2025-CE-PJ, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial aprueba el “Plan Anual de Actividades de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico (EJE) para el periodo 2025”, el cual considera acciones organizadas en dos grupos: I) Procesos jurisdiccionales se ejecutan en medios virtuales y con menor desplazamiento de usuarios y elevada disposición al uso de Tecnologías de Información y Comunicaciones (TIC) en los procesos jurisdiccionales y administrativos; II) Eficaz soporte de los procesos de decisión e información para los servicios judiciales que brinda el Poder Judicial.
Cuarto. La Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico desde su conformación, a través de su Secretaría Técnica, ha venido desarrollando actividades de implementación del Expediente Judicial Electrónico (EJE) y la Mesa de Partes Electrónica (MPE) en treinta y cinco Cortes Superiores de Justicia, concretado en mil cuatrocientos dos órganos jurisdiccionales que ya disponen de los beneficios del Expediente Judicial Electrónico, en las especialidades: Laboral-Nueva Ley Procesal del Trabajo, Laboral - subespecialidad Contencioso Administrativo Laboral y Previsional, Contencioso Administrativo subespecialidades Tributario, Aduanero y Temas de Mercado, Civil subespecialidad Comercial, Civil subespecialidad Constitucional en materia de acción de amparo y Civil-Litigación Oral, así como en Familia en la subespecialidad Violencia Contra la Mujer e Integrantes del Grupo Familiar y Familia Civil Alimentos para Niñas, Niños y Adolescentes. El número de órganos jurisdiccionales incluye trece órganos jurisdiccionales correspondientes a la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada - etapa intermedia, en atención a lo dispuesto en la Resolución Administrativa N° 000138-2020-P-CE-PJ y la implementación del Expediente Judicial Electrónico en tres órganos jurisdiccionales de la Corte Suprema de Justicia de la República: la Sala Penal Permanente, Sala Penal Especial y el Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria, aprobada por el Consejo Ejecutivo mediante Resolución Administrativa N° 000135-2022-P-CE-PJ, totalizándose a dieciséis órganos jurisdiccionales implementados con el Expediente Judicial Electrónico en la especialidad penal.
Quinto. Los resultados obtenidos por la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico, que promueve la implementación del Expediente Judicial Electrónico y cuyos objetivos están enmarcados en el Plan Estratégico Institucional (PEI) 2021-2030, se enlazan con las Políticas Públicas Nacionales: La Política General de Gobierno para el período 2021-2026 (D.S. N° 164-2021-PCM), en lo referente a impulsar el Gobierno y Transformación Digital con Equidad, la Política Nacional de Competitividad y Productividad 2019-2030 (D.S. N° 345-2018-EF), el Plan Nacional de Competitividad y Productividad al 2030 (D.S. N° 237-2019-EF), la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública (D.S. N° 004-2013-PCM) y la Estrategia Nacional de Implementación del Sistema Nacional Especializado de Justicia para la Protección y Sanción de la Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar 2021-2026 (D.S. N° 011-2021-MIMP). La Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico es también cooperante activo en la implementación de la Política Pública de Reforma del Sistema de Justicia en el Poder Judicial (Resolución Administrativa N° 338-2022-CE-PJ).
Sexto. Que, la Secretaría Técnica de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico ha elaborado el Informe N° 041-2025-ST-CT-EJE-PJ, teniendo como sustento el Oficio N° 001212-2025-GTI-GG-PJ de la Gerencia de Tecnologías de Información que gestiona el Informe N° 000084-2025-CPY-SDSI-GTI-GG-PJ, en el cual propone la implementación del Expediente Judicial Electrónico (EJE) y la Mesa de Partes Electrónica (MPE) - piloto ”EJE FLAGRANCIA”, orientado en optimizar la tramitación de procesos por delito flagrante en la especialidad Penal, en la Corte Superior de Justicia de Lima Sur. Así como, el Oficio N° 000627-2025-OCP-GG-PJ, de la oficina de Coordinación de Proyectos de la Gerencia General, en atención a la invitación de participación por parte de la Gerencia de Tecnologías de Información, expresa su disposición para coordinar las acciones técnicas necesarias que permitan la ejecución del proyecto piloto “EJE Flagrancia” en la Corte Superior de Justicia de Lima Sur. Asimismo, mediante Oficio N° 000568-2025-ST-UETI-CPP-PJ, proveniente de la Secretaría Técnica de la Unidad del Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, expresa su conformidad de dicho proyecto; señalando que “ Dicha Iniciativa se alinea con los objetivos estratégicos institucionales de modernización del servicio de justicia, orientados a la eficiencia procesal y la transformación digital, valoramos los criterios técnicos y operativos considerados en el análisis desarrollado por la Subgerencia de Desarrollo de Sistemas de Información, así como la disposición de la Oficina de Coordinación de Proyectos para articular esfuerzos interinstitucionales en el marco de la validación e implementación del piloto, de igual forma, reiteran su disposición en colaborar desde el ámbito funcional del proceso penal para fin de optimizar el referido proyecto piloto.”
Séptimo. En consecuencia, existiendo la necesidad de continuar con las implementaciones del Expediente Judicial Electrónico, como parte de las acciones de fortalecimiento de transformación digital, y estando en ejecución las actividades correspondientes al Plan Operativo Institucional del Expediente Judicial Electrónico y Plan de Actividades de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial, se propone iniciar la implementación del Expediente Judicial Electrónico (EJE) y la Mesa de Partes Electrónica (MPE) - piloto en la especialidad Penal, en el Proceso Especial de Flagrancia en la Corte Superior de Justicia de Lima Sur.
Octavo. Que, el artículo 82, inciso 26, del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial establece que es atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, emitir acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias judiciales del Poder Judicial funcionen con celeridad y eficiencia.
Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 848-2025 de la vigésima sexta sesión descentralizada del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, llevada a cabo en la Corte Superior de Justicia de Cusco, de fecha 23 de junio de 2025, realizada con la participación de las señoras Tello Gilardi y Barrios Alvarado, y los señores Bustamante Zegarra, Cáceres Valencia y Zavaleta Grández; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad,
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Aprobar la implementación del Expediente Judicial Electrónico (EJE) y la Mesa de Partes Electrónica (MPE) - piloto en la especialidad Penal, en el Proceso Especial de Flagrancia en la Corte Superior de Justicia de Lima Sur. En consecuencia, disponer la conformación de un Comité de Proyectos y un Comité de Usuarios para la implementación del Expediente Judicial Electrónico en dicha Sede Judicial.
Artículo Segundo.- Encargar a la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico del Poder Judicial, a través de los órganos de línea de la Gerencia General del Poder Judicial y de acuerdo a sus competencias, ejecutar las acciones necesarias para la implementación del Expediente Judicial Electrónico y la Mesa de Partes Electrónica en la mencionada Corte Superior.
Artículo Tercero.- Encargar a la Presidencia de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico del Poder Judicial, realizar las coordinaciones interinstitucionales necesarias para la ejecución del artículo primero de la presente resolución, en coordinación con la Corte Superior de Justicia de Lima Sur.
Artículo Cuarto.- Notificar la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Presidencia de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico, Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, Corte Superior de Justicia de Lima Sur; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
JANET TELLO GILARDI
Presidenta
2417741-1