Convocan al proceso de elección de miembros del Consejo de Usuarios del OSIPTEL para el periodo 2025-2027
RESOLUCIóN N° 000106-2025-PE/OSIPTEL
San Borja, 7 de julio del 2025
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MATERIA: |
Convocatoria a Elecciones de los miembros del Consejo de Usuarios del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones para el periodo 2025-2027 |
VISTOS:
La Ley N° 27332 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 042-2005-PCM (la Ley y su Reglamento); la Resolución de Consejo Directivo N° 060-2025-CD/OSIPTEL; y el Informe N° 00001-CE.CU/2025 del Comité Electoral del 3 de julio de 2025.
CONSIDERANDO:
Que, conforme con lo establecido en el artículo 15 del Reglamento de la Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos, aprobado por Decreto Supremo N° 042-2005-PCM (en adelante, Reglamento de la Ley Marco de los Organismos Reguladores), corresponde al Consejo Directivo de cada organismo regulador determinar el número de miembros del Consejo de Usuarios, así como las normas aplicables a los procesos correspondientes.
Que, mediante la Resolución de Consejo Directivo N° 060-2025-CD/OSIPTEL, publicada en el diario oficial El Peruano el día 25 de junio de 2025, se aprobó el Reglamento del Consejo de Usuarios del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones, el cual establece la conformación del Consejo de Usuarios, así como las reglas del proceso de elección de los miembros del Consejo de Usuarios del Osiptel;
Que, en atención al próximo cese de funciones de los actuales miembros del Consejo de Usuarios 2023-2025, resulta necesario emitir las disposiciones correspondientes para la elección del Consejo de Usuarios correspondiente al período 2025-2027, a fin de no afectar su continuidad;
Que, de acuerdo con el artículo 20 del Reglamento de la Ley Marco de los Organismos Reguladores, corresponde al Presidente Ejecutivo del OSIPTEL efectuar la convocatoria correspondiente a dicha elección;
Con la opinión favorable de la Oficina de Asesoría Jurídica y con la conformidad de la Gerencia General;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Convocatoria
Convóquese al proceso de elección de miembros del Consejo de Usuarios del OSIPTEL para el periodo 2025-2027 (el Consejo), que estará representado por un mínimo de tres (3) miembros y un máximo de nueve (9) miembros de diferentes regiones.
Artículo 2.- Propuesta de Candidatos
Pueden inscribirse y presentar candidatos al proceso de elección, las siguientes organizaciones:
2.1 Las asociaciones de consumidores y usuarios que se encuentren debidamente constituidas e inscritas en el Registro Público correspondiente a su región, y cuyo domicilio principal se encuentre ubicado en la misma región a la que pertenece el candidato propuesto;
2.2 Los colegios profesionales ubicados a nivel regional o Consejos Departamentales, cuya especialidad tenga correspondencia con las materias propias de los servicios públicos de telecomunicaciones;
2.3 Las universidades públicas y privadas que se encuentren ubicadas a nivel regional, que cuenten con facultades relacionadas con las materias propias de los servicios públicos de telecomunicaciones, tales como Derecho, Ingeniería y de Economía; y,
2.4 Las organizaciones sin fines de lucro constituidas a nivel regional, vinculadas al mercado de los servicios públicos de telecomunicaciones; y las organizaciones del sector empresarial no vinculadas al mercado de los servicios públicos de telecomunicaciones.
Cada organización puede presentar sólo un (1) candidato. Para dichos efectos, debe entregar la ficha de presentación debidamente llenada y firmada, adjuntando la información requerida en ella y cumplir los requisitos de candidato elegible, conforme a lo establecido en los artículos 11 y 13 del Reglamento del Consejo de Usuarios del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones.
Artículo 3.- Procedimiento del proceso electoral y priorización por regiones
En el anexo 1, 2 y 3 de la presente convocatoria se establece el procedimiento del proceso electoral, la priorización de regiones y los centros de votación para el caso en que los candidatos elegibles requieran apoyo en la votación digital.
Artículo 4.- Cronograma del proceso de elección
Aprobar el siguiente cronograma del proceso de elección, el cual será publicado en la página web institucional del OSIPTEL.
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Etapa |
Plazos |
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Inscripción en el Padrón Electoral / Presentación de Candidatos - Fecha límite |
20/08/2025 |
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Publicación de candidatos elegibles |
16/09/2025 |
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Elección, escrutinio y proclamación |
26/09/2025 |
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Fecha máxima de difusión de resultados y publicación |
06/10/2025 |
Artículo 5.- Notificación
Encargar a la Gerencia General disponer de las acciones necesarias para la notificación de la presente resolución, vía correo electrónico, a las Asociaciones de Consumidores y Usuarios señaladas en el Registro del INDECOPI, en concordancia con las disposiciones emitidas mediante el Decreto Supremo N° 075-2023-PCM.
Artículo 6.- Publicación
Encargar a la Gerencia General que disponga las acciones necesarias para:
6.1 La publicación de la presente Resolución en el diario oficial El Peruano, así como en la página web institucional.
6.2 La publicación del aviso de convocatoria en un diario local de mayor circulación de cada una de las regiones y/o en un diario de mayor circulación a nivel nacional, así como en la página web institucional y en carteles colocados en lugares visibles del OSIPTEL y de las Oficinas Regionales de Servicios.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JESUS EDUARDO GUILLEN MARROQUÍN
Presidente Ejecutivo (e)
ANEXO 1
SISTEMA DE VOTACIÓN EN LÍNEA
El Comité Electoral podrá establecer, precisar o modificar los aspectos necesarios para el buen desarrollo del Sistema de Votación, debiendo comunicarlo a todas las Organizaciones participantes, con una anticipación no menor de un día hábil previo a la realización del acto de elección.
ÚNICA VOTACIÓN: Se eligen los candidatos con mayor cantidad de votos válidos, cumpliendo las reglas de selección y representación regional.
El proceso electoral se realizará de forma virtual. De manera, excepcional los Representantes que ejerzan el derecho a voto y que requieran del servicio de acceso a Internet para ingresar a la plataforma de votación virtual, previa comunicación expresa, podrán utilizar cualquiera de las sedes del Osiptel (Anexo 3).
1. Envío de credenciales (08:00 horas)
El Comité Electoral enviará por correo electrónico a cada representante acreditado:
- Enlace a la plataforma de votación.
- Usuario y contraseña.
2. Inicio del sufragio (09:00 horas)
- Se habilita la plataforma de votación digital. Los representantes ya pueden ingresar y votar.
- Se toma asistencia a los representantes acreditados, conectados a la plataforma digital.
- De no contar con los 2/3 de los representantes, se dará un receso de treinta (30) minutos y se volverá a pasar lista.
3. Emisión de Votos
- Al representante de cada organización inscrita en el padrón electoral le corresponde emitir un voto. Cada elector recibe dos cédulas digitales para ejercer su voto.
4. Primera cédula - Elección de Asociaciones de Usuarios y Consumidores
- Votar por mínimo uno (1) y máximo tres (3) candidatos elegibles.
5. Segunda cédula - Elección de otros estamentos
- Votar por mínimo tres (3) y máximo seis (6) candidatos elegibles.
6. Escrutinio
- La elección se realizará en orden descendente (de mayor a menor cantidad de votos) por tipo de cédula y según la cantidad máxima de candidatos elegibles en cada una de ellas.
- No se puede elegir a candidatos electos de la misma región, debiendo priorizarse a los candidatos de las asociaciones, de ser el caso.
- En caso de empate regional entre candidatos, se aplica la priorización por regiones. Si persiste el empate, se realizará un sorteo aleatorio.
- De no elegirse la cantidad máxima de candidatos de una cédula podrá completarse con los candidatos de la otra cédula de una región diferente, que no hayan sido elegidos y cuenten con mayor cantidad de votos.
ANEXO 2
REGIONES PRIORIZADAS
ANEXO 3
LOCALES INSTITUCIONALES PARA ELEGIR POR LOS REPRESENTANTES QUE EJERZAN EL DERECHO A VOTO Y QUE REQUIERAN DEL SERVICIO DE INTERNET
1. Región de Amazonas
Jr. Ayacucho 1171, Chachapoyas, Amazonas
2. Región de Ancash
Av. Francisco Bolognesi 488, Chimbote.
3. Región de Apurímac
Av. Andrés Avelino Cáceres 209, Abancay, Apurímac
4. Región de Arequipa
Calle Francisco Mostajo 313, Yanahuara, Arequipa
5. Región de Ayacucho
Av. Mariscal Cáceres 1213 - Huamanga, Ayacucho
6. Región de Cajamarca
Av. Andrés Zevallos De La Puente 2266, Urb. San Roque - Cajamarca
7. Región de Cusco
Av. Tacna 102-104. Wanchaq - Cusco
8. Región de Huancavelica
Jr. Virrey Toledo Oeste N° 315, Plaza de Armas de Huancavelica - Huancavelica
9. Región de Huánuco
Jr. Crespo y Castillo 776 - 778 - Huánuco
10. Región de Ica
Av. Conde de Nieva 446 - Ica (Referencia: Sede INDECOPI)
11. Región de Junín
Jr. Cusco 288 - Huancayo - Junín
12. Región de La Libertad
Calle Paraguay 139 - Urb. El Recreo - Trujillo
13. Región de Lambayeque
Calle Cristóbal Colón 432 - Chiclayo - Lambayeque
14. Región de Lima
Av. Parque Norte 1180 - San Borja - Lima
15. Región de Loreto
Calle Ricardo Palma 469 - Iquitos - Iquitos - Maynas - Loreto
16. Región de Madre de Dios
Av. Dos de Mayo 695 - Puerto Maldonado, Tambopata - Madre de Dios
17. Región de Moquegua
Calle Tacna N° 625 - Mariscal Nieto. Moquegua
18. Región de Pasco
Av. Circunvalación Túpac Amaru 175, distrito de Chaupimarca, Pasco.
19. Región de Piura
Jr. Arequipa 1074 - Piura
20. Región de Puno
Jr. Arequipa 951-Cercado - Puno
21. Región de San Martín
Jr. Jiménez Pimentel 137 - 139 - Tarapoto - San Martín
22. Región de Tacna
Av. Bolognesi 193 - Tacna
23. Región de Tumbes
Jr. Francisco Bolognesi N° 198-B - Tumbes
24. Región de Ucayali
Jr. Tarapacá 609 - Callería Coronel Portillo - Ucayali
2417367-1