Logo El Peruano
Fecha de publicación: 08/07/2025
Otorgan la Condecoración “Medalla al Defensor de la Democracia” a personas propuestas por la Policía Nacional del Perú, el Ejército del Perú, la Marina de Guerra del Perú, la Fuerza Aérea del Perú y el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas

Crean despachos fiscales en la Fiscalía Provincial Mixta Corporativa de Pataz, en la Fiscalía Provincial Especializada en Materia Ambiental de La Libertad y en la Fiscalía Provincial Transitoria Especializada en Materia Ambiental de La Libertad

RESOLUCIÓN DE LA JUNTA

DE FISCALES SUPREMOS

Nº 041-2025-MP-FN-JFS

Lima, 1 de julio de 2025

VISTOS:

La Constitución Política del Perú; el Decreto de Urgencia Nº 006-2025 del 9 de mayo de 2025; el informe Nº 000002-2025-MP-FN-PJFSLALIBERTAD del 10 de marzo de 2025, cursado por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de La Libertad; el informe Nº 000059-2025-MP-FN-STI-NCPP del 17 de marzo de 2025, suscrito por el gerente de la Oficina Técnica de Implementación del Nuevo Código Procesal Penal; el informe Nº 000004-2025-MP-FN-PJFSLALIBERTAD del 27 de marzo del 2025, suscrito por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de La Libertad; el informe Nº 000014-2025-MP-FN-PJFSLALIBERTAD del 28 de mayo del 2025, emitido por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de La Libertad; oficio múltiple Nº 000044-2025-MP-FN-STI-NCPP del 2 de junio de 2025, suscrito por el gerente de la Oficina Técnica de Implementación del Nuevo Código Procesal Penal; el oficio Nº 001672-2025-MP-FN-CN-FEMA del 3 de junio de 2025, suscrito por el Coordinador Nacional de las Fiscalías Especializadas en Materia Ambiental; el informe Nº 000015-2025-MP-FN-PJFSLALIBERTAD del 4 de junio de 2025, emitido por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de La Libertad; y,

CONSIDERANDO:

Primero: El artículo 158 de la Constitución Política del Estado peruano establece que el Ministerio Público es un organismo constitucionalmente autónomo y entre sus atribuciones fundamentales, se encuentra la persecución del delito y el ejercicio público de la acción penal, tal como están previstos en el artículo 159 de la carta magna.

Segundo: Mediante Decreto de Urgencia Nº 006-2025 del 9 de mayo de 2025, se dispuso el establecimiento de medidas extraordinarias y urgentes, en materia económica y financiera, para fortalecer e implementar mecanismos de fiscalización, control y trazabilidad del transporte y comercialización de insumos químicos, explosivos y materiales relacionados, equipos y maquinarias que puedan ser utilizados para las actividades de la minería ilegal, así como de los productos obtenidos en dicha actividad, de conformidad con la normatividad de la materia, así como otras medidas excepcionales, en el Distrito de Pataz de la Provincia de Pataz del Departamento de La Libertad, declarado en estado de emergencia.

De acuerdo al Decreto de Urgencia señalado, se ha transferido a favor del Ministerio Público el importe de S/. 5 536,585 (cinco millones quinientos treinta y seis mil quinientos ochenta y cinco soles).

Tercero: A través del oficio múltiple Nº 000044-2025-MP-FN-STI-NCPP del 2 de junio de 2025, el gerente de la Oficina Técnica de Implementación del Nuevo Código Procesal Penal, solicitó a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de La Libertad y al Coordinador Nacional de las Fiscalías Especializadas en Materia Ambiental, un informe considerando el fortalecimiento de la Fiscalía Provincial Mixta Corporativa de Pataz y el fortalecimiento de las Fiscalías Especializadas en Materia Ambiental (FEMAS) de La Libertad, de acuerdo a lo establecido en el artículo 2. Transferencia de partidas, numeral 2.1 del Decreto de Urgencia Nº 006-2025 citado en el numeral 1.4.

Cuarto: Por oficio Nº 001672-2025-MP-FN-CN-FEMA del 03 de junio de 2025, el Coordinador Nacional de las Fiscalías Especializadas en Materia Ambiental remitió a la Oficina Técnica de Implementación del Nuevo Código Procesal Penal, aportes para la actualización y precisión del informe de creación de despachos adicionales para la Fiscalía Provincial Mixta Corporativa de Pataz, la Fiscalía Provincial Especializada en delitos de Materia Ambiental y la Fiscalía Provincial Transitoria Especializada en delitos de Materia Ambiental del Distrito Fiscal de La Libertad.

Quinto: Mediante el informe Nº 000015-2025-MP-FN-PJFSLALIBERTAD del 4 de junio de 2025, la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de La Libertad, remitió al Despacho de la Fiscalía de la Nación, la actualización de la solicitud de creación de despachos adicionales en la Fiscalía Provincial Mixta Corporativa de Pataz, así como la creación de despachos adicionales en las Fiscalías Especializadas en Materia Ambiental (FEMAS) de La Libertad.

Sexto: El fundamento del pedido de la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de La Libertad, radica en el crecimiento de la carga procesal de la provincia de Pataz, la cual presenta múltiples condicionantes adversos, como el aumento de la criminalidad asociada a la minería ilegal, sicariato y delitos conexos, territorio extenso de difícil acceso con limitaciones de conectividad y alta vulnerabilidad geográfica y personal insuficiente para cubrir adecuadamente los 13 distritos que lo integran. Asimismo, la propuesta se encuentra alineada con las disposiciones del Decreto de Urgencia Nº 006-2025.

Sétimo: La provincia de Pataz atraviesa actualmente un escenario de conflictividad criminal particularmente grave, caracterizado por la expansión sostenida de la minería ilegal, el incremento de homicidios bajo modalidad de sicariato, así como la presencia de organizaciones criminales dedicadas al tráfico de insumos y explotación clandestina de recursos naturales. Estas condiciones excepcionales motivaron la emisión del Decreto de Urgencia Nº 006-2025, el cual contempla una asignación presupuestaria específica a favor del Ministerio Público, destinada al fortalecimiento institucional en esta jurisdicción de alta complejidad.

Octavo: En consecuencia, la Junta de Fiscales Supremos mediante Acuerdo Nº 066-2025 adoptado en sesión ordinaria de fecha 1 de julio de 2025, ACORDÓ por unanimidad CREAR tres (03) despachos fiscales adicionales en la Fiscalía Provincial Mixta Corporativa de Pataz; un (01) despacho fiscal adicional en la Fiscalía Provincial Especializada en Materia Ambiental de La Libertad; un (01) despacho fiscal adicional en la Fiscalía Provincial Transitoria Especializada en Materia Ambiental de La Libertad.

En uso de las atribuciones conferidas por el Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, y conforme a lo establecido en los considerandos precedentes;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- CREAR tres (03) despachos fiscales adicionales en la Fiscalía Provincial Mixta Corporativa de Pataz, los cuales deberán estar integrados de la siguiente manera:

Tercer Despacho Fiscal

• 1 fiscal provincial

• 2 fiscales adjuntos provinciales

Cuarto Despacho Fiscal

• 1 fiscal provincial

• 2 fiscales adjuntos provinciales

Quinto Despacho Fiscal

• 1 fiscal provincial

• 2 fiscales adjuntos provinciales

Artículo Segundo.- CREAR un (01) despacho fiscal adicional en la Fiscalía Provincial Especializada en Materia Ambiental de La Libertad, con la siguiente conformación:

Segundo Despacho Fiscal

• 1 fiscal provincial

• 5 fiscales adjuntos provinciales

Artículo Tercero.- CREAR un (01) despacho fiscal adicional en la Fiscalía Provincial Transitoria Especializada en Materia Ambiental de La Libertad, con la siguiente conformación:

Segundo Despacho Fiscal

• 1 fiscal provincial

• 5 fiscales adjuntos provinciales

Artículo Cuarto.- DISPONER la notificación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, a la Presidencia del Poder Judicial, a la Corte Suprema de Justicia de la República, al Ministerio de Economía y Finanzas, a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de La Libertad, a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de La Libertad, a la Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Materia Ambiental, a la Oficina Técnica de Implementación del Nuevo Código Procesal Penal, a la Secretaría General, a la Gerencia General del Ministerio Público, a la Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, a la Oficina General de Planificación y Presupuesto; y, a la Oficina General de Potencial Humano, para los fines pertinentes.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

DELIA M. ESPINOZA VALENZUELA

Fiscal de la Nación

Presidenta de la Junta de Fiscales Supremos

2416900-1