Dan por terminadas funciones de Cónsul Honoraria del Perú en Atenas, República Helénica, con jurisdicción consular en la referida localidad
resolución suprema
nº 094-2025-re
Lima, 2 de julio de 2025
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con el artículo 49 del Reglamento Consular del Perú, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 032-2023-RE, el Estado peruano nombra a los funcionarios consulares honorarios por medio de Resolución Suprema, de acuerdo con las disposiciones citadas en el referido Reglamento. Asimismo, es decisión soberana del Estado peruano nombrar y dar término sin expresión de causa, a los funcionarios consulares honorarios;
Que, el artículo 64 del citado Reglamento, establece las causales de término de funciones del funcionario consular honorario, siendo estas: a) La revocación del Exequátur; b) La cancelación del nombramiento y de las Letras Patentes, c) Cumplir setenta años de edad, salvo autorización del Ministerio de Relaciones Exteriores para continuar en el cargo; d) A su solicitud; y, e) Muerte;
Que, el artículo 65 del mencionado Reglamento señala que, al término de funciones, el funcionario consular honorario hará entrega de los bienes, archivos y un informe de gestión de la Oficina Consular a la Jefatura de Servicios Consulares correspondiente o a la Oficina Consular que ésta designe para la suscripción del acta correspondiente;
Que, mediante Resolución Suprema N° 0815-1980-RE, de 12 de diciembre de 1980, se nombra a la señora Gloria Maria Seminario de Hadzopoulos como Cónsul Honoraria del Perú en Atenas, República Helénica, extendiéndole las Letras Patentes correspondientes;
Que, mediante memorándum N° C-ATENAS
000482025, de 22 de abril de 2025, la Sección Consular de la Embajada del Perú en Atenas, informó a la Dirección General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares el cese de las funciones, por causal de edad, de la señora Gloria Maria Seminario de Hadzopoulos como Cónsul Honoraria del Perú en Atenas, República Helénica;
Que, mediante memorándum N° L-ATENAS00
1822025, de 28 de mayo de 2025, la Embajada del Perú en la República de Helénica, en su calidad de Jefatura de los Servicios Consulares, remitió a la Dirección General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares el Acta de Entrega de Cargo e Informe de Transferencia de Gestión de la señora Gloria Maria Seminario de Hadzopoulos, suscrito el 27 de mayo de 2025;
Que, en virtud a lo dispuesto en el numeral 17.1 del artículo 17 del Texto Único Ordenado de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, se puede disponer en el mismo acto administrativo, que tenga eficacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros, y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la eficacia del acto, el supuesto de hecho justificativo para su adopción;
Que, mediante memorándum N° DGC014682025, de 18 de junio de 2025, la Dirección General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares ha emitido opinión favorable para proceder a dar término de funciones y cancelar las Letras Patentes de la señora Gloria Maria Seminario de Hadzopoulos, quien fuera reconocida como Cónsul Honoraria del Perú en Atenas, República Helénica;
De conformidad con lo dispuesto en el inciso 11 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS; y, el Reglamento Consular del Perú, aprobado por Decreto Supremo N° 032-2023-RE;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Término de funciones
Se da por terminadas las funciones de la señora Gloria Maria Seminario de Hadzopoulos como Cónsul Honoraria del Perú en Atenas, República Helénica, con jurisdicción consular en la referida localidad, con eficacia anticipada al 27 de mayo de 2025.
Artículo 2.- Cancelación de Letras Patentes
Se cancelan las Letras Patentes correspondientes.
Artículo 3.- Agradecimiento
Se agradece sus servicios prestados a la Nación.
Artículo 4.- Refrendo
La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA
Presidenta de la República
ELMER SCHIALER SALCEDO
Ministro de Relaciones Exteriores
2415561-9