Declaran Patrimonio Cultural de la Nación al Sistema de organización de autoridades originarias de los cuatro cabildos (Huancollo, Chambilla, Mucho y Ayanca) del distrito de Juli, ubicado en la provincia de Chucuito, departamento de Puno
RESOLUCIóN VICEMINISTERIAL
N° 000147-2025-VMPCIC/MC
San Borja, 23 de junio del 2025
VISTOS; el Informe N° 000706-2025-DGPC-VMPCIC/MC de la Dirección General de Patrimonio Cultural; la Hoja de Elevación N° 000343-2025-OGAJ-SG/MC de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, el inciso 1 del artículo 2 de la Convención para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura - UNESCO, establece que “se entiende por Patrimonio Cultural Inmaterial los usos, representaciones, expresiones, conocimientos y técnicas -junto con los instrumentos, objetos, artefactos y espacios culturales que les son inherentes- que las comunidades, los grupos y en algunos casos los individuos reconozcan como parte integrante de su patrimonio cultural. Este patrimonio cultural inmaterial que se trasmite de generación en generación es recreado constantemente por las comunidades y grupos en función de su entorno, su interacción con la naturaleza y su historia, infundiéndoles un sentimiento de identidad y continuidad, y contribuyendo así a promover el respeto de la diversidad cultural y la creatividad humana”;
Que, el numeral 2 del artículo 1 de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, señala que integran el Patrimonio Inmaterial de la Nación las creaciones de una comunidad cultural fundadas en las tradiciones, expresadas por individuos de manera unitaria o grupal, y que reconocidamente responden a las expectativas de la comunidad, como expresión de la identidad cultural y social, además de los valores transmitidos oralmente, tales como los idiomas, lenguas y dialectos autóctonos, el saber y conocimiento tradicional, ya sean artísticos, gastronómicos, medicinales, tecnológicos, folclóricos o religiosos, los conocimientos colectivos de los pueblos y otras expresiones o manifestaciones culturales que en conjunto conforman nuestra diversidad cultural;
Que, el literal b) del artículo 7 de la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura, establece que es función exclusiva del Ministerio de Cultura realizar acciones de declaración, generación de catastro, delimitación, actualización catastral, investigación, protección, conservación, puesta en valor, promoción y difusión del Patrimonio Cultural de la Nación;
Que, el artículo 55 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura aprobado por Decreto Supremo N° 005-2013-MC, establece que la Dirección de Patrimonio Inmaterial está encargada de identificar, documentar, registrar, preservar, salvaguardar, promover, transmitir y revalorizar el patrimonio cultural inmaterial del país, en sus distintos aspectos, promoviendo la participación activa de la comunidad, los grupos o individuos que crean, mantienen y transmiten dicho patrimonio y de asociarlos activamente en la gestión del mismo. Depende jerárquicamente de la Dirección General de Patrimonio Cultural;
Que, mediante el Memorando Nº 000260-2024-DDC PUN/MC la Dirección Desconcentrada de Cultura Puno remite el expediente técnico promovido por la Municipalidad Provincial de Chucuito y los Tenientes Gobernadores de los Cabildos de los distritos de Juli (Huancollo, Chambilla, Mucho y Ayanca), en el que se solicitan la declaratoria de Patrimonio Cultural de la Nación del sistema de organización de autoridades originarias de los cuatro cabildos (Huancollo, Chambilla, Mucho y Ayanca) del distrito de Juli, provincia de Chucuito, departamento de Puno;
Que, mediante la Resolución Ministerial N° 338-2015-MC, se aprueba la Directiva N° 003-2015-MC, Directiva para la declaratoria de las manifestaciones de patrimonio cultural inmaterial y de la obra de grandes maestros, sabios y creadores como Patrimonio Cultural de la Nación y declaratoria de interés cultural, en la que se establecen los lineamientos y normas para la tramitación del expediente de declaratoria de Patrimonio Cultural de la Nación de las manifestaciones del patrimonio cultural inmaterial;
Que, a través del Informe Nº 000706-2025-DGPC-VMPCIC/MC, la Dirección General de Patrimonio Cultural remite el Informe Nº 000026-2025-DPI-DGPC-VMPCIC-MJD/MC, mediante el cual la Dirección de Patrimonio Inmaterial evalúa, analiza y recomienda la declaratoria de Patrimonio Cultural de la Nación del Sistema de organización de autoridades originarias de los cuatro cabildos (Huancollo, Chambilla, Mucho y Ayanca) del distrito de Juli, provincia de Chucuito, departamento de Puno;
Que, los orígenes históricos del distrito de Juli se relacionan con las conocidas cuevas de Pizacoma, Chichillapi y toda la cuenca del río Qallaqami en donde se identifica la presencia de pinturas rupestres con una antigüedad que supera los 8 000 años a.C. De acuerdo con la antropóloga Ximena Málaga en épocas preincas habita la provincia de Chucuito, el grupo étnico-territorial conocido como los Lupacas. Su rendición pacífica ante los Incas colabora con el mantenimiento de una relativa autonomía interna (en lo social, económico, político y lingüístico) posibilitando, incluso, su permanencia hasta los primeros años de la Colonia. En la Conquista, dándose cuenta de su riqueza, los españoles adjudicaron la encomienda de Chucuito directamente al rey. Asimismo, durante el proceso de evangelización, cobra relevancia la presencia de las órdenes religiosas de los dominicos y jesuitas en el distrito de Juli, a través de cuatro doctrinas. Juli es reconocido como capital de la provincia de Chucuito el 3 de junio del año 1828;
Que, según el expediente técnico, la nomenclatura del sistema de autoridades originarias tiene sus raíces en la época preincaica, y componía la estructura política de la sociedad aimara. A los guías y líderes de grupos humanos se les denominaba mallku y kuntun, este último, en referencia al cóndor, ave majestuosa que sobrevuela los aires. Existen representaciones de estos hombres águila (paca jaqques) en los frisos y las portadas de Tiahuanaco. Asimismo, se encuentra una distinción relevante entre los gobiernos del jilacata y el curaca sobre el ayllo. Mientras el primero era el hermano mayor de la madre -y progenitora de la familia ayllo- el curaca gobernaba a varios ayllos o grupos de ellos denominados también parcialidad o saya. Esta nomenclatura se mantuvo hasta la Independencia del Perú bajo el título de cacique. Durante la República, los caciques quedaron sujetos a las leyes de la misma manera que cualquier otro ciudadano, aunque conservaron algunos privilegios. Entre los años 1960 y 1965, se cambia la nomenclatura por tenientes gobernadores. Del mismo modo, alrededor de 1962, ocurre el cambio de ayllo o parcialidad a cabildo de awkis y taykas;
Que, de acuerdo con el Informe N° 000108-2022-DPI-PMP/MC que sostiene la Declaratoria como Patrimonio Cultural de la Nación del Sistema de organización tradicional de autoridades originarias aimaras Awkis y Taykas, provincia de Chucuito, departamento de Puno, los tenientes gobernadores, que ocupan el cargo más alto en sus comunidades o centros poblados, son denominados awki (padre, viejo, anciano) cuando se trata de hombres, y tayka (madre, vieja, anciana) cuando se trata de mujeres. Asimismo, es importante destacar que, según la cosmovisión andina, estas autoridades simbolizan a la tierra o pachamama y encarnan el ideal de buen vivir de las comunidades;
Que, el distrito de Juli se divide en cuatro cabildos liderados por los awkis y las taykas también conocidos como tenientes gobernadores: Chambilla, Huancollo, Mucho y Ayanca. Según el expediente técnico, el cabildo Chambilla comprende 30 localidades distribuidas en zonas alta, media y baja (lago). El cabildo Huancollo incluye 28 localidades en las mismas áreas. El cabildo Mucho abarca 34 localidades repartidas en zona alta, media y baja (lago). Por último, el cabildo Ayanca cuenta con 38 localidades igualmente divididas en zonas alta, media y baja (lago) siendo el más extenso a nivel de superficie;
Que, el territorio de los cabildos presenta una geografía irregular debido a su ubicación en diversos ecosistemas, con cerros, laderas, ríos, lagunas, pampas y una variedad de paisajes adecuados para la ganadería y agricultura. Las comunidades y parcialidades de las zonas altas, medias y bajas (lago) se dedican, en su mayoría, a la crianza de ganados ovinos y vacunos, así como de alpacas, llamas, entre otros. Debido a las condiciones geográficas, la agricultura, que se desarrolla cerca de ríos, se reduce a ciertos cultivos (por ejemplo, papa amarga luki, alfalfa, avena, cebada y cañihua) y se orienta al consumo familiar;
Que, las principales funciones de los awkis y las taykas son: administrar justicia, cuidar las tierras, fiscalizar, coordinar, aplicar disciplina, acompañar en todas las actividades de la comunidad y gestionar el diálogo. Asimismo, convocan reuniones en la comunidad para deliberar diversos asuntos. Destaca, como una de las funciones principales, la delimitación de terrenos en la comunidad y la evaluación del estado de las cosechas. Además, cada mes los awkis y las taykas realizan ofrendas con el fin de prevenir fenómenos climáticos adversos como los granizos, las heladas y las sequías y, asegurar una buena cosecha;
Que, en cuanto a la indumentaria de los varones, los awkis portan una vestimenta tradicional que encarna un profundo simbolismo cultural. Llevan un sombrero negro el cual representa respeto, protección y el concepto de ch’iujatawi o hacer sombra, reflejando los portadores su papel como guardianes y líderes del cabildo. La camisa blanca que usan simboliza pureza y limpieza, mientras que la chalina blanca con rayas azules está estrechamente vinculada con el lago y la abundancia, evocando las tradiciones y el legado de los antiguos pueblos Lupacas. El poncho rosado, considerado una prenda sagrada, simboliza el urphu o la integración comunal asociándose con el ciclo agrícola. Es la prenda que, por excelencia, concentra el poder siendo utilizada desde la época prehispánica;
Que, desde la década de 1960, se utiliza el terno azul como uniforme institucional sobre todo en actividades protocolares como el izamiento de las banderas de Perú y Juli pudiendo ser distinto el color de la corbata en cada cabildo. La ch’uspa multicolor que acompaña esta vestimenta tradicional muestra los colores de la bandera de Juli y simboliza a los cuatro cabildos. En ella se llevan: el acta, sellos, la biblia, un almanaque que indica los buenos y malos días, lapiceros, cigarro, solapera, agua florida, un cuaderno, tampón y silbato; elementos esenciales para el desempeño de sus funciones. Además, en una ch’uspa multicolor más pequeña se transportan elementos rituales como hojas de coca, llujta y caramelos. Este accesorio es un distintivo importante de las autoridades comunales originarias;
Que, ciertos elementos denotan la jerarquía de los awkis. La vara de mando simboliza el poder y la autoridad en la sujeción de las familias. Esta es confeccionada con chimu lawa -madera muy resistente originaria de la selva- y está adornada con plata, bronce y pedrería, dividida en cuatro secciones iguales. En la parte superior, se exhiben flores en los colores azul, celeste, blanco, rojo y verde, representando la unión de los cuatro cabildos de Juli. Las varas de mando de los awkis presentan variaciones según las costumbres y tradiciones particulares de cada localidad y solo se llevan en actividades especiales;
Que, portar el fuete o juete -un trenzado de cuero de llama macho dividido en cuatro partes iguales que representan los cuatro cabildos- simboliza la autoridad, justicia comunitaria e imparcialidad. Este elemento denota el respeto y buen comportamiento esperado tanto de la autoridad como de las familias, reforzando así el papel del awki en la preservación del orden dentro de la comunidad. El fuete o juete es un componente sagrado y solo se utiliza en casos graves. Por último, la autoridad varón lleva amarrado en la espalda un chicote como símbolo de poder;
Que, las taykas o autoridades mujeres portan un sombrero negro, símbolo de protección, y una blusa blanca que representa la paz y su buen camino. Por encima llevan una chompa de lana azul marino que representa a las fuentes de agua como el lago, los ríos y la lluvia. El phullu rosado es un abrigo de carácter sagrado y ceremonial, tejido utilizando fibra de alpaca o de oveja. Su nombre significa junt’uchaña, “el camino correcto” y hace referencia al lago eterno de los Lupacas. Esta prenda simboliza no solo la parcela familiar y el territorio comunal sino también, la abundancia de la producción agropecuaria. Su significado profundo está ligado a la protección y prosperidad de la comunidad;
Que, uno de los elementos primordiales en la indumentaria de las autoridades mujeres son las cinco inkuñas multicolores. Estas inkuñas son tejidas por ellas mismas, siguiendo una tradición que se transmite de generación en generación. Se observan diversas figuras como cocos y ojos. Las inkuñas se colocan sobre las mesas y contienen hojas de coca, llujta y aguardiente. Además, una inkuña específica, conocida como qulla k’ipi, está reservada para emergencias y contiene una variedad de productos: aguardiente (tajtillo), hilos de colores, agujas, vasos, pañuelos blancos, cigarros y una biblia, entre otros elementos. En el atado sagrado, las taykas llevan el sejje, un costal que contiene productos agrícolas como quinua, habas, cebada y chuño. Estas autoridades son responsables de custodiar el sejje para garantizar la disponibilidad continua de alimentos para las familias;
Que, en la parte inferior del atuendo, las autoridades mujeres llevan una amplia pollera en tonalidad guinda que hace alusión a la protección de las familias y la abundancia en la agricultura. Además, para asegurar la sujeción de sus trenzas, las taykas utilizan una q’anachanka de color negro, que se caracteriza por presentar dos terminaciones. El lado derecho se asocia con los cabildos Huancollo (jila yoqalla) y Chambilla (sulka yoqalla) y el lado izquierdo con los cabildos Mucho (jila imilla) y Ayanca (sulka imilla). En el centro de la q’anachanka, se encuentra un tejido distintivo adornado con pequeñas borlas, el cual representa la unidad de los cuatro cabildos de Juli. Esta prenda posee una connotación cultural y simbólica de carácter sagrado para las mujeres;
Que, una de las principales funciones de los awkis y las taykas es la administración de justicia. Para el cumplimiento de este fin disponen de una oficina donde se presentan y abordan diversos casos tales como conflictos relacionados con la propiedad de la tierra, robos y faltas de respeto. Las medidas adoptadas se registran en un cuaderno específico y en ocasiones en el libro de actas correspondiente a la autoridad. Asimismo, se imponen sanciones o multas a los infractores involucrados. Únicamente, los casos muy graves son remitidos, bajo informe, a autoridades externas a la comunidad de lo contrario, se resuelven en asamblea general comunal;
Que, según los acuerdos de cada cabildo, hay ciertos casos que no forman parte de la competencia de los awkis y las taykas; estos incluyen situaciones de violencia familiar, disputas sobre los límites de la tierra y casos en los que el ganado invade parcelas o pastos ajenos. Cabe resaltar el principio comunitario que rige en las localidades, según el cual las problemáticas internas no se exponen ante instancias públicas externas, su resolución corresponde exclusivamente al ámbito de la comunidad. Es importante indicar que los awkis y las taykas deben poseer ciertas cualidades fundamentales para la impartición de justicia, tales como: criterio sólido, imparcialidad, capacidad para comprender la gestión de conflictos y habilidad para basarse en pruebas concretas;
Que, según el Plan de salvaguardia propuesto en el expediente técnico, se identifican cuatro amenazas que podrían afectar el desarrollo de la expresión cultural a largo plazo. En primera instancia, se indica que existe un creciente desinterés de la juventud por la organización tradicional de las autoridades originarias. Para ello, se propone como medida de salvaguardia la realización de talleres de capacitación y sensibilización en instituciones educativas de distintos niveles. Por otro lado, se evidencia poca investigación acerca de la expresión cultural. Al respecto, se plantea la publicación de libros y videos, así como la realización de concursos de poesía y cuentos que incentiven una aproximación al sistema de organización tradicional de las autoridades originarias;
Que, en tercera instancia, se comenta como amenaza la pérdida de la indumentaria tradicional de los awkis y las taykas. En este escenario, se propone su recuperación a través del desarrollo de talleres de capacitación. Por último, se indica que existe poco interés en conocer y mantener la expresión cultural, por parte de las autoridades distritales, provinciales, regionales y nacionales. Al respecto se plantea como medida la realización de talleres y sensibilización con las autoridades del distrito, la provincia y el departamento. Este es un trabajo que busca desarrollarse de manera conjunta con la Municipalidad Provincial de Chucuito-Juli, la UGEL de Chucuito-Juli, los cuatro cabildos y la Universidad Nacional del Altiplano - Puno, entre otras instituciones y organizaciones;
Que, el Sistema de organización de autoridades originarias de los cuatro cabildos (Huancollo, Chambilla, Mucho y Ayanca) del distrito de Juli ubicado en la provincia de Chucuito, departamento de Puno, mantiene viva la memoria histórica asociada a los jilacatas y curacas, autoridades prehispánicas vinculadas a la antigua sociedad Lupaca; fomenta y fortalece el liderazgo y la autonomía de los sistemas de autoridades tradicionales en la región andina; preserva los sentidos de administración de justicia ancestrales del pueblo indígena aimara; y mantiene prácticas culturales dedicadas al cuidado del territorio y los recursos naturales en las comunidades campesinas.
Que, en el Informe Nº 000026-2025-DPI-DGPC-VMPCIC-MJD/MC se detallan las características, la importancia, el valor, alcance y significado del Sistema de organización de autoridades originarias de los cuatro cabildos (Huancollo, Chambilla, Mucho y Ayanca) del distrito de Juli ubicado en la provincia de Chucuito, departamento de Puno, motivo por el cual dicho informe constituye parte integrante de la resolución y se adjunta como anexo, conforme a lo dispuesto en el artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS;
Con los vistos de la Dirección de Patrimonio Inmaterial, de la Dirección General de Patrimonio Cultural, de la Dirección Desconcentrada de Cultura Puno y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo establecido en la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y la Directiva para la declaratoria de las manifestaciones de patrimonio cultural inmaterial y de la obra de grandes maestros, sabios y creadores como Patrimonio Cultural de la Nación y declaratoria de interés cultural, aprobada por Resolución Ministerial N° 338-2015-MC;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación al Sistema de organización de autoridades originarias de los cuatro cabildos (Huancollo, Chambilla, Mucho y Ayanca) del distrito de Juli, ubicado en la provincia de Chucuito, departamento de Puno.
Artículo 2.- Encargar a la Dirección Desconcentrada de Cultura Puno, en coordinación con la comunidad de portadores, la elaboración cada cinco años de un informe detallado sobre el estado de la expresión, de modo que el registro institucional pueda ser actualizado en cuanto a los cambios producidos en la manifestación, los riesgos que pudiesen surgir en su vigencia y otros aspectos relevantes a efectos de realizar el seguimiento institucional de su desenvolvimiento y salvaguardia de ser el caso.
Artículo 3.- Disponer la publicación de la resolución en el diario oficial “El Peruano” así como su difusión en la sede digital del Ministerio de Cultura (www.gob.pe/cultura) con el Informe Nº 000026-2025-DPI-DGPC-VMPCIC-MJD/MC.
Artículo 4.- Comunicar la resolución y el Informe Nº 000026-2025-DPI-DGPC-VMPCIC-MJD/MC a la Dirección Desconcentrada de Cultura Puno y notificarlas a la Municipalidad Distrital de Chucuito y a los Tenientes Gobernadores de los Cabildos de Huancollo, de Chambilla, de Ayanca y de Mucho.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MOIRA ROSA NOVOA SILVA
Viceministra de Patrimonio Cultural
e Industrias Culturales
2412685-1