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Fecha de publicación: 28/05/2025
Crean la “Mesa Técnica para el desarrollo territorial de la provincia de Anta”

Otorgan a la empresa KALLPA GENERACIÓN S.A. la concesión temporal para desarrollar estudios de factibilidad relacionados a la generación de energía eléctrica del proyecto “Central Eólica Tanaka”, en el departamento de Arequipa

RESOLUCIóN MINISTERIAL

N° 172-2025-MINEM/DM

Lima, 9 de mayo de 2025

VISTOS: El Expediente N° 27418625 sobre la solicitud de otorgamiento de concesión temporal para realizar estudios de factibilidad relacionados con la actividad de generación de energía eléctrica del proyecto “Central Eólica Tanaka”, presentada por la empresa KALLPA GENERACIÓN S.A.; el Informe N° 278-2025-MINEM/DGE-DCE, de la Dirección General de Electricidad; el Memorando N° 00252-2025/MINEM-VME, del Despacho Viceministerial de Electricidad; el Informe N° 0408-2025-MINEM/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante documento con Registro N° 3947736, de fecha 06 de marzo de 2025, la empresa KALLPA GENERACIÓN S.A. presentó una solicitud de otorgamiento de concesión temporal para realizar estudios de factibilidad relacionados con la actividad de generación de energía eléctrica del proyecto “Central Eólica Tanaka” con una capacidad instalada de 403 MW, al amparo de lo dispuesto por el artículo 23 del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y el artículo 30 de su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-93-EM;

Que, los estudios de factibilidad mencionados en el considerando que antecede, se desarrollarán en los distritos de Acarí y Yauca, provincia de Caravelí, departamento de Arequipa, en la zona comprendida dentro de las coordenadas UTM (WGS84) que figuran en el Expediente;

Que, de acuerdo con los Informes de Vistos, se verifica que KALLPA GENERACIÓN S.A. cumple con los requisitos establecidos en el artículo 30 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM, y el Código CE02-1 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo N° 038-2014-EM, por lo que se concluye que corresponde otorgar la concesión temporal para realizar estudios de factibilidad relacionados con la actividad de generación de energía eléctrica del proyecto “Central Eólica Tanaka”;

Con los vistos de la Dirección General de Electricidad, de la Oficina General de Asesoría Jurídica y del Despacho Viceministerial de Electricidad;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 031-2007-EM; el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM; y, el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo N° 038-2014-EM;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Otorgar a favor de la empresa KALLPA GENERACIÓN S.A., la concesión temporal para desarrollar los estudios de factibilidad relacionados a la actividad de generación de energía eléctrica del proyecto “Central Eólica Tanaka” con una capacidad instalada de 403 MW, los cuales se llevarán a cabo en los distritos de Acarí y Yauca, provincia de Caravelí, departamento de Arequipa, por un plazo de veinticuatro (24) meses, contados a partir de la publicación de la presente resolución, según lo establecido en el artículo 23 del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas.

Artículo 2.- Establecer como área de la concesión temporal otorgada, la zona delimitada por las siguientes coordenadas UTM (WGS 84) - Zona 18:

VÉRTICE

ESTE

NORTE

1

540257.2564

8280958.0474

2

541901.1286

8282466.8183

3

542716.3709

8280965.4086

4

544172.8514

8280005.1334

5

544656.4984

8279048.1754

6

547019.7126

8274836.4717

7

547166.6198

8274441.9788

8

548053.9624

8272991.4493

9

548617.7365

8272132.2409

10

549617.2387

8270873.0228

11

550203.3386

8269863.9864

12

549596.0146

8269306.2467

13

545934.2205

8270480.1019

14

539690.0250

8272489.2999

15

539500.4669

8272546.0938

16

539207.4528

8272645.3356

17

539356.4074

8273637.9891

18

538728.6765

8273637.9893

19

538721.2587

8274070.8861

20

539162.3506

8274479.7096

21

539004.6378

8275749.8449

22

539235.3700

8276111.0048

23

539640.6791

8276162.6757

24

540311.6559

8277981.6537

Artículo 3.- Disponer que la empresa KALLPA GENERACIÓN S.A. realice los estudios, respetando las normas técnicas y de seguridad, preservando el medio ambiente y salvaguardando el Patrimonio Cultural de la Nación, así como el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM y demás normas legales pertinentes.

Artículo 4.- Establecer que, si vencido el plazo mencionado en el artículo 1 de la presente resolución, la empresa KALLPA GENERACIÓN S.A. no cumpliera con las obligaciones contraídas en su solicitud, respecto a la ejecución de estudios y el cumplimiento del Cronograma de Ejecución de los Estudios de Factibilidad, el cual incluye la presentación de los estudios ejecutados con la correspondiente conformidad de la Dirección General de Electricidad, o no renovara oportunamente la garantía de fiel cumplimiento, la citada Dirección General ejecutará la garantía otorgada, según lo establecido en el artículo 36 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM.

Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial por una sola vez en el diario oficial El Peruano por cuenta de la empresa KALLPA GENERACIÓN S.A., en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 36 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JORGE LUIS MONTERO CORNEJO

Ministro de Energía y Minas

2398187-1