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Fecha de publicación: 04/04/2025
Decreto Supremo que declara el Estado de Emergencia en varios distritos de algunas provincias de los departamentos de Amazonas, Áncash, Arequipa, Ayacucho, Cajamarca, Cusco, Huancavelica, Huánuco, Junín, Lima, Loreto, Puno, San Martín y Ucayali, por impacto de daños a consecuencia de intensas precipitaciones pluviales

Modifican la Ordenanza N° 2701 que aprueba la conformación de la Red de Protección al Turista de Lima Metropolitana - RPT LM

ORDENANZA N° 2717

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA

POR CUANTO:

El Concejo Metropolitano de Lima, en sesión ordinaria del 27 de marzo del 2025; en uso de las facultades previstas en los artículos 9 y 40 de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972; por unanimidad y con dispensa del trámite de aprobación del acta, para su inmediata ejecución;

Ha dado la ordenanza siguiente:

ORDENANZA QUE MODIFICA LA ORDENANZA N° 2701 QUE APRUEBA LA CONFORMACIÓN DE LA RED DE PROTECCIÓN AL TURISTA DE LIMA METROPOLITANA RPT LM

Artículo 1.- Modificar el numeral 10 del ítem “sector público” del artículo 2 de la Ordenanza N° 2701 que aprobó la conformación de la Red de Protección al Turista de Lima Metropolitana - RPT LM, el mismo que queda redactado de la siguiente manera:

Artículo 2.- De los miembros de la RPT LM:

La RPT LM estará conformada por:

Sector público:

(…)

10. Un representante titular y un representante alterno de cada una de las siguientes municipalidades:

o Municipalidad Distrital de Miraflores.

o Municipalidad Distrital de Barranco.

o Municipalidad Distrital de Pueblo Libre.

o Municipalidad Distrital de Lurín.

o Municipalidad Distrital de Santiago de Surco.

o Municipalidad Distrital de San Miguel.

o Municipalidad Distrital de La Molina.

o Municipalidad Distrital de Pachacámac.

Artículo 2.- Encargar a la Oficina General de la Secretaría del Concejo publicar la presente ordenanza en el Diario Oficial El Peruano y a la Oficina Gobierno Digital su publicación en el Portal de Transparencia Estándar de la Municipalidad Metropolitana de Lima: www.transparencia.gob.pe, el mismo día de su publicación en el diario oficial.

POR TANTO:

Al promulgarla, mando se registre, publique, notifique y cumpla.

Dada en el Palacio Municipal de Lima, a los veintisiete días de marzo del dos mil veinticinco.

RAFAEL LÓPEZ ALIAGA CAZORLA

Alcalde

2386740-1