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Fecha de publicación: 04/01/2025
Aprueban versión actualizada del Texto Único de Servicios No Exclusivos – TUSNE de la Municipalidad de La Molina

“Año de la recuperación y consolidación de la economía peruana”

Aprueban versión actualizada del Texto Único de Servicios No Exclusivos – TUSNE

de la Municipalidad de La Molina

RESOLUCIÓN GERENCIAL

Nº 0822-2024-MDLM-GM

La Molina, 11 de diciembre del 2024

EL GERENTE MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA MOLINA;

VISTO; El Memorando Nº 0293-2024-MDLM-OGSC de fecha 02 de julio de 2024, emitido por la Oficina General de Secretaría de Concejo, el Memorando Nº 0473-2024-MDLM-GDSSC de fecha 12 de julio del 2024, emitido por Gerencia de Desarrollo Sostenible y Servicios a la Ciudad, el Informe Nº 0459-2024-MDLM-GDSSC-SEOOA de fecha 12 de julio del 2024 emitido por la Subgerencia de Ecología, Ornato y Operaciones Ambientales, el Informe Nº 0411-2024-MDLM-GDHE-SPSS de fecha 15 de julio del 2024, emitido por la Subgerencia de Programas Sociales y Salud, el Memorando Nº 0532-2024-MDLM-OGAF-OCC de fecha 16 de julio del 2024, emitido por la Oficina de Contabilidad y Costos, el Informe Nº 116-2024-MDLM-OGPPDI-OPIMI de fecha 18 de julio del 2024, emitido por la Oficina de Planeamiento, Inversiones y Modernización Institucional, el Informe Nº 127-2024-MDLM-OGPPDI de fecha 18 de julio del 2024, emitido por la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional y el Informe Nº 0239-2024-MDLM-OGAJ de fecha 09 de agosto del 2024 de la Oficina General de Asesoría Jurídica, referido a la aprobación del proyecto de modificación del Texto Único de Servicios No Exclusivos – TUSNE, y;

CONSIDERANDO:

Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 194º, modificado por la Ley Nº 30305 - Ley de Reforma Constitucional, establece que las Municipalidades son órganos de gobierno local que tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, lo cual es concordante con lo dispuesto en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades; y que dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, el numeral 43.4, del artículo 43º, del Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que, para aquellos servicios que no sean prestados en exclusividad, las entidades, a través de la Resolución del Titular de la entidad establecen la denominación, la descripción clara y taxativa de los requisitos y sus respectivos costos, los cuales deben ser debidamente difundidos para que sean de público conocimiento, respetando lo establecido en el artículo 60º de la Constitución Política del Perú y las normas sobre represión de la competencia desleal;

Que, mediante Resolución de Gerencia Municipal Nº 413-2023/MDLM-GM, de fecha 27 de Octubre del 2023, se aprobó el Texto Único de Servicios No Exclusivos – TUSNE de la Municipalidad de La Molina y su correspondiente Fe de Erratas, el mismo que deja sin efecto las Resoluciones de Alcaldía Nº 228-2015 de fecha 30 de Junio del 2015, Nº 278-2016 de fecha 01 de Septiembre del 2016, Nº 366-2016 de fecha 24 de Noviembre del 2016 y Nº 014-2018 de fecha 15 de Enero del 2018, así como las Resoluciones de Gerencia Municipal Nº 80-2020-MDLM-GM, de fecha 15 de Marzo del 2020 y Nº 98-2020-MDLM-GM, de fecha 09 de Junio del 2020;

Que, mediante Resolución de Gerencia Municipal Nº 670-2023/MDLM-GM, de fecha 30 de diciembre del 2023, se aprobó la incorporación y modificación de Servicios No Exclusivos en el Texto Único de Servicios No Exclusivos – TUSNE 2023 de la Municipalidad de La Molina, correspondiente a la Subgerencia de Programas Sociales y Salud, Subgerencia de Educación, Cultura y Turismo, Subgerencia de Integración, Deporte y Bienestar Social;

Que, mediante Resolución de Gerencia Municipal Nº 100-2024-MDLM-GM, de fecha 22 de febrero del 2024, se aprobó la incorporación y modificación de Servicios No Exclusivos en el Texto Único de Servicios No Exclusivos – TUSNE 2023 de la Municipalidad de La Molina, correspondiente a la Subgerencia de Integración, Deporte y Bienestar Social;

Que, mediante Ordenanza Nº 0441/MDLM, publicada en el Diario Oficial “El Peruano” el día 28 de diciembre de 2023, se aprueba el Reglamento de Organización (ROF) y la Estructura Orgánica de la Municipalidad Distrital de La Molina, modificada por Ordenanza Nº 448/MDLM publicada en el Diario Oficial “El Peruano” el día 06 de junio de 2024;

Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 23º literal y), del Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Distrital de La Molina, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional, tiene como función “monitorear, supervisar y gestionar la aprobación y ratificación de la actualización del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA y del Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE)”, mientras que en el artículo 26º literal p), del mismo Reglamento, señala como función de la Oficina de Planeamiento, Inversiones y Modernización Institucional, “coordinar y ejecutar el diseño, estructura y organización de la entidad; así como, la elaboración y actualización de sus documentos en materia organizacional (ROF), de procedimientos administrativos (TUPA), y del Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE), conforme la normativa de la materia”;

Que, además los artículos 30º y 96º del precitado cuerpo normativo establece entre las funciones de la Oficina General de Secretaría de Concejo y de la Subgerencia de Programas Sociales y Salud, “elaborar el sustento técnico del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) y del Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) de su área, y gestionar la actualización y modificación de los mismos ante el órgano competente”; asimismo, el artículo 78º señala entre las funciones de la Subgerencia de Ecología, Ornato y Operaciones Ambientales ”programar, ejecutar y supervisar el servicio de mantenimiento de parques, jardines y espacios públicos del distrito, procurando su conservación, crecimiento y cuidado respectivo y supervisar el funcionamiento del Parque Ecológico, el Vivero Municipal, la Planta de Producción de Compost y la Planta de Tratamiento de Aguas Residuales”;

Que, mediante Memorando Nº 0293-2024-MDLM-OGSC, de fecha 02 de julio de 2024, la Oficina de Secretaría de Concejo, remite a la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional, la propuesta de modificación del Texto Único de Servicios No Exclusivos-TUSNE, señalando haber tomado como base una matriz de comparación de costos; por lo que, solicita proseguir con el proceso de aprobación correspondiente;

Que, mediante Memorando Nº 0473-2024-MDLM-GDSSC de fecha 12 de julio del 2024, la Gerencia de Desarrollo Sostenible y Servicios a la Ciudad remite a la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional, el Informe Nº 0459-2024-MDLM-GDSSC-SEOOA de fecha 12 de julio del 2024, que subsana el Informe Nº 0417-2024-MDLM-GDSSC-SEOOA, con la propuesta de modificación del Texto Único de Servicios No Exclusivos-TUSNE, señalando que con ello se busca generar que más visitantes opten por conocer el Parque Ecológico de La Molina, promover más turismo a nuestro distrito y también conciencia ambiental; por lo que, solicita continuar el trámite administrativo correspondiente;

Que, mediante Informe Nº 0411-2024-MDLM-GDHE-SPSS, de fecha 15 de julio del 2024, la Subgerencia de Programas Sociales y Salud, con el visto bueno de la Gerencia de Desarrollo Humano y Educación, remite a la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional, la propuesta de modificación e incorporación de los servicios no exclusivos de su competencia, señalando que se encuentra en el marco de la mejora del servicio público de Salud Pública a los vecinos, por lo que solicita continuar con el proceso administrativo para la aprobación;

Que, mediante Memorando Nº 0532-2024-MDLM-OGAF-OCC de fecha 16 de julio del 2024, la Oficina de Contabilidad y Costos, emite el Informe respecto a la revisión y validación del proyecto de modificación del Texto Único de Servicios No Exclusivos –TUSNE 2024, de las siguientes áreas: Oficina General de Secretaria de Concejo, Subgerencia de Ecología, Ornato y Operaciones Ambientales y Subgerencia de Programas Sociales y Salud, señalando que ha revisado y validado los costos propuestos y que para la determinación del costo final se ha basado en la información brindada por cada área, incluyendo los estudios de mercado anexos, de esta manera se ha evaluado e identificado los costos del Proyecto TUSNE de la Municipalidad Distrital de La Molina;

Que, mediante Informe Nº 127-2024-MDLM-OGPPDI de fecha 18 de julio del 2024, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional, en el ámbito de sus funciones establecidas en el literal y) del artículo 23º del Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Ordenanza Nº 0441/MDLM, modificado por Ordenanza Nº 448/MDLM, hace suyo el Informe Nº 116-2024-MDLM-OGPPDI-OPIMI, emitiendo opinión favorable del proyecto de modificación e incorporación de servicios no exclusivos al Texto Único de Servicios No Exclusivos – TUSNE (aprobado por Resolución de Gerencia Municipal Nº 413-2023/MDLM-GM, modificado por Resolución de Gerencia Municipal Nº 670-2023/MDLM-GM y Resolución de Gerencia Municipal Nº 100-2024-MDLM-GM) y remite todo lo actuado a fin de que se continúe con las gestiones para su aprobación;

Que, mediante Informe Nº 116-2024-MDLM-OGPPDI-OPIMI de fecha 18 de julio del 2024, la Oficina de Planeamiento, Inversiones y Modernización Institucional, en el ámbito de sus funciones establecidas en el literal p) del artículo 26º del Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Ordenanza Nº 0441/MDLM modificado por Ordenanza Nº 448/MDLM, emite informe técnico con su opinión favorable, respecto a la propuesta de modificación e incorporación de servicios no exclusivos al Texto Único de Servicios No Exclusivos - TUSNE correspondiente a la Oficina General de Secretaria de Concejo, Subgerencia de Ecología, Ornato y Operaciones Ambientales y Subgerencia de Programas Sociales y Salud, en cuyo contenido señala que:

La Oficina General de Secretaria de Concejo, presenta modificaciones en la descripción, requisitos y unidad de medida de los servicios no exclusivos que le competen según lo establecido en el punto 3.16 del informe y en el Anexo Nº 01: propuesta de modificación del TUSNE.

La Subgerencia de Ecología, Ornato y Operaciones Ambientales, presenta modificaciones en la descripción, requisitos y unidad de medida de los servicios no exclusivos que le competen conforme al punto 3.15 del presente informe y el Anexo del proyecto de modificación e incorporación de servicios no exclusivos del Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE).

La Subgerencia de Programas Sociales y Salud, presenta modificaciones en la descripción, requisitos y unidad de medida de los servicios no exclusivos que le competen en los ítems 2.7, 2.17 y 2.17.1 del Texto Único de Servicios No Exclusivos vigente (aprobado por Resolución de Gerencia Municipal Nº 413-2023/MDLM-GM, modificado por Resolución de Gerencia Municipal Nº 670-2023/MDLM-GM y Resolución de Gerencia Municipal Nº 100-2024-MDLM-GM). Asimismo, se incorporan nuevos servicios no exclusivos bajo los ítems 2.7.2 y 2.16.2.

Que, además, la Oficina de Planeamiento, Inversiones y Modernización Institucional, señala que el referido proyecto modifica e incorpora setenta y cinco (75) Servicios No Exclusivos, los cuales mantienen la misma tarifa y costo, además de incorporar quince (15) servicios no exclusivos nuevos, con costos acordes al estudio de mercado realizado por las unidades de organización proponentes, las mismas que han sido validados por la Oficina de Contabilidad y Costos; por lo que, remite para el trámite el Anexo Nº 01 – Propuesta de modificación e incorporación de Servicios No Exclusivos-TUSNE de la Subgerencia de Programas Sociales y Salud, Subgerencia de Ecología, Ornato y Operaciones Ambientales y de la Oficina General de Secretaria de Concejo, así como el Anexo Nº 02 Versión actualizada del Texto Único de Servicios No Exclusivos del proyecto de Resolución de Gerencia Municipal que modifica e incorpora Servicios No Exclusivos del Texto Único de Servicios No Exclusivos de la Municipalidad Distrital de La Molina;

Que, mediante Informe Nº 0239-2024-MDLM-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica emite opinión legal del Proyecto de Modificación del Texto Único de Servicios No Exclusivos – TUSNE 2023, señalando que cuenta con el sustento técnico correspondiente formulado por la áreas involucradas y ha sido elaborado en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 43º, numeral 43.4 del TUO de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y demás normas conexas sobre la materia, además que al constituir un tema eminentemente técnico, el contenido de la misma se encuentra bajo responsabilidad exclusiva de los funcionarios que la han elaborado, sustentado y propuesto al mismo tiempo y que resulta jurídicamente viable que el Proyecto de Modificación del Texto Único de Servicios No Exclusivos – TUSNE 2023, sea aprobada por Resolución de Gerencia Municipal de acuerdo a lo previsto en la Resolución de Alcaldía Nº 007-2023/MDLM de fecha 01 de enero del 2023;

Que, mediante la Resolución de Alcaldía Nº 007-2023/MDLM de fecha 01 de enero de 2023, artículo primero literal a), se delega en el Gerente Municipal de la Municipalidad Distrital de La Molina, la atribución de aprobar el Texto Único de Servicios No Exclusivos – TUSNE, así como su modificación y actualización;

Que, en atención a los informes señalados, se requiere actualizar el Texto Único de Servicios No Exclusivos – TUSNE, contando con los vistos de las áreas técnicas involucradas en su formulación;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- APROBAR, la incorporación y modificación de Servicios No Exclusivos en el Texto Único de Servicios No Exclusivos – TUSNE de la Municipalidad de La Molina, correspondiente a la Subgerencia de Programas Sociales y Salud, Subgerencia de Ecología, Ornato y Operaciones Ambientales y a la Oficina General de Secretaria de Concejo, cuyos requisitos y derechos de pago se detallan en el Anexo Nº 1 que forma parte integrante de la presente Resolución de Gerencia Municipal.

Artículo Segundo.- APROBAR, la versión actualizada del Texto Único de Servicios No Exclusivos – TUSNE de la Municipalidad de La Molina, cuyos requisitos y derechos de pago se detallan en el Anexo Nº 2 que forma parte integrante de la presente Resolución de Gerencia Municipal, la cual comprende el TUSNE que fue aprobado por Resolución de Gerencia Municipal Nº 413-2023/MDLM-GM su respectiva Fe de Erratas, modificado por Resolución de Gerencia Municipal Nº 670-2023/MDLM-GM, Resolución de Gerencia Municipal Nº 100-2024-MDLM-GM y la modificación aprobada por el Artículo Primero de la presente Resolución.

Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional, Subgerencia de Programas Sociales y Salud, Subgerencia de Ecología, Ornato y Operaciones Ambientales y la Oficina General de Secretaria de Concejo, así como demás unidades de organización que presentan servicios no exclusivos en el Texto Único de Servicios No Exclusivos, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución.

Artículo Cuarto.- PRECISAR que la modificación del Texto Único de Servicios No Exclusivos – TUSNE, al constituir un tema eminentemente técnico, su contenido, se encuentra bajo la responsabilidad exclusiva de los funcionarios que la han elaborado, sustentado y propuesto.

Artículo Quinto.- ENCARGAR, el estricto cumplimiento de la presente Resolución de Gerencia Municipal, a las unidades de organización competentes de acuerdo a sus funciones.

Artículo Sexto.- ENCARGAR, a la Oficina General de Secretaria de Concejo la publicación de la presente Resolución de Gerencia Municipal en el Diario Oficial “El Peruano” y a la Oficina de Tecnologías de Información y Estadística, la publicación de la presente Resolución y del Anexo adjunto en el Portal Web Institucional de la Municipalidad.

Regístrese, notifíquese, publíquese y cúmplase.

LILIANA ANTONIETA LOAYZA MANRIQUE DE ROMERO

Gerente Municipal

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