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Fecha de publicación: 25/12/2024
Aprueban el Plan Operativo Institucional – POI Anual 2025 del Ministerio de Defensa

Aprueban primera modificación de concesión definitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica que utilice recursos hídricos para el proyecto “Centrales Hidroeléctricas Limacpunco, Ttio y Capiri”

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

Nº 470-2024-MINEM/DM

Lima, 19 de diciembre de 2024

VISTOS: El Expediente N° 11362915 sobre la concesión definitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en el proyecto “Centrales Hidroeléctricas Limacpunco, Ttio y Capiri”, cuyo titular es la empresa ELECTRO ARAZA S.A.C.; la solicitud de la primera modificación de dicha concesión; los Informes N° 684-2024-MINEM/DGE-DCE y N° 920-2023-MINEM/DGE-DCE, de la Dirección General de Electricidad; el Memorando N° 00567-2024/MINEM-VME, del Despacho Viceministerial de Electricidad; el Informe N° 1184-2024-MINEM/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Ministerial N° 100-2018-MEM/DM, publicada el 28 de marzo de 2018, se otorga a favor de ELECTRO ARAZA S.A.C. la concesión definitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en las Centrales Hidroeléctricas Limacpunco, Ttio y Capiri, con una potencia instalada de 35, 80 y 80 MW, respectivamente, ubicadas en los distritos de Marcapata y Camanti, provincia de Quispicanchi, departamento de Cusco (en adelante, la CONCESIÓN). Asimismo, se aprueba el Contrato de Concesión N° 510-2017 (en adelante, el CONTRATO), en el cual se establece que la ejecución del proyecto se iniciaría el 6 de octubre de 2021 y la Puesta en Operación Comercial (en adelante, POC) sería a más tardar el 21 de diciembre de 2027;

Que, mediante Resolución Ministerial N° 141-2024-MINEM/DM, de fecha 9 de abril de 2024, se calificó como fuerza mayor el evento invocado por ELECTRO ARAZA S.A.C. denominado: “Paralización de los trabajos del proyecto de titularidad de ATN 3 S.A.”;

Que, mediante documento con Registro N° 3751939, de fecha 23 de mayo de 2024, ELECTRO ARAZA S.A.C. solicita la primera modificación de la CONCESIÓN y del CONTRATO, a fin de prorrogar la fecha del Inicio de Obras y de la POC, al 15 de mayo de 2025 y 3 de octubre de 2031, respectivamente, en base al evento de fuerza mayor calificado como tal a través de la citada Resolución Ministerial N° 141-2024-MINEM/DM;

Que, de conformidad con el último párrafo del artículo 25 del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, la aprobación de solicitudes de modificación de concesiones o autorizaciones, cuando corresponda, están sujetas a la actualización de los requisitos y verificación de las condiciones previstas en dicho artículo, y las normas de inversión privada correspondientes;

Que, asimismo, de acuerdo con el artículo 37-A del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM, la modificación de concesiones y/o autorizaciones están sujetas a la actualización de los requisitos de su otorgamiento establecidos en el artículo 25 de la Ley, cuando corresponda;

Que, conforme a los Informes de Vistos, la Dirección General de Electricidad y la Oficina General de Asesoría Jurídica, en el marco de sus competencias, han verificado que la solicitud de ELECTRO ARAZA S.A.C. cumple con los requisitos establecidos en las normas sectoriales; por lo que corresponde aprobar la primera modificación de la CONCESIÓN y del CONTRATO en los términos y condiciones que aparecen en la Minuta correspondiente, la misma que deberá ser elevada a Escritura Pública incorporando en esta el texto de la presente Resolución Ministerial, e inscrita en el Registro de Concesiones para la Explotación de Servicios Públicos del Registro de Propiedad Inmueble, según lo establecido en los artículos 7 y 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 009-93-EM;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas; el Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por con Supremo N° 009-93-EM; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado con Decreto Supremo N° 031-2007-EM, y sus modificatorias; y, el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energía y Minas, aprobado con Decreto Supremo N° 038-2014-EM, y sus modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar la primera modificación de la concesión definitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica que utilice recursos hídricos para el proyecto “Centrales Hidroeléctricas Limacpunco, Ttio y Capiri”, por las razones y fundamentos señalados en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Aprobar la primera modificación al Contrato de Concesión N° 510-2017, solicitada por ELECTRO ARAZA S.A.C., en lo referido a modificar las Cláusulas Séptima, Décimo Segunda, Décimo Tercera y Décimo Cuarta, así como el numeral 3 del Anexo N° 2 y el Anexo N° 4, por las razones y fundamentos señalados en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 3.- Autorizar al Director General de Electricidad, a suscribir en representación del Estado, la primera modificación al Contrato de Concesión N° 510-2017 aprobada en el artículo que antecede y la Escritura Pública correspondiente, así como cualquiera minuta aclaratoria que se requiera para dichos efectos.

Artículo 4.- Insertar el texto de la presente Resolución Ministerial en la Escritura Pública que origine la primera modificación al Contrato de Concesión N° 510-2017 en cumplimiento del artículo 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM.

Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial por una (1) sola vez en el diario oficial “El Peruano” dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su expedición, por cuenta de ELECTRO ARAZA S.A.C. de acuerdo a lo previsto en el artículo 54 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JORGE LUIS MONTERO CORNEJO

Ministro de Energía y Minas

2355691-1