Aceptan renuncia de fiscal provincial titular Mixto de Tambo Grande del Distrito Fiscal de Piura
RESOLUCIÓN DE LA JUNTA
DE FISCALES SUPREMOS
Nº 059-2024-MP-FN-JFS
Lima, 24 de octubre de 2024
VISTOS:
El oficio Nº 002588-2024-MP-FN-PJFSPIURA de fecha 3 de octubre de 2024, emitido por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Piura, la carta Nº 01-2024-VBL de fecha 2 de octubre de 2024 por el que el abogado VICTOR RAUL BONIFAZ LOPEZ renuncia al cargo de fiscal titular, la Resolución Nº 217-2013-CNM de fecha 17 de junio de 2013, expedida por el Consejo Nacional de la Magistratura, el oficio Nº 005595-2024-MP-FN-OREF de fecha 16 de octubre de 2024, emitido por la Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, el informe Nº 000624-2021-MP-FN-OGASEJ de fecha 23 de agosto de 2021, expedido por la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;
CONSIDERANDO:
Primero: Mediante oficio Nº 002588-2024-MP-FN-PJFSPIURA de fecha 3 de octubre de 2024, la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Piura, remitió la carta del abogado VICTOR RAUL BONIFAZ LOPEZ, presentada el día 3 de octubre de 2024, al Despacho de la Fiscalía de la Nación el mismo día, expresándole su conformidad, y posteriormente la remitió a la Secretaría de la Junta de Fiscales Supremos en la referida fecha; mediante la cual, renuncia al cargo de fiscal provincial titular Mixto de Tambo Grande del Distrito Fiscal de Piura, por haber sido nombrado como juez superior de Chiclayo de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque.
Asimismo, mediante documento presentado con fecha 17 de octubre de 2024, el recurrente solicitó que su renuncia se haga efectiva a partir del día 20 de octubre de 2024, quien cumplió con realizar la entrega de cargo correspondiente con fecha 21 de octubre de 2024.
Segundo: De acuerdo a la Resolución Nº 217-2013-CNM de fecha 17 de junio de 2013, el extinto Consejo Nacional de la Magistratura expidió el título de fiscal provincial titular Mixto de Tambo Grande del Distrito Fiscal de Piura, a favor del abogado VICTOR RAUL BONIFAZ LOPEZ.
Tercero: La renuncia en su ejercicio del derecho a la libertad de trabajo, se encuentra sujeto a que se cumplan determinadas exigencias para hacerse efectiva a fin de evitar que se afecte el normal desarrollo de las actividades en nuestra institución. En esa línea, conforme a lo establecido en el artículo 106 de la Ley Nº 30483 - Ley de la Carrera Fiscal; lo señalado en la primera disposición complementaria, transitoria y final del Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público; y, los artículos 183 y 185 de su reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, el cargo de fiscal termina, entre otros, desde que la renuncia es aceptada, encontrándose el empleador facultado para aceptarla desde la fecha en que fue recibida o, dentro de los treinta (30) días siguientes.
Cuarto: Por lo expuesto, y teniéndose en cuenta que la aceptación de la renuncia desde la fecha en que fue recibida o dentro de los treinta días siguientes, es una facultad discrecional del empleador, conforme lo señalado por la Oficina General de Asesoría Jurídica en el informe Nº 000624-2021-MP-FN-OGASEJ, corresponde aceptar la renuncia formulada.
Quinto: En consecuencia, la Junta de Fiscales Supremos mediante Acuerdo Nº 6580-2024 adoptado en sesión extraordinaria de fecha 24 de octubre de 2024 convino por unanimidad, con la dispensa de la lectura y aprobación del acta, aceptar la renuncia formulada por el abogado VICTOR RAUL BONIFAZ LOPEZ al cargo de fiscal provincial titular Mixto de Tambo Grande del Distrito Fiscal de Piura, desde el día 20 de octubre de 2024; dándole las gracias por los servicios prestados a la institución.
En uso de las atribuciones conferidas por el Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, y conforme a lo establecido en el considerando precedente;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Aceptar la renuncia formulada por el abogado VICTOR RAUL BONIFAZ LOPEZ al cargo de fiscal provincial titular Mixto de Tambo Grande del Distrito Fiscal de Piura, desde el día 20 de octubre de 2024; dándole las gracias por los servicios prestados a la institución.
Artículo Segundo.- Remitir la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, para los fines pertinentes.
Artículo Tercero.- Disponer la notificación de la presente resolución a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Piura, a la Gerencia General, a la Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, a la Oficina General de Potencial Humano, así como al interesado, para los fines pertinentes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JUAN CARLOS VILLENA CAMPANA
Fiscal de la Nación (i)
Presidente de la Junta de Fiscales Supremos
2349492-1