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Fecha de publicación: 02/12/2024
Otorgan el reconocimiento como “Pueblo con Encanto” al Pueblo de Huancaya, ubicado en el distrito de Huancaya, provincia de Yauyos, departamento de Lima

Prorrogan para el ejercicio 2025, la vigencia de la Ordenanza N° 430/MDLM, Ordenanza que estableció el Derecho de Emisión Mecanizada por la Actualización de Valores de la Declaración Jurada, liquidación del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales y Distribución para el Ejercicio 2023

ORDENANZA N° 458/MDLM

La Molina, 27 de noviembre de 2024

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL

DE LA MOLINA

POR CUANTO:

EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL

DE LA MOLINA

VISTOS: En Sesión Ordinaria de la fecha, el Dictamen N° 47-2024-MDLM-CAJ de la Comisión de Asuntos Jurídicos, conjunto con el Dictamen N° 017-2024-MDLM-CAFTPCYTI de la Comisión de Administración Financiera, Tributaria, Presupuesto, Cumplimiento y Tecnologías de la Información; el Memorando N° 2546-2024-MDLM-OGAF-OGRH, de la Oficina de Gestión de Recursos Humanos; el Memorando N° 0919-2024-MDLM-OGAF-OA, de la Oficina de Abastecimiento; el Memorando N° 0780-2024-MDLM-OGAF-OCC, de la Oficina de Contabilidad y Costos; el Informe N° 0332-2024-MDLM-GAT-SRFT, de la Subgerencia de Registro y Fiscalización Tributaria; el Informe N° 0038-2024-MDLM-GAT, de la Gerencia de Administración Tributaria; el Informe N° 0331-2024-MDLM-OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica, sobre el proyecto de Ordenanza que establece la prórroga para el Ejercicio 2025, de la vigencia de la Ordenanza N° 430/MDLM, Ordenanza que establece el derecho de emisión mecanizada por la actualización de valores de la Declaración Jurada, liquidación del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales y Distribución para el Ejercicio 2023; y,

CONSIDERANDO:

De conformidad con lo dispuesto por los numerales 8) y 9) del artículo 9 y artículo 40 de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, por mayoría de los miembros presentes, y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, se aprobó la siguiente:

ORDENANZA QUE PRORROGA PARA EL EJERCICIO 2025, LA VIGENCIA DE LA ORDENANZA N° 430/MDLM, ORDENANZA QUE ESTABLECE EL DERECHO DE EMISIÓN MECANIZADA POR LA ACTUALIZACIÓN DE VALORES DE LA DECLARACIÓN JURADA, LIQUIDACIÓN DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES Y DISTRIBUCIÓN

PARA EL EJERCICIO 2023

Artículo Primero.- PRORROGAR para el ejercicio 2025, la vigencia de la Ordenanza N° 430/MDLM, Ordenanza que estableció el Derecho de Emisión Mecanizada por la Actualización de Valores de la Declaración Jurada, liquidación del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales y Distribución para el Ejercicio 2023; norma ratificada por Acuerdo de Concejo N° 468-2022 de la Municipalidad Metropolitana de Lima; publicadas en el Diario Oficial “El Peruano” con fecha 25 de diciembre de 2022.

Artículo Segundo.- FIJAR en S/ 2.20 (Dos con 20/100 soles) el monto por concepto de Derecho de Emisión Mecanizada por la Actualización de Valores de la Declaración Jurada, liquidación del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales y Distribución para el Ejercicio 2025, en la jurisdicción del Distrito de La Molina por cada contribuyente, monto que será abonado conjuntamente con el pago al contado del Impuesto Predial o, de optar por el pago fraccionado, con la cancelación de la primera cuota.

DISPOSICIONES FINALES

Primera.- DISPONER que la presente Ordenanza entrará en vigencia el 01 de enero del 2025, previa publicación de la misma en el Diario Oficial “El Peruano”.

Segunda.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal poner en conocimiento mediante Oficio, al Servicio de Administración Tributaria de la Municipalidad Metropolitana de Lima - SAT, la aprobación de la presente Ordenanza, conforme a lo establecido en la Séptima Disposición Final de la Ordenanza N° 2386-2021 “Ordenanza que sustituye la Ordenanza N° 2085, que aprueba el Procedimiento de Ratificación de Ordenanzas Tributarias en el ámbito de la provincia de Lima.

Tercera.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración Tributaria, a la Subgerencia de Registro y Fiscalización Tributaria, a la Oficina General de Comunicaciones e Imagen Institucional y a la Oficina de Tecnologías de la Información y Estadística, el cumplimiento y efectiva difusión de la presente Ordenanza, de acuerdo a sus respectivas competencias y atribuciones.

Cuarta.- ENCARGAR a la Oficina General de Secretaría de Concejo la publicación del texto de la presente Ordenanza en el Diario Oficial “El Peruano”, y a la Oficina de Tecnologías de la Información y Estadística su publicación en la página web de la Municipalidad de La Molina (www.munimolina.gob.pe) y en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe). Del mismo modo, conforme a lo dispuesto en el artículo 19 de la Ordenanza N° 2386-2021 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, el integro de la presente Ordenanza se deberá publicar en la página web del Servicio de Administración Tributaria de la Municipalidad Metropolitana de Lima - SAT, www.sat.gob.pe.

Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

ESTEBAN UCEDA GUERRA GARCÍA

Alcalde

2349260-1