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Fecha de publicación: 30/11/2024
Prorrogan vencimiento para acogerse a beneficio establecido en la Ordenanza N° D000485-2024-AL-MDI para la cancelación de obligaciones no tributarias por concepto de multas administrativas en el distrito de Independencia

Prorrogan vencimiento para acogerse a beneficio establecido en la

Ordenanza N° D000485-2024-AL-MDI para la cancelación de obligaciones

no tributarias por concepto de multas administrativas en el distrito de Independencia

DECRETO DE ALCALDÍA

Nº D000014-2024-AL-MDI

Independencia, 28 de noviembre del 2024

VISTO:

La Ordenanza NºD000485-2024-AL-MDI de fecha 14 de octubre de 2024; Memorando Nº D000469-2024-GSAT-MDI de la Gerencia de Servicio de Administración Tributaria e Informe Nº D000543-2024-OGAJ-MDI de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley Nº 30305, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº27972, establece que “Las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; autonomía que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico”;

Que, el artículo 42º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, preceptúa que “Los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal”;

Que, mediante Ordenanza Nº D000485-2024-AL-MDI “Ordenanza que aprueba beneficios extraordinarios para la cancelación de obligaciones no tributarias por concepto de multas administrativas en el Distrito de Independencia”, se establece en la Primera Disposición Complementaria Transitoria y Final la vigencia hasta el 30 de noviembre de 2024, siendo la indicada fecha de vencimiento para acogerse a los beneficios descritos. Asimismo, en la Quinta Disposición Complementaria Final, se faculta al Señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones necesarias para la correcta aplicación de la presente Ordenanza, como la prórroga de su vigencia;

Que, a través del Memorando Nº D000469-2024-GSAT-MDI la Gerencia de Servicio de Administración Tributaria, informa que ante la afluencia de los contribuyentes que vienen apersonándose a regularizar sus obligaciones tributarias y considerando además como uno de los propósitos de la Administración Municipal la de incrementar los ingresos de recaudación para el presente año 2024, recomienda seguir otorgando facilidades a los contribuyentes para el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, resultando conveniente prorrogar hasta el 30 de diciembre de 2024 los beneficios establecidos en la Ordenanza citada;

Que, con Informe Nº D000543-2024-OGAJ-MDI la Oficina General de Asesoría Jurídica concluye que de conformidad con lo establecido en el Reglamento de Organización y Funciones – ROF de la Municipalidad Distrital de Independencia, resulta viable la emisión del Decreto de Alcaldía que aprueba la Prórroga de la vigencia de la Ordenanza Nº 485-2024-AL-MDI “Ordenanza que aprueba beneficios extraordinarios para la cancelación de obligaciones no tributarias por concepto de multas administrativas en el distrito de Independencia” hasta el 30 de diciembre de 2024, en concordancia con el artículo 42º de la Ley Nº27972 – Ley Orgánica de Municipalidades y modificatorias;

Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 42º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades;

DECRETA:

Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el 30 de diciembre del 2024, el vencimiento para acogerse al beneficio establecido mediante Ordenanza Nº D000485-2024-AL-MDI “Beneficios Extraordinarios para la cancelación de obligaciones no tributarias por concepto de multas administrativas en el Distrito de Independencia”.

Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Servicio de Administración Tributaria, la Oficina de Tesorería y a la Oficina General de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía.

Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General cumpla con la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial El Peruano, así como a la Oficina General de Tecnologías de la Información y Comunicaciones la publicación correspondiente en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Independencia www.muniindependencia.gob.pe.

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

ALFREDO REYNAGA RAMIREZ

Alcalde

Alcaldía

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