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Fecha de publicación: 26/11/2024
Autorizan viaje del Presidente del Consejo de Ministros a la República Francesa y encargan su Despacho al Ministro de Relaciones Exteriores

Ordenanza Regional para prevenir la violencia de género a través de la protección de los derechos de las niñas y mujeres en su diversidad que brindan servicios, labores y actividades de cuidado

ORDENANZA REGIONAL

N° 525-AREQUIPA

El Consejo Regional del Gobierno Regional de Arequipa, ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente:

POR CUANTO:

Que por las consideraciones expuestas en la exposición de motivos, y al amparo de la ley Nro. 27783 de Bases de la Descentralización; Ley Nro. 27867 Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por las Leyes 27902, 28013, 28926, 28961, 28968, 29053 y 31433; y en observancia del marco legislativo regional constituido por las Ordenanzas Regionales N° 001-2007-GRA/CR-AREQUIPA, N° 010-AREQUIPA y N° 154-AREQUIPA y sus modificatorias dispuestas por Ordenanzas Regionales N° 301-AREQUIPA, N° 342-AREQUIPA, N° 392-AREQUIPA, N° 393-AREQUIPA y N° 403-AREQUIPA.

SE HA APROBADO LO SIGUIENTE:

ORDENANZA REGIONAL PARA

PREVENIR LA VIOLENCIA DE GÉNERO A TRAVÉS DE LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS DE LAS NIÑAS Y MUJERES EN SU DIVERSIDAD

QUE BRINDAN SERVICIOS, LABORES

Y ACTIVIDADES DE CUIDADO

Artículo 1°.- APROBAR, la Ordenanza Regional para prevenir la violencia de género a través de la protección de los derechos de las niñas y mujeres en su diversidad que brindan servicios, labores y actividades de cuidado.

Artículo 2°.- DISPONER la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial “El Peruano”, en el diario de avisos judiciales, y en la página web institucional del Gobierno Regional de Arequipa, de conformidad con el artículo 9º del D.S. N° 01-2009-JUS.

Artículo 3°.- DISPONER que la presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.

POR TANTO:

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

Comuníquese al señor Gobernador del Gobierno Regional de Arequipa para su promulgación.

En Arequipa, a los veinticinco días del mes de setiembre del 2024

FERNANDO BENIGNO CORNEJO PACHECO

Presidente del Consejo Regional de Arequipa

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla

Dada en la Sede Central del Gobierno Regional de Arequipa, a los veintiocho días del mes de octubre del dos mil veinticuatro.

ROHEL SANCHEZ SANCHEZ

Gobernador del Gobierno Regional de Arequipa

2346785-1